FORMULACIÓN DE DIRECTRICES PARA LA ORGANIZACIÓN Y FUNCIONAMIENTO DE LOS CENTROS DE LACTANCIA MATERNA EN EL MINISTERIO DE SALUD DE LA NACIÓN
Gatti Patricia, Rodriguez M. Alejandra INTI Lacteos PTM pagatti@inti.gob.ar
OBJETIVO
La lactancia materna es considerada una herramienta sanitaria de importancia para la reducción de la morbi-mortalidad infantil y neonatal. La lactancia adquiere relevada importancia, en niños nacidos con riesgo, como los prematuros o aquéllos que por diferentes patologías requieren internación en Servicios de Neonatología o Pediatría. Los Centros de Lactancia Materna (CLM) son unidades funcionales que permiten dar respuestas específicas en cuanto a dicha problemática. A pesar de ello, actualmente, en nuestro país no se dispone de documentación específica que sirva de marco normativo para la organización, el funcionamiento y los procedimientos involucrados en dichos Centros de Lactancia. Es por ello que el objetivo del presente trabajo es contribuir a la discusión y redacción de una normativa específica y eficaz en el ámbito del Ministerio de Salud de la Nación.
Figura 1: Lactancia materna
DESCRIPCIÓN Los Centros de Lactancia Materna (CLM) son unidades que funcionan en instituciones que cuentan con servicio de internación en Neonatología o Pediatría. En cuanto a la implementación de un CLM se distinguen dos categorías:
Las de desarrollo autónomo son las que funcionan en maternidades con más de 3.000 partos anuales o en hospitales pediátricos con 30 camas de Neonatología ó 30 camas de Pediatría para lactantes.
La segunda categoría, implementación asociada a otros servicios: corresponde solamente el desarrollo de un espacio de extracción de leche humana en conexión con servicios existentes, tales como la propia Neonatología o el sector de preparación de fórmulas, para el fraccionamiento y almacenamiento de las mismas o el lavado de los enseres utilizados en la extracción.
A su vez, existen diversos modelos de funcionamiento en los centros asistenciales de todo el país, y para homologar el desempeño de dichos centros se establecieron Directrices en el ámbito de la Dirección de Calidad en Servicios de Salud, dependiente del Ministerio de Salud de la Nación.
Para el establecimiento de dichas directrices, el Ministerio de Salud de la Nación convocó, durante los años 2011 y 2012, a distintos referentes en temas relacionados con calidad de leche, especialistas en neonatología, nutrición de recién nacidos y centros asistenciales para neonatos prematuros.
Entre los miembros de la comisión fueron incluidos representantes de la Facultad de Farmacia y Bioquímica (UBA), la Maternidad Sarda, el Hospital de niños Garraham, Maternidades privadas, la ANMAT e INTILácteos.
Durante este periodo se llevaron a cabo reuniones entre los diferentes actores donde se discutieron temas relacionados con lo edilicio, higiene y seguridad de las instalaciones y elementos que estén en contacto con la leche materna, así como Higiene y Salud de todos los involucrados en los Centros de Lactancia.
RESULTADOS
Como resultado de extensas discusiones fueron generados los dos documentos que a continuación se describen:
“Directrices para la organización y el funcionamiento de los
Centros de Lactancia Materna en establecimientos asistenciales.”
Asegurar la alimentación con leche de la propia madre para todos los niños nacidos o
ingresados en instituciones asistenciales.
Capítulo I: Organización de los Centros de Lactancia Materna (CLM).Objetivos generales y específicos.Dependencia jerárquica. Funciones del CLM: asistenciales, técnico-administrativas; funciones docentes y educacionales.
Capítulo II: Recursos físicos: Involucra: Características generales; de construcción y de las áreas del CLM.
Capítulo III: Características y cantidad de los elementos de equipamiento: Incluye: bombas extractoras, equipamiento de refrigeración.
Capítulo IV: Recursos humanos: requisitos y misiones para el cargo; funciones de los recursos humanos del CLM, del profesional de la salud.
Capítulo V: Bioseguridad en el CLM.
Anexos
“Procedimientos de los Centros de Lactancia Materna en
establecimientos asistenciales”
Los procedimientos proponen delinear los criterios generales para la atención que desarrolla el personal en los Centros de Lactancia Materna de los Establecimientos Asistenciales.
Capítulo I: Higiene en el Centro de Lactancia: Higiene de las mujeres; de instalaciones, insumos y equipamiento; salud de los trabajadores; higiene de los trabajadores del CLM; control de plagas y vectores.
Capitulo II : Donantes y Donaciones.
Capitulo III: Extracción y recolección: requisitos para extracción en el CLM y en domicilio; almacenamiento (Figura 2); fraccionamiento; administración descongelamiento, selección y clasificación. Descarte de leche humana.
Anexos.
Figura 2: Almacenamiento de leches maternas.
CONCLUSIONES:
La promoción, la protección y el apoyo de la lactancia son imprescindibles para la salud del niño/a, y para combatir la desnutrición y la morbi- mortalidades infantiles. La instalación y el funcionamiento de los Bancos de Leche Humana requieren normativas técnicas específicas a fin de evitar riesgos para la salud de los recién nacidos. Se estableció un marco normativo actualizado, que respalda las actividades de los Centros de Lactancia Materna. La creación del Reglamento Técnico, común a los países integrantes del MERCOSUR, define normas de funcionamiento para los Bancos de Leche Humana (BLH) y Centros de Recolección de Leche Humana (CRLH), conformando la Red Iberoamericana de Bancos de Leche Humana que comparten una tecnología común en la temática. El presente trabajo es una muestra de la importancia de los consorcios público-privados en la contribución a la resolución de problemáticas sociales de actualidad, tarea que solo puede ser llevada a cabo mediante un alto grado de compromiso y responsabilidad de las partes intervinientes.
BIBLIOGRAFIA:
BRASIL. Resolução da Directorioa Coloegiada Nº. DE 171 de 04/09/2006. Dispõe sobre o Regulamento Técnico para o funcionamento de Bancos de Leite Humano. BRASIL. Ministério da Salud. Agência Nacional de Vigilância Sanitária. Resolución RDC nº. 50, de 21/02/2002. Dispõe sobre o Regulamento Técnico para planejamento, programación, elaboración e avaliación de proyectos físicos de estabelecimentos assistenciais de salud. Diário Oficial da União da República Federativa do Brasil. Brasília, 20 mar. 2002.
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