REGLAMENTO ARGENTINO DE ESTRUCTURAS DE MADERA
Disposiciones generales y requisitos para el diseño y la construcción de estructuras de madera en edificaciones
EDICIÓN JULIO 2016
Av. Cabildo 65 Subsuelo – Ala Savio (C1426AAA) Buenos Aires – República Argentina TELEFAX. (54 11) 4779-5271 / 4779-5273 E-mail: cirsoc@inti.gob.ar
cirsoc@fm.gob.ar INTERNET: www.inti.gob.ar/cirsoc
Primer Director Técnico ( 1980): Ing. Luis María Machado
Directora Técnica: Inga. Marta S. Parmigiani
Coordinadora Área Acciones: Inga. Alicia M. Aragno Área Estructuras de Hormigón: Ing. Daniel A. Ortega Área Administración, Finanzas y Promoción: Lic. Mónica B. Krotz Área Venta de Publicaciones: Sr. Néstor D. Corti
Reglamento argentino de estructuras de madera / Juan Carlos Piter ... [et al.]. - 1a ed . San Martín : Instituto Nacional de Tecnología Industrial - INTI, 2016.
Libro digital, PDF Archivo Digital: descarga y online ISBN 978-950-532-309-8 1. Estructura. 2. Madera. I. Piter, Juan Carlos CDD 620.0044
2016 Editado por INTI INSTITUTO NACIONAL DE TECNOLOGÍA INDUSTRIAL Av. Leandro N. Alem 1067 – 7° piso - Buenos Aires. Tel. 4515-5000
Queda hecho el depósito que fija la ley 11.723. Todos los derechos, reservados. Prohibida la reproducción parcial o total sin autorización escrita del editor. Impreso en la Argentina. Printed in Argentina.
ORGANISMOS PROMOTORES
Secretaría de Obras Públicas de la Nación Secretaría de Vivienda y Hábitat de la Nación Instituto Nacional de Tecnología Industrial Instituto Nacional de Prevención Sísmica Ministerio de Hacienda, Finanzas y Obras Públicas de la Provincia del Neuquén Consejo Interprovincial de Ministros de Obras Públicas Gobierno de la Ciudad de Buenos Aires Dirección Nacional de Vialidad Dirección de Vialidad de la Provincia de Buenos Aires Consejo Vial Federal Cámara Argentina de la Construcción Consejo Profesional de Ingeniería Civil Asociación de Fabricantes de Cemento Pórtland Instituto Argentino de Normalización Techint Acindar
MIEMBROS ADHERENTES
Asociación Argentina de Tecnología del Hormigón Asociación Argentina de Hormigón Estructural Asociación Argentina de Hormigón Elaborado Asociación Argentina del Bloque de Hormigón Asociación de Ingenieros Estructurales Cámara Industrial de Cerámica Roja Centro Argentino de Ingenieros Instituto Argentino de Siderurgia Transportadora Gas del Sur Quasdam Ingeniería Sociedad Argentina de Ingeniería Geotécnica Colegio de Ingenieros de la Provincia de Buenos Aires Cámara Argentina del Aluminio y Metales Afines Cámara Argentina de Empresas de Fundaciones de Ingeniería Civil
ASESORES QUE INTERVINIERON EN LA REDACCIÓN DEL
REGLAMENTO ARGENTINO DE ESTRUCTURAS DE MADERA
CIRSOC 601
COORDINADOR: Ing. Juan Carlos Piter Ing. Alberto Daniel Cotrina () Ing. Eduardo Antonio Torrán Ing. María Alexandra Sosa Zitto Ing. Viviana Carolina Rougier Ing. Alejandro Guillermo Cuffré Ing. Dora Inés Villalba Ing. María del Rocío Ramos
Reconocimiento Especial
El INTI-CIRSOC agradece muy especialmente a las Autoridades del American Wood Council y de la American Forest and Paper Association por habernos permitido adoptar como base para el desarrollo de este Reglamento, la especificación National Design Specification (NDS) for Wood Construction, edición 2005
Agradecimientos
Este REGLAMENTO ha sido desarrollado en el marco de las actividades de la Comisión Permanente de Estructuras de Madera del INTI-CIRSOC, mediante un Convenio de Cooperación Específico suscripto entre el INTI y la Facultad Regional Concepción del Uruguay de la Universidad Tecnológica Nacional, representada por su Decano, Ing. Juan Carlos Pablo Ansaldi, con el fin de que el Grupo de Estudios de Maderas (GEMA) de la mencionada Universidad desarrolle el Reglamento Argentino de Estructuras de Madera, en un todo de acuerdo con los lineamientos internacionales adoptados para encarar la redacción la segunda generación de Reglamentos Nacionales de Seguridad Estructural en el marco de las directivas dadas por la Secretaría de Obras Públicas de la Nación.
En este Reglamento el INTI ha estado representado por INTI-Madera y Muebles a través de su Director, Ing. Alfredo Ladrón González y su equipo de colaboradores, por INTI-Construcciones, a través de su Directora, Arquitecta Inés Dolmann y su equipo de colaboradores y por INTI-CIRSOC.
INTI-CIRSOC agradece muy especialmente la especial participación y colaboración brindada por el Arquitecto Miguel Demkoff así como su valiosa contribución con el material gráfico que ilustra la tapa de este Reglamento.
GRACIAS a todos por hacer posible este Reglamento tan esperado.
COMISION PERMANENTE DE ESTRUCTURAS DE MADERA DE
INTI-CIRSOC
Coordinador Ing. Juan Carlos PITER
UNIVERSIDAD TECNOLÓGICA NACIONAL - Facultad Regional Concepción del Uruguay
Integrantes:
Ing. Jorge ADUE
IMAE - UNIVERSIDAD NACIONAL DE ROSARIO
Ing. Daniel ANAYA
UNIVERSIDAD NACIONAL DE TUCUMAN - Facultad de Ciencias Exactas y Tecnología
Ing. Oscar ARROYO
INTI-Construcciones
Sr. Pedro BALADA
PEDRO BALADA S.R.L.
Ing. Alejandro BALLESTER UNIVERSIDAD TECNOLOGICA NACIONAL - Facultad Regional General Pacheco – Dpto. Ingeniería Civil
Ing. Ricardo BASSOTTI
UNIVERSIDAD TECNOLOGICA NACIONAL - Facultad Regional San Rafael
Ing. Marcos BELLOLI
Invitado especial
CPN. Juan Carlos BIONDO WOOD S.R.L.
Ing. Marcela BISSIO
FAIMA - Desarrollo Foresto-Industrial
Sr. César BOVINO
SIETE HERMANOS S.R.L.
Ing. Daniel BRESSAN
UNIVERSIDAD NACIONAL de MISIONES- Facultad de Ingeniería
Arq. Susana del BROCCO
SUBSECRETARIA DE VIVIENDA DE LA NACION Dirección de Tecnología y Producción
Ing. Gastón CAMPAGNOLE Invitado especial
Ing. Gonzalo CAMPOS Sr. Gustavo CAPALDI
INTI-Madera y Muebles Wood S.R.L.
COMISION PERMANENTE DE ESTRUCTURAS DE MADERA DE
INTI-CIRSOC
(continuación)
Ing. Arturo CASSANO
UNIVERSIDAD TECNOLOGICA NACIONALFacultad Regional Paraná- Departamento Ingeniería Civil
Tco. Roberto CASTOLDI
Invitado especial
Arq. Jorge CELANO
I.PRO.D.HA. Instituto Provincial de Desarrollo Habitacional, Provincia de Misiones
Ing. Andrés CILLO
UNIVERSIDAD CATÓLICA ARGENTINA – Facultad de Ingeniería
Ing. Gabriela CULASSO
UNIVERSIDAD NACIONAL DE CORDOBA Facultad de Ciencias Exactas, Físicas y NaturalesDepartamento de Estructuras
Ing. Ftal. Guillermo DAÑHEL
UNIVERSIDAD DE CONCEPCIÓN DEL URUGUAY Facultad de Ciencias Agrarias
Ing. Gabriel DELGADINO
ASERRADERO LAHARRAGUE CHODORGE S.A.
Arq. Miguel DEMKOFF
Invitado Especial
Arq. Inés DOLMANN
INTI-Construcciones
Ing. Diego ESKIVISKI
AMAYADAP
Ing. Pamela FANK
UNIVERSIDAD TECNOLOGICA NACIONAL Facultad Regional Concepción del Uruguay
Ing. Jorge FERNÁNDEZ MILANI UNIVERSIDAD TECNOLOGICA NACIONAL Facultad Regional Rosario
Ing. Claudia FERRAGUT
INTI-Construcciones
Ing. Sebastián FERRERO
UNIVERSIDAD NACIONAL DEL COMAHUE Facultad de Ingeniería
Ing. Diego GARCIA
UNIVERSIDAD NACIONAL DEL SUR - Facultad de Ingeniería
Ing. Felipe GENOVESE
UNIVERSIDAD TECNOLOGICA NACIONAL Facultad Regional San Rafael
Arq. Sofía GIRO
GIRO MADERAS LAMINADAS
COMISION PERMANENTE DE ESTRUCTURAS DE MADERA DE
INTI-CIRSOC
(continuación)
Ing. José Luis GOMEZ
Ing. Rudy GRETHER Ing. Alfredo GUILLAUMET Ing. Adrián HIPPLER Ing. Diego IRIBARREN Ing. Germán IVALDI Ing. Alejandro JOVANOVSKI Ing. Pablo LACOURT
UNIVERSIDAD NACIONAL DE CORDOBA Facultad de Arquitectura Urbanismo y Diseño, Taller de Investigación de Diseño Estructural
UNIVERSIDAD TECNOLOGICA Facultad Regional Santa Fe
NACIONAL
UNIVERSIDAD TECNOLOGICA Facultad Regional Venado Tuerto
NACIONAL
UNIVERSIDAD NACIONAL DE MISIONES Facultad de Ingeniería
Invitado especial
Invitado especial
CIEFAP-Centro de Investigación y Extensión Forestal Andino – Patagónico
UNIVERSIDAD NACIONAL DE CUYO - Facultad de Ingeniería
Lic. Alfredo LADRON GONZALEZ INTI-Madera y Muebles
Ing. Daniel LENCINAS
CIEPAP - Centro de Investigación y Extensión Forestal Andino - Patagónica
Ing. Jorge LOMAGNO
CERET-ESQUEL- Centro de Educación Tecnológica
Téc. Ariel MAIDANA
EDERRA S.A..
Ing. Guillermo MALAVASI
TEFQUIN S.A.
Ing. Graciela MALDONADO
UNIVERSIDAD TECNOLOGICA NACIONAL – Facultad Regional Mendoza - Facultad de Ingeniería
Sr. Ernesto MALETTI
RITIM
Ing. Víctor MARECOS
FAIMA - Desarrollo Foresto-Industrial
Ing. Ricardo MARINO
UNIVERSIDAD TECNOLOGICA NACIONAL – Facultad Regional General Pacheco
COMISION PERMANENTE DE ESTRUCTURAS DE MADERA DE
INTI-CIRSOC
Arq. Alicia MARTIN
Ing. Félix MARTINUZZI Ing. Juan Carlos MEDINA Sr. Fernando MENDIZABAL Ing. Gerardo MEREGONE Ing. Daniel MESA Ing. Juan NIGRO Ing. Jorge OLIVA Lic. Alejandro OLIVA Ing. Alfredo OTTO Ing. Julio César PACINI Ing. Silvia PALAZZI Ing. Obdulio PEREYRA Arq. Santiago PILOTTI Ing. María POSITIERI
Ing. Rocío RAMOS Arq. Rómulo REPETTO
(continuación)
Area Madera en la Construcción - Dirección de Producción Forestal - Ministerio de Agricultura, Ganadería, y Pesca de la Nación.
INTI-Madera y Muebles
UNIVERSIDAD de SANTIAGO DEL ESTERO Facultad de Ciencias Forestales
EDERRA S.A.
JUCARBE S.A.I.C.
UNIVERSIDAD TECNOLOGICA NACIONAL Facultad Regional Pacheco
CEBE S.A.C.I.F.I.
VALERIO OLIVA S.A.C.I.A.
VALERIO OLIVA S.A.C.I.A.
ORGANIZACIÓN NEGFOR
UNIVERSIDAD DE BUENOS AIRES - Facultad de Ingeniería
UNIVERSIDAD NACIONAL DE TUCUMAN Facultad de Ingeniería
UNIVERSIDAD NACIONAL DE MISIONES Facultad de Ciencias Forestales
Wood S.R.L.
UNIVERSIDAD NACIONAL DE CORDOBA Facultad de Ciencias Exactas, Físicas y Naturales – Departamento de Estructuras
UNIVERSIDAD TECNOLOGICA NACIONAL Facultad Regional Concepción del Uruguay
CECOMAD – Centro de Construcción en Madera
COMISION PERMANENTE DE ESTRUCTURAS DE MADERA DE
INTI-CIRSOC
(continuación)
Ing. Hugo REVIGLIO
UNIVERSIDAD TECNOLOGICA NACIONAL Facultad Regional San Rafael
Ing. Ricardo ROSSO
UNIVERSIDAD NACIONAL DE CORDOBA Facultad de Ciencias Exactas, Físicas y Naturales – Departamento de Estructuras
Ing. Viviana ROUGIER
UNIVERSIDAD TECNOLOGICA NACIONAL Facultad Regional Concepción del Uruguay
Ing. Osvaldo RUSSO
UNIVERSIDAD TECNOLOGICA NACIONALFacultad Regional General Pacheco
Ing. Martín SANCHEZ ACOSTA
INTA-Concordia
Sr. Héctor SCERBO
Invitado especial
Ing. María Alexandra SOSA ZITTO UNIVERSIDAD TECNOLOGICA NACIONAL Facultad Regional Concepción del Uruguay
Arq. Osvaldo SPINA
Invitado especial
Ing. Pablo STEFANI
Instituto de Investigaciones en Ciencia y Tecnología de Materiales-INTEMA-CONICETFacultad de Ingeniería - UNIVERSIDAD NACIONAL de MAR DEL PLATA
Ing. Andrés STILES
UNIVERSIDAD CATÓLICA ARGENTINA – Facultad de Ingeniería - UTN
Arq. Marta STOLKINER
Area Madera en la Construcción- Dirección de Producción Forestal-Ministerio de Agricultura, Ganadería, y Pesca de la Nación.
Ing. Lucía TOPA
UNIVERSIDAD NACIONAL DE TUCUMAN
Ing. Mario TOLEDO
Ing. Aníbal TOLOSA Ing. Eduardo TORRAN
UNIVERSIDAD NACIONAL DE SALTA - Facultad de Ingeniería
Invitado especial
UNIVERSIDAD TECNOLOGICA NACIONAL Facultad Regional Concepción del Uruguay.
COMISION PERMANENTE DE ESTRUCTURAS DE MADERA DE
INTI-CIRSOC
(continuación)
Ing. Daniel VIDELA
Lic. José VAZQUEZ Ing. Gustavo WAINSTEIN
UNIVERSIDAD NACIONAL DE MISIONES – Facultad de Ciencias Forestales
ASORA
UNIVERSIDAD DE BUENOS AIRES-Facultad de Ingeniería
***
ÍNDICE
CAPÍTULO 1. REQUERIMIENTOS GENERALES PARA EL DISEÑO ESTRUCTURAL
1.1. CAMPO DE VALIDEZ
1
1.2. REQUERIMIENTOS GENERALES
2
1.3. RELACIÓN ENTRE LAS DISTINTAS PARTES QUE COMPONEN
ESTE REGLAMENTO
2
1.4. PROCEDIMIENTOS DE DISEÑO
2
1.5. DOCUMENTACIÓN DE PROYECTO Y DOCUMENTACIÓN
CONFORME A OBRA
4
1.5.1. Documentación de Proyecto
4
1.5.2. Planos
5
1.5.3. Memoria de cálculos
5
1.5.4. Especificaciones
6
1.5.5. Documentación conforme a obra
6
1.6. MATERIALES Y NORMAS IRAM DE APLICACIÓN
6
1.6.1. Madera y productos derivados de la madera para uso estructural
7
1.6.1.1. Normas IRAM de aplicación
7
1.6.1.2. Propiedades de la madera y de sus productos derivados para uso estructural 8
1.7. REGLAMENTOS Y RECOMENDACIONES DE REFERENCIA
8
1.8. UNIDADES
10
1.9. SIMBOLOGÍA GENERAL
10
SIMBOLOGÍA GENERAL
CAPÍTULO 2. VALORES DE DISEÑO
2.1. ASPECTOS GENERALES
11
2.2. VALORES DE DISEÑO DE REFERENCIA
11
2.3. AJUSTE DE LOS VALORES DE DISEÑO DE REFERENCIA
12
CAPÍTULO 3. DISPOSICIONES Y EXPRESIONES PARA EL DISEÑO
3.1. ASPECTOS GENERALES
13
3.2. MIEMBROS FLEXIONADOS – ASPECTOS GENERALES
14
3.2.1. Miembros flexionados – esfuerzos de flexión
15
3.2.2. Miembros flexionados – Esfuerzos de corte
17
Reglamento CIRSOC 601
ÍNDICE - I
3.2.3. Miembros flexionados – Verificación de las condiciones
de servicio: Deformaciones y vibraciones
21
3.3. MIEMBROS COMPRIMIDOS – ASPECTOS GENERALES
25
3.3.1. Miembros simples
25
3.3.2. Miembros compuestos unidos mecánicamente en forma directa
28
3.3.3. Miembros compuestos unidos con la interposición de separadores
o con presillas laterales
32
3.3.4. Miembros compuestos unidos en celosía
36
3.4. MIEMBROS TRACCIONADOS
39
3.4.1. Tracción paralela a las fibras
39
3.4.2. Tracción perpendicular a las fibras
39
3.5. MIEMBROS SOMETIDOS A FLEXIÓN Y ESFUERZO NORMAL
40
3.5.1. Flexión y tracción longitudinal
40
3.5.2. Flexión y compresión longitudinal
40
3.5.3. Compresión excéntrica aplicada sobre el extremo del miembro estructural
41
3.5.4. Compresión excéntrica aplicada a través de una ménsula
42
3.6. TENSIONES TRANSMITIDAS EN LOS APOYOS
43
3.6.1. Tensiones de compresión paralelas a la dirección de las fibras
43
3.6.2. Tensiones de compresión perpendiculares a la dirección de las fibras
43
3.6.3. Tensiones de compresión inclinadas con respecto a la dirección de las fibras 43
CAPÍTULO 4. DISEÑO DE MIEMBROS ESTRUCTURALES DE MADERA ASERRADA
4.1. ASPECTOS GENERALES
45
4.2. VALORES DE DISEÑO DE REFERENCIA
46
4.3. AJUSTE DE LOS VALORES DE DISEÑO DE REFERENCIA
46
CAPÍTULO 5. DISEÑO DE MIEMBROS ESTRUCTURALES DE MADERA LAMINADA ENCOLADA ESTRUCTURAL
5.1. ASPECTOS GENERALES
51
5.2. VALORES DE DISEÑO DE REFERENCIA
53
5.3. AJUSTE DE LOS VALORES DE DISEÑO DE REFERENCIA
53
CAPÍTULO 6. DISEÑO DE MIEMBROS ESTRUCTURALES DE SECCIÓN TRANSVERSAL CIRCULAR
6.1. ASPECTOS GENERALES
59
Reglamento Argentino de Estructuras de Madera
ÍNDICE - II
6.2. VALORES DE DISEÑO DE REFERENCIA
59
6.3. AJUSTE DE LOS VALORES DE DISEÑO DE REFERENCIA
59
CAPÍTULO 7. DISEÑO DE MIEMBROS ESTRUCTURALES PREFABRICADOS, DE MADERA COMPUESTA Y DE TABLEROS
7.1. MIEMBROS ESTRUCTURALES PREFABRICADOS
63
7.1.1. Aspectos generales
63
7.1.2. Valores de diseño de referencia
63
7.1.3. Ajuste de los valores de diseño de referencia
64
7.2. MIEMBROS ESTRUCTURALES DE MADERA COMPUESTA
66
7.2.1. Aspectos generales
66
7.2.2. Valores de diseño de referencia
66
7.2.3. Ajuste de los valores de diseño de referencia
67
7.3. MIEMBROS ESTRUCTURALES DE TABLEROS
70
7.3.1. Aspectos generales
70
7.3.2. Valores de diseño de referencia
70
7.3.3. Ajuste de los valores de diseño de referencia
70
CAPÍTULO 8. DISEÑO DE UNIONES MECÁNICAS
8.1. ASPECTOS GENERALES
73
8.2. UNIONES CON ELEMENTOS DE FIJACIÓN DE TIPO CLAVIJA
74
8.2.1. Resistencia lateral
79
8.2.1.1. Valores de diseño de referencia
80
8.2.1.2. Ajuste de los valores de diseño de referencia
84
8.2.2. Resistencia a la extracción
89
8.2.2.1. Valores de diseño de referencia
89
8.2.2.2. Ajuste de los valores de diseño de referencia
90
8.2.3. Resistencia lateral y a la extracción combinadas
91
8.2.4. Esfuerzos locales en los miembros estructurales unidos
92
8.2.5. Verificación de las condiciones de servicio:
Deslizamiento de los miembros unidos con elementos de fijación
de tipo clavija sometidos a carga lateral
95
CAPÍTULO 9. DISEÑO DE SISTEMAS ESTRUCTURALES
9.1. ASPECTOS GENERALES
97
9.2. ESTRUCTURAS RETICULADAS
97
9.3. DIAFRAGMAS
98
Reglamento CIRSOC 601
ÍNDICE - III
9.4. PÓRTICOS Y ARCOS PLANOS
99
9.5. ARRIOSTRAMIENTOS
99
SUPLEMENTOS
SUPLEMENTOS DEL REGLAMENTO CIRSOC 601. VALORES DE
DISEÑO DE REFERENCIA
101
S.1. SUPLEMENTO 1. VALORES DE DISEÑO PARA MADERA
ASERRADA
103
S.1.1. VALORES DE DISEÑO DE REFERENCIA
103
S.1.1.1. Pino Paraná (Araucaria angustifolia), cultivado en la provincia
de Misiones
103
S.1.1.2. Eucalipto grandis (Eucalyptus grandis), cultivado en las
provincias de Entre Ríos, Corrientes y Misiones
105
S.1.1.3. Pino taeda y elliotti (Pinus taeda y elliottii), cultivado en el
noreste argentino
106
S.1.1.4. Álamo (Populus deltoides ‘Australiano 129/60’ y ‘Stoneville 67),
cultivado en el delta del río Paraná
108
A.1.S.1. APÉNDICE 1 DEL SUPLEMENTO 1
111
Clasificación visual por resistencia de madera aserrada de
Pino Paraná
111
S.2. SUPLEMENTO 2. VALORES DE DISEÑO PARA MADERA
LAMINADA ENCOLADA ESTRUCTURAL
113
S.2.1. VALORES DE DISEÑO DE REFERENCIA
113
S.2.1.1. Combinaciones especie / procedencia incluidas en la norma
IRAM 9660-1 (2015)
113
S.3. SUPLEMENTO 3. VALORES DE DISEÑO PARA MIEMBROS
ESTRUCTURALES DE SECCIÓN CIRCULAR
115
S.3.1. VALORES DE DISEÑO DE REFERENCIA
115
S.3.1.1. Eucalyptus grandis cultivado en las provincias de Entre Ríos,
Corrientes y Misiones
115
A.1.S.3. APÉNDICE 1 DEL SUPLEMENTO 3
117
Requisitos de calidad que deben cumplir los postes de
Eucalyptus Grandis
117
Reglamento Argentino de Estructuras de Madera
ÍNDICE - IV
S.4. SUPLEMENTO 4. VALORES DE DISEÑO PARA UNIONES
119
MECÁNICAS
S.4.1 VALORES DE DISEÑO DE REFERENCIA
119
S.4.1.1 Valores de las propiedades para calcular la resistencia lateral
de diseño de referencia (Z)
119
S.4.1.2. Resistencia a la extracción de diseño de referencia (W)
122
A.1.S.4. APÉNDICE 1 DEL SUPLEMENTO 4.
Características de los tirafondos considerados en el
Suplemento 4
125
BIBLIOGRAFÍA ESPECÍFICA BIBLIOGRAFÍA GENERAL
Reglamento CIRSOC 601
ÍNDICE - V
Reglamento Argentino de Estructuras de Madera
ÍNDICE - VI
CAPÍTULO 1. REQUERIMIENTOS GENERALES PARA EL DISEÑO ESTRUCTURAL
1.1. CAMPO DE VALIDEZ
Este Reglamento define los métodos y disposiciones generales a emplear en el diseño y construcción de estructuras para edificaciones y obras civiles con madera aserrada, madera laminada encolada y productos derivados de la madera, los cuales se incluyen en el presente Reglamento constituido por Capítulos y Suplementos. También define los métodos a emplear en el diseño y fabricación de uniones simples y múltiples utilizando los elementos que en cada caso se describen.
Este Reglamento considera únicamente los requisitos relacionados con el comportamiento mecánico y durabilidad de las estructuras. No tiene en cuenta aspectos tales como el aislamiento térmico y el acústico, entre otros.
No se excluye la utilización de materiales, métodos de diseño y sistemas estructurales alternativos a los descriptos en el presente Reglamento, siempre que se demuestre a través de análisis teóricos, ensayos de carga, estudio de modelos o acreditada experiencia, que los mismos tendrán un desempeño satisfactorio para el uso al cual son destinados.
En este Reglamento no se incluyen el diseño y construcción de puentes, estructuras sometidas a la acción del fuego, miembros estructurales expuestos a prolongadas temperaturas superiores a 65 ºC, así como detalles inherentes a estructuras especiales. El diseño sísmico se desarrollará en un Reglamento INPRES-CIRSOC específico.
1.2. REQUERIMIENTOS GENERALES
Una estructura debe proyectarse y construirse de tal forma que, con una probabilidad aceptable, se mantenga en buenas condiciones para el uso al que se destina, considerando su finalidad y costo de producción y mantenimiento. Asimismo, los daños debidos a sucesos accidentales o derivados de errores humanos deben resultar proporcionales a la causa que los haya producido.
Todos los miembros, uniones y sistemas estructurales deben ser capaces de soportar, con adecuada estabilidad y rigidez, la totalidad de las cargas y otras solicitaciones que puedan ser razonablemente esperadas durante su montaje, construcción y uso, sin exceder las tensiones de diseño ajustadas y las deformaciones admisibles que se establecen en el presente Reglamento. Los valores de diseño para las tensiones y para el módulo de elasticidad, así como las disposiciones para el cálculo estructural y la construcción, están provistos en este Reglamento para obras diseñadas y ejecutadas bajo una adecuada supervisión ejercida por personas capacitadas y con experiencia.
La calidad de los materiales, incluyendo los empleados en las uniones mecánicas, debe satisfacer los requisitos que en cada caso se especifican. El manipuleo de la madera y de
Reglamento CIRSOC 601
Cap. 1 - 1
los productos derivados de la madera debe contemplar la prevención de daños y de absorción de humedad por contacto con la lluvia, nieve o agua.
Durante el montaje se deben efectuar las previsiones necesarias para evitar la existencia de esfuerzos superiores a los previstos, tanto en los miembros estructurales como en las uniones mecánicas. Hasta el momento de la instalación definitiva de arriostramientos transversales, muros de corte o diafragmas, se debe prever la existencia de arriostramientos transitorios adecuados. Se debe efectuar una inspección competente para asegurar que las uniones abulonadas se encuentren firmemente ajustadas, pero sin ocasionar daños en el material debajo de las arandelas.
En estructuras que pueden experimentar cambios en el contenido de humedad durante su vida útil, o que se fabriquen o instalen con madera en estado verde, se deben efectuar previsiones orientadas a minimizar movimientos diferenciales y la generación de esfuerzos entre miembros estructurales y partes componentes, causados por los cambios dimensionales.
Las fundaciones deben ser diseñadas para proveer adecuado soporte a las cargas actuantes considerando las características resistentes del suelo, sin superar asentamientos excesivos y proveyendo adecuada seguridad contra el levantamiento. El diseño de las fundaciones debe contemplar una adecuada protección de la madera o productos derivados de la madera contra el ataque de hongos e insectos. Se deben prever drenajes que eviten la acumulación de agua y se debe evitar la presencia de elementos que faciliten el ataque biológico.
La madera o sus productos derivados empleados deben tener una adecuada durabilidad natural conforme al tipo de riesgo de ataque biológico que corresponda al proyecto. En caso contrario, deben recibir un tratamiento protector adecuado. En estructuras exteriores, el diseño debe contemplar la provisión de una protección adecuada contra el humedecimiento del material, facilitando el drenaje y evitando la presencia de detalles constructivos que provoquen la acumulación de agua o humedad. Los elementos de fijación, así como cualquier tipo de conector estructural metálico, deberán ser resistentes a la corrosión o estar protegidos contra el ataque de la misma.
1.3. RELACIÓN ENTRE LAS DISTINTAS PARTES QUE COMPONEN ESTE REGLAMENTO
Las distintas partes que componen este Reglamento, tanto los Capítulos como los Suplementos con sus Apéndices, son interdependientes. Excepto que exista una aclaración en contrario, las disposiciones de cada una de ellas se relacionan con las restantes.
1.4. PROCEDIMIENTOS DE DISEÑO
Este Reglamento provee requerimientos y procedimientos para el diseño estructural empleando el formato de tensiones admisibles.
Se deben considerar las acciones originadas por fuerzas aplicadas a la estructura y por deformaciones impuestas, tanto durante la construcción como a lo largo de la vida útil en servicio.
Reglamento Argentino de Estructuras de Madera
Cap. 1 - 2
Teniendo en cuenta la importante influencia que la variación en el tiempo de las acciones ejerce sobre el comportamiento mecánico de los materiales considerados en este Reglamento, éstas deben ser clasificadas en permanentes, variables y accidentales. A su vez, se debe considerar particularmente la duración de cada acción variable (ver la Tabla 4.3-2.).
Las acciones de diseño deben ser analizadas, calculadas y superpuestas considerando el destino y las características de la estructura, de acuerdo con las disposiciones de los Reglamentos CIRSOC e INPRES-CIRSOC correspondientes. También se debe considerar la variación en el espacio de las acciones, clasificándolas en fijas y móviles. Los efectos dinámicos se tendrán en cuenta en los casos que corresponda.
Las acciones provocadas por sismos deben ser determinadas de acuerdo con el Reglamento INPRES-CIRSOC 103 correspondiente. El Proyectista Estructural debe considerar la probabilidad de ocurrencia de acciones accidentales y tenerlas en cuenta en el diseño cuando su magnitud no sea ni despreciable ni tan importante como para considerar irrazonable la construcción de una estructura que las soporte.
Cuando existe más de una acción variable, excepto que el Proyectista Estructural considere que deben utilizarse combinaciones más rigurosas, será de aplicación el criterio adoptado por el Reglamento CIRSOC 301-2005 (Apéndice L, apartado A-L.1) para tener en cuenta la probabilidad de actuación simultánea de las acciones, el que se reproduce a continuación:
(D + F) + ∑Li ó W ó T) (D + F) + 0,7 [(∑Li + W) ó (W + T) ó (∑Li + T)] (D + F) + 0,6∑Li + 0,6W + 0,6T donde (ver también la sección A.4.1 del Reglamento CIRSOC 301-2005):
(1.4-1) (1.4-2) (1.4-3)
∑Li = (L + Lr + S + R + H)
D las acciones permanentes debidas al peso propio de la estructura, de todo componente de construcción previsto con carácter permanente (Reglamento CIRSOC 101–2005) y de maquinarias adheridas a la estructura y con peso definido. Dentro de estas acciones se deben considerar las originadas por deformaciones impuestas de carácter permanente.
F las acciones permanentes debidas a líquidos con presiones definidas y presencia continuada.
L las acciones variables debidas a la ocupación, al uso y montaje en pisos (Reglamento CIRSOC 101-2005). Acciones variables térmicas generadas por equipamientos o funcional, no derivadas de especificaciones normativas. Acciones variables debidas a líquidos, granos o materiales sueltos. Acciones variables debidas a maquinarias y equipos incluyendo las cargas móviles y los efectos dinámicos. Acciones variables debidas al efecto dinámico producido por maquinarias cuyo peso constituye una carga permanente.
Reglamento CIRSOC 601
Cap. 1 - 3
Lr las acciones variables en techos debidas al uso, montaje y mantenimiento (Reglamento CIRSOC 101–2005).
S las acciones variables debidas a la nieve y el hielo (Reglamento CIRSOC 104-2005).
R las acciones variables debidas al agua de lluvia o el hielo sin considerar los efectos producidos por la acumulación de agua (Reglamento CIRSOC 101–2005).
H las acciones variables debidas al peso y el empuje lateral del suelo y del agua contenida en el mismo.
W las acciones variables debidas al viento (Reglamento CIRSOC 102-2005).
T las acciones variables debidas a deformaciones impuestas sin carácter permanente, tales como la contracción y expansión originadas por variaciones térmicas o en el contenido de humedad.
Se deben utilizar las intensidades nominales de las acciones y aquellas acciones variables que produzcan efectos de sentido contrario no se considerarán actuando simultáneamente. El diseño estructural se debe efectuar con la combinación que resulta más desfavorable.
1.5. DOCUMENTACIÓN DE PROYECTO Y DOCUMENTACIÓN CONFORME A OBRA
La memoria de cálculo debe ser clara y fácil de revisar, incluyendo referencias a los materiales y normas consideradas, así como a las solicitaciones y deformaciones calculadas. En todos los casos se deben indicar las dimensiones de los miembros estructurales expresando si las mismas son nominales o netas para el producto especificado.
La memoria de cálculo debe ser complementada con planos de la estructura, que se ejecutarán conforme a las normas pertinentes de representación. En los planos se indicará la disposición y designación de los miembros estructurales, sus medios de unión, contraflechas y arriostramientos requeridos. En caso de ser necesario se aportarán diferentes vistas y cortes de las uniones mecánicas, en las escalas adecuadas.
La documentación de Proyecto contendrá todas las indicaciones que el Proyectista Estructural considere indispensables para la ejecución de la construcción, incluyendo especificaciones para el transporte y montaje cuando corresponda.
1.5.1. Documentación de Proyecto
La documentación de Proyecto es el conjunto de planos generales y de detalles básicos, memoria de cálculo y especificaciones de materiales, fabricación, protección anticorrosiva, otras protecciones, montaje y construcción de la estructura.
Reglamento Argentino de Estructuras de Madera
Cap. 1 - 4
1.5.2. Planos
Los planos se deben ejecutar en escala adecuada a la información que presentan. Deberán contener toda la información necesaria para la ejecución de los planos de taller y de montaje y para la ejecución de la estructura como ser:
(a) Dimensiones, formas seccionales y ubicación relativa de todos los miembros estructurales. Deben estar acotados niveles de pisos, ejes de vigas, centros de columnas; rigidizaciones y arriostramientos.
(b) Tipo o tipos de estructura adoptados. Cuando así correspondiera en los planos generales y de detalles básicos, se indicarán cargas y requerimientos necesarios para la preparación de los planos de fabricación, incluyendo los esfuerzos en los miembros estructurales y sus uniones.
(c) Especificación de los materiales a utilizar. (d) Detalle de las uniones; de las dimensiones y tipos de elementos a utilizar en la
materialización de las uniones. (e) Dimensiones, detalles y materiales de todo otro componente constructivo que forme parte
de la estructura. (f) Contraflechas (g) En los casos en que fuera necesario el esquema previsto para el montaje de la estructura.
Indicación de: los puntos de levantamiento de los componentes a montar; posiciones que ocuparán temporariamente los equipos principales o auxiliares de montaje; arriostramientos provisionales necesarios y su anclaje; etc. (h) Planos de andamios y apuntalamientos que requieran cálculos estructurales. (i) Recaudos adoptados para garantizar la durabilidad de los materiales empleados. (j) Indicación de los revestimientos u otros medios de protección previstos. (k) Dimensiones, detalles y materiales de bases y fundaciones de la estructura. (l) Listado aclaratorio de la simbología especial empleada en los planos. (m) Toda información complementaria que el o los Proyectistas o Diseñadores Estructurales estimen conveniente para facilitar la interpretación del Proyecto o resguardar su responsabilidad.
1.5.3. Memoria de cálculo
La memoria de cálculo debe presentar en forma clara todo el proceso de cálculo empleado para el dimensionamiento y verificación de la resistencia y estabilidad de la estructura, sus miembros estructurales y sus uniones. En ella se debe incluir:
(a) Memoria descriptiva de la estructura, con indicación de materiales a utilizar, síntesis del proceso de cálculo y dimensionamiento adoptado para su proyecto y tecnología prevista para su construcción.
(b) Acciones y combinaciones de acciones consideradas con indicación de los valores nominales adoptados para las acciones y los Reglamentos aplicados.
(c) Tipos de estructura adoptados y métodos de cálculo. (d) Tensiones originadas por los estados de carga considerados. (e) Tensiones de diseño de referencia y ajustadas correspondientes a los materiales
utilizados. (f) Condiciones de servicio verificadas (consideradas). (g) Desarrollo de los detalles de uniones necesarios para la ejecución de los planos de taller. (h) Cuando correspondiera, procedimiento de montaje incluyendo verificación de resistencia
y estabilidad de los componentes y del conjunto durante el proceso constructivo,
Reglamento CIRSOC 601
Cap. 1 - 5
determinación de los puntos de levantamiento de los elementos a montar, proyecto de los apuntalamientos temporarios, etc. (i) Capacidad portante adoptada para el suelo de fundación. (j) Toda otra información complementaria que el o los Proyectistas o Diseñadores Estructurales consideren conveniente para clarificar el proceso de proyecto o resguardar su responsabilidad.
1.5.4. Especificaciones
Las especificaciones contendrán todas las indicaciones necesarias para la correcta fabricación, montaje, construcción y control de calidad de la estructura proyectada. Se podrán referenciar especificaciones contenidas en este Reglamento o en otros que sean de aplicación. Asimismo se deben indicar los aspectos básicos del plan de tareas de mantenimiento a realizar durante la vida útil de la estructura.
1.5.5. Documentación conforme a obra
La Documentación conforme a obra debe contener la información técnica que describa como está proyectada y construida la estructura debiendo individualizar a los profesionales responsables de cada etapa. Constituye la certificación de la seguridad estructural durante la vida útil mientras se conserven las condiciones consideradas en el proyecto, y el antecedente cierto para toda cuestión técnica en litigio y para proyectar modificaciones, ampliaciones o refuerzos, y para analizar las condiciones de seguridad ante cualquier cambio que altere las hipótesis del proyecto original.
Ella deberá contener:
(a) Planos de acuerdo con el artículo 1.5.2. (b) Memoria de cálculo de acuerdo con el artículo 1.5.3. (c) Informe sobre el suelo de fundación, sus características y su capacidad portante. (d) Especificaciones de acuerdo con el artículo 1.5.4. (e) Memoria descriptiva de la construcción de la estructura, con indicación de toda
modificación introducida en el proyecto original con sus respectivos planos y memoria de cálculo. (f) Memoria con el proceso y resultados del control de calidad efectuado. (g) Memoria con indicación de la protección adoptada contra los ataques biológicos, la corrosión de los elementos auxiliares metálicos y el fuego. (h) Plan de tareas de mantenimiento a realizar durante la vida útil. (i) Toda otra información que el o los Profesionales intervinientes estimen necesaria para cumplir el objetivo de la documentación conforme a obra o resguardar su responsabilidad.
1.6. MATERIALES Y NORMAS IRAM DE APLICACIÓN
Las normas IRAM e IRAM-IAS nacionales de materiales se encuentran actualmente en proceso de revisión e integración con las de los restantes países del MERCOSUR.
En general para cada Proyecto Estructural se deberán adoptar las especificaciones de materiales fijadas en la normas IRAM vigentes a la fecha de ejecución, excepto aquellos casos donde se especifique una versión de la norma IRAM de un determinado año.
Reglamento Argentino de Estructuras de Madera
Cap. 1 - 6
1.6.1. Madera y productos derivados de la madera para uso estructural
1.6.1.1. Normas IRAM de aplicación
En los Suplementos de este Reglamento se indican las normas IRAM de aplicación a cada material considerado. En caso de que los requisitos que debe cumplir un determinado material estructural no estén estipulados en una norma IRAM vigente, los mismos se detallan en un Apéndice del Suplemento correspondiente. Por su particular importancia conforme al campo de aplicación y a los objetivos del presente Reglamento, se detallan a continuación las siguientes normas:
IRAM 9513 (2007) Postes y crucetas redondas de eucalipto, preservados, para líneas aéreas de energía eléctrica y sistemas de telecomunicaciones. Requisitos. Instituto Argentino de Normalización y Certificación, Buenos Aires.
IRAM 9660-1 (2015) Madera laminada encolada estructural. Parte 1: Clases de resistencia y requisitos de fabricación y de control. Instituto Argentino de Normalización y Certificación, Buenos Aires.
IRAM 9660-2 (2015) Madera laminada encolada estructural. Parte 2: Métodos de ensayo. Instituto Argentino de Normalización y Certificación, Buenos Aires.
IRAM 9661 (2015) Madera laminada encolada estructural. Requisitos de los empalmes por unión dentada. Instituto Argentino de Normalización y Certificación, Buenos Aires.
IRAM 9662-1 (2015) Madera laminada encolada estructural. Clasificación visual de las tablas por resistencia. Parte 1: Tablas de pino Paraná (Araucaria angustifolia). Instituto Argentino de Normalización y Certificación, Buenos Aires.
IRAM 9662-2 (2015) Madera laminada encolada estructural. Clasificación visual de las tablas por resistencia. Parte 2: Tablas de eucalipto grandis (Eucalyptus grandis). Instituto Argentino de Normalización y Certificación, Buenos Aires.
IRAM 9662-3 (2015) Madera laminada encolada estructural. Clasificación visual de las tablas por resistencia. Parte 3: Tablas de pino taeda y elliotti (Pinus taeda y elliottii). Instituto Argentino de Normalización y Certificación, Buenos Aires.
IRAM 9662-4 (2015) Madera laminada encolada estructural. Clasificación visual de las tablas por resistencia. Parte 4: Tablas de álamo (Populus deltoides ‘Australiano 129/60’ y Stoneville 67’). Instituto Argentino de Normalización y Certificación, Buenos Aires.
IRAM 9663 (2013) Estructuras de madera. Madera aserrada y madera laminada encolada para uso estructural. Determinación de algunas propiedades físicas y mecánicas. Instituto Argentino de Normalización y Certificación, Buenos Aires.
IRAM 9664 (2013) Madera estructural. Determinación de los valores característicos de las propiedades mecánicas y la densidad. Instituto Argentino de Normalización y Certificación, Buenos Aires.
Reglamento CIRSOC 601
Cap. 1 - 7
IRAM 9670 (2002) Madera estructural. Clasificación y requisitos. Clasificación en grados de resistencia para la madera aserrada de pinos resinosos (Pino elliotti y Pino taeda) del noreste argentino mediante una evaluación visual. Instituto Argentino de Normalización y Certificación, Buenos Aires.
1.6.1.2. Propiedades de la madera y de sus productos derivados para uso estructural
Los valores de diseño de referencia de las propiedades correspondientes a la madera aserrada y sus productos derivados, así como para las uniones mecánicas, se indican en los Suplementos de este Reglamento. Los mismos se presentan en forma separada para las distintas combinaciones especie / procedencia y para los distintos grados de calidad (clases resistentes) del material. En todos los casos, los valores provistos están especificados para ser utilizados con los métodos de diseño que se indican en los capítulos correspondientes.
El Suplemento 1 provee valores de diseño de referencia para madera aserrada.
El Suplemento 2 provee valores de diseño de referencia para madera laminada encolada estructural.
El Suplemento 3 provee valores de diseño de referencia para miembros estructurales de sección circular.
El Suplemento 4 provee valores de diseño de referencia para uniones mecánicas.
1.7. REGLAMENTOS Y RECOMENDACIONES DE REFERENCIA
El presente Reglamento CIRSOC 601 forma parte de la nueva generación de reglamentos que se detalla a continuación:
CIRSOC 101-2005 CIRSOC 102-2005 INPRES-CIRSOC 103 - 2016 INPRES-CIRSOC 103-2005 INPRES-CIRSOC 103-2017
Reglamento Argentino de Cargas Permanentes y Sobrecargas Mínimas de Diseño para Edificios y otras Estructuras.
Reglamento Argentino de Acción del Viento sobre las Construcciones.
Reglamento Argentino para Construcciones Sismorresistentes – Parte I – Construcciones en General.
Reglamento Argentino para Construcciones Sismorresistentes – Parte II – Construcciones de Hormigón Armado.
Reglamento Argentino para Construcciones Sismorresistentes – Parte III – Construcciones de Mampostería.
Reglamento Argentino de Estructuras de Madera
Cap. 1 - 8
INPRES-CIRSOC 103-2005
INPRES-CIRSOC 103-2016
CIRSOC 104-2005 CIRSOC 108-2007 CIRSOC 201-2005 CIRSOC 301-2005 CIRSOC 302-2005 CIRSOC 303-2009 CIRSOC 304-2007 CIRSOC 305-2007 CIRSOC 306-2016 CIRSOC 307-2018 CIRSOC 308-2007
CIRSOC 309-2018 CIRSOC 401-2016 CIRSOC 501-2007 CIRSOC 501E-2007
Reglamento Argentino para Construcciones Sismorresistentes –Parte IV – Construcciones de Acero.
Reglamento Argentino para Construcciones Sismorresistentes – Parte V – Soldadura de Estructuras de Acero Sismorresistente.
Reglamento Argentino de Acción de la Nieve y del Hielo sobre las Construcciones.
Reglamento Argentino de Cargas de Diseño para las Estructuras durante su Construcción.
Reglamento Argentino de Estructuras de Hormigón.
Reglamento Argentino de Estructuras de Acero para Edificios.
Elementos Estructurales de Tubos de Acero para Edificios.
Reglamento Argentino de Elementos Estructurales de Acero de Sección Abierta Conformados en Frío.
Reglamento Argentino para la Soldadura de Estructuras de Acero.
Recomendación para Uniones Estructurales con Bulones de Alta Resistencia.
Reglamento Argentino de Estructuras de Acero para Antenas
Guía para la Construcción Metálica (en preparación).
Reglamento Argentino de Estructuras Livianas para Edificios con Barras de Acero de Sección Circular.
Reglamento Argentino de Estructuras Mixtas (en preparación).
Reglamento Argentino de Estudios Geotécnicos.
Reglamento Argentino de Estructuras de Mampostería. Reglamento Empírico para Construcciones de Mampostería de Bajo Compromiso Estructural.
Reglamento CIRSOC 601
Cap. 1 - 9
1.8. UNIDADES
Las unidades utilizadas en este Reglamento corresponden al Sistema Métrico Legal Argentino (SIMELA) según Ley 19511/1972.
1.9. SIMBOLOGÍA GENERAL
A continuación y como Anexo al Capítulo 1 se presenta la Simbología General, utilizada en este Reglamento.
Reglamento Argentino de Estructuras de Madera
Cap. 1 - 10
SIMBOLOGÍA GENERAL
En este anexo se definen los símbolos principales. Existen otros símbolos cuya definición se incluye en el artículo en el cual aparecen. En caso de existir diferentes interpretaciones para un mismo símbolo se debe considerar la definición que aparece en el artículo en el cual el símbolo es utilizado.
A
área bruta de la sección transversal de un miembro estructural.
An Anet CC CD CF Cg CL CM CP Cr Ct Ctn Cv COVE D
área neta de la sección transversal en la zona de una entalladura. área neta de la sección transversal en la zona de una unión. factor de curvatura. factor de duración de la carga. factor de tamaño. factor de acción de grupo. factor de estabilidad lateral de la viga. factor de condición de servicio. factor de estabilidad del miembro comprimido. factor de distribución lateral de cargas. factor de temperatura. factor de clavado oblicuo. factor de volumen. coeficiente de variación del módulo de elasticidad. diámetro nominal de un elemento de fijación.
Dr E y E’
diámetro del núcleo de un elemento de fijación. módulo de elasticidad de referencia y ajustado, respectivamente.
E0,05 y E’0,05 módulo de elasticidad para el cálculo de deformaciones en situaciones de diseño críticas, de referencia y ajustado, respectivamente.
Emín y E’mín módulo de elasticidad para el cálculo de la estabilidad de vigas y columnas, de referencia y ajustado, respectivamente.
Fb y F’b Fb1 y F’b1
tensión de diseño en flexión, de referencia y ajustada, respectivamente. tensión de diseño en flexión respecto del eje de mayor momento de inercia,
Reglamento CIRSOC 601
Simbología - I
de referencia y ajustada, respectivamente.
Fb2 y F’b2 tensión de diseño en flexión respecto del eje de menor momento de inercia, de referencia y ajustada, respectivamente.
FbE F*b
Fc y F’c
tensión crítica de pandeo en miembros flexionados.
tensión de diseño en flexión de referencia multiplicada por todos los factores aplicables, excepto CL.
tensión de diseño en compresión paralela a las fibras, de referencia y ajustada, respectivamente.
FcE
tensión crítica de pandeo en miembros comprimidos.
FcE1
tensión crítica de pandeo en miembros comprimidos respecto del eje de
mayor momento de inercia.
FcE2
tensión crítica de pandeo en miembros comprimidos respecto del eje de
menor momento de inercia.
F*c Fc┴ y F’c┴
tensión de diseño en compresión paralela a las fibras de referencia multiplicada por todos los factores aplicables, excepto CP .
tensión de diseño en compresión perpendicular a las fibras, de referencia y ajustada, respectivamente.
Fem
resistencia al aplastamiento de referencia del miembro principal.
Fes
resistencia al aplastamiento de referencia del miembro lateral.
Fe//
resistencia al aplastamiento de referencia en dirección paralela a las fibras.
Fe┴
resistencia al aplastamiento de referencia en dirección perpendicular a las
fibras.
Feθ
resistencia al aplastamiento de referencia inclinada un ángulo θ respecto de
la dirección de las fibras.
Frt y F’rt
tensión de diseño en tracción radial perpendicular a las fibras, de referencia y ajustada, respectivamente.
Ft y F’t
tensión de diseño en tracción paralela a las fibras, de referencia y ajustada, respectivamente.
Fu Fv y F’v
tensión de rotura en tracción del elemento de fijación.
tensión de diseño en corte paralelo a las fibras, de referencia y ajustada, respectivamente.
Fy
tensión de fluencia del elemento de fijación.
Reglamento Argentino de Estructuras de Madera
Simbología - II
Fyb F’θ
G Gv y G’v I K
Kcr Ke M Mr y M’r P Q RB Rr y R’r
S T V Vr y V’r W y W’
Z y Z’ b c d
de
tensión de fluencia en flexión del elemento de fijación. tensión de diseño en compresión inclinada un ángulo θ respecto de la dirección de las fibras, ajustada. gravedad específica. módulo de elasticidad transversal de referencia y ajustado, respectivamente. momento de inercia. coeficiente que relaciona la deformación producida por el esfuerzo de corte con la deformación producida por el momento flector. factor de deformación dependiente del tiempo. factor de longitud efectiva para barras comprimidas. momento flector actuante. momento flector de diseño, de referencia y ajustado, respectivamente. esfuerzo normal actuante. momento estático de un área respecto del eje neutro. relación de esbeltez lateral de la viga. fuerza de reacción en el apoyo de diseño, de referencia y ajustada, respectivamente. módulo resistente de la sección. temperatura. esfuerzo de corte actuante. esfuerzo de corte de diseño, de referencia y ajustado, respectivamente. resistencia a la extracción de diseño, de referencia y ajustada, respectivamente. resistencia lateral de diseño, de referencia y ajustada, respectivamente. ancho de la sección transversal en un miembro estructural flexionado. distancia desde el eje neutro hasta la fibra más alejada. altura de la sección transversal en un miembro estructural flexionado o ancho de la misma en un miembro estructural sometido a esfuerzo normal. altura efectiva de la sección transversal en una unión.
Reglamento CIRSOC 601
Simbología - III
dn
altura de un miembro estructural en la zona de una entalladura.
e
excentricidad.
e1
excentricidad medida en forma paralela al lado mayor de la sección
transversal.
e2
excentricidad medida en forma paralela al lado menor de la sección
transversal.
fb
tensión originada por el momento flector.
fb1
tensión originada por el momento flector producido por las cargas
transversales actuando según el plano de mayor momento de inercia.
fb2
tensión originada por el momento flector producido por las cargas
transversales actuando según el plano de menor momento de inercia.
fc
tensión originada por el esfuerzo de compresión paralelo a la dirección de las
fibras.
fc┴
tensión originada por el esfuerzo de compresión perpendicular a la dirección
de las fibras.
fr
tensión radial originada por el momento flector en un miembro estructural
curvo.
ft
tensión originada por el esfuerzo de tracción paralelo a la dirección de las
fibras.
fv
tensión originada por el esfuerzo de corte.
l
longitud de cálculo de una viga o distancia entre arriostramientos laterales en
un miembro comprimido.
le
longitud efectiva de pandeo lateral de una viga o longitud efectiva de pandeo
de un miembro comprimido.
le1
la longitud efectiva de pandeo respecto del eje de mayor momento de inercia.
le2
la longitud efectiva de pandeo respecto del eje de menor momento de inercia.
lm
longitud del elemento de fijación dentro del miembro principal.
ls
longitud del elemento de fijación dentro del miembro lateral.
lu
separación entre arriostramientos laterales de una viga.
t
espesor de un miembro estructural.
Reglamento Argentino de Estructuras de Madera
Simbología - IV
w z ∆f ∆fnet ∆fnet(TC) ∆i ∆i(CD) ∆i(LD)
∆i(V) ∆Zi
∆Zf
ρ0,05
carga de extracción aplicada a una unión.
carga lateral aplicada a una unión.
deformación final.
deformación final neta.
deformación final neta producida por la totalidad de las cargas.
deformación inicial.
deformación instantánea producida por las cargas de corta duración.
deformación instantánea producida por las cargas permanentes y de larga duración.
deformación instantánea producida por las cargas variables.
deslizamiento instantáneo en una unión con elementos tipo clavija sometida a carga lateral.
deslizamiento final en una unión con elementos tipo clavija sometida a carga lateral.
valor característico de la densidad (5 %), obtenido con un contenido de humedad del 12 % .
Reglamento CIRSOC 601
Simbología - V
Reglamento Argentino de Estructuras de Madera
Simbología - VI
CAPÍTULO 2 . VALORES DE DISEÑO
2.1. ASPECTOS GENERALES
Todos los miembros estructurales y conexiones deben contar con las dimensiones y capacidad necesarias para equilibrar las acciones aplicadas sin exceder las tensiones de diseño ajustadas y las deformaciones admisibles calculadas según las prescripciones de este Reglamento.
Las tensiones de diseño ajustadas se deben obtener multiplicando las tensiones de diseño de referencia por los factores de ajuste especificados. El módulo de elasticidad de diseño ajustado se debe obtener multiplicando el módulo de elasticidad de diseño de referencia por los factores de ajuste especificados. Para determinados miembros estructurales, tales como las vigas prefabricadas, los valores de diseño de referencia usualmente no se expresan a través de las tensiones y del módulo de elasticidad sino a través de otras magnitudes relacionadas, como el momento flector, el esfuerzo de corte o la rigidez. En estos casos el valor de diseño ajustado para una determinada magnitud se debe obtener multiplicando el correspondiente valor de diseño de referencia por los factores de ajuste especificados.
En este Reglamento se consideran condiciones usuales de utilización. Los valores de diseño ajustados para miembros de madera o productos derivados de la madera y sus uniones que se destinen a usos especiales, deben ser apropiados para las condiciones en que se empleen. En esos casos se debe tener en cuenta la influencia que sobre las propiedades del material ejercen los cambios en el contenido de humedad, duración de las cargas y distintos tipos de tratamientos. Es responsabilidad del Proyectista Estructural ajustar los valores de diseño de referencia con los factores apropiados para cada caso de utilización especial, considerando las condiciones de servicio asumidas para la estructura.
2.2. VALORES DE DISEÑO DE REFERENCIA
Los valores de diseño de referencia, así como los factores de ajuste estipulados para la madera aserrada y para los productos derivados de la madera que se incluyen en el presente Reglamento y sus Suplementos, están especificados para ser utilizados con los métodos que se indican en los Capítulos correspondientes.
Los Capítulos 4 a 7 contienen disposiciones de diseño para miembros estructurales de madera aserrada (Capítulo 4), miembros estructurales de madera laminada encolada estructural (Capítulo 5), miembros estructurales de sección transversal circular (Capítulo 6), miembros estructurales prefabricados de madera compuesta y de tableros (Capítulo 7). Los Capítulos 8 y 9 contienen disposiciones de diseño para uniones mecánicas y para sistemas estructurales, respectivamente. En cada Suplemento se especifica el procedimiento adoptado para la inclusión de nuevos valores o la modificación de los existentes.
Reglamento CIRSOC 601
Cap. 2 - 11
2.3. AJUSTE DE LOS VALORES DE DISEÑO DE REFERENCIA
Para calcular los valores de diseño ajustados, los valores de diseño de referencia deben ser multiplicados por todos los factores de ajuste aplicables.
La aplicación de los factores de ajuste a los valores de diseño de referencia se define en los Capítulos correspondientes al material empleado: en el Capítulo 4 para miembros estructurales de madera aserrada, en el Capítulo 5 para miembros estructurales de madera laminada encolada estructural, en el Capítulo 6 para miembros estructurales de sección transversal circular y en el Capítulo 7 para miembros estructurales prefabricados, de madera compuesta y de tableros. La aplicación de los factores de ajuste a los valores de diseño de referencia para uniones mecánicas se define en el Capítulo 8.
Los valores de diseño de referencia estipulados en este Reglamento y sus Suplementos expresan las propiedades del material en las condiciones de servicio usuales en la mayoría de las estructuras portantes de madera o materiales derivados de la madera. Consecuentemente, numerosos factores de ajuste aplicables son iguales a 1 en la mayoría de las situaciones de diseño. A modo de ejemplo, en el proyecto de miembros estructurales ubicados en ambientes interiores, no se requieren ajustes por condición de servicio (contenido de humedad del miembro estructural) ni temperatura.
Reglamento Argentino de Estructuras de Madera
Cap. 2 - 12
CAPÍTULO 3. DISPOSICIONES Y EXPRESIONES PARA EL DISEÑO
3.1. ASPECTOS GENERALES
Este Capítulo establece disposiciones generales de diseño que son de aplicación general a los miembros estructurales y uniones contempladas en este Reglamento. Las disposiciones particulares se especifican en los Capítulos correspondientes y los valores de diseño de referencia se indican en los respectivos suplementos.
Con excepción de las especificaciones indicadas en el artículo 3.6 para miembros comprimidos, en el cálculo de la capacidad portante de un miembro estructural se debe utilizar la sección neta. El área neta de una sección transversal de un miembro estructural se debe obtener deduciendo del área bruta la proyección del material removido de la sección por cepillado, construcción de orificios, rebajes, o cualquier tipo de debilitamiento. En uniones construidas con anillos o placas de corte, para el cálculo de la sección neta se deducirá del área de la sección bruta la proyección de las áreas del orificio del bulón y de la ranura donde se ubica el anillo o la placa de corte.
En uniones construidas con bulones u otros elementos de fijación del tipo clavija, colocados en tresbolillo y cargados en dirección paralela a las fibras, para el cálculo de la sección neta, Anet, se considerará que dos elementos de fijación ubicados sobre filas adyacentes pertenecen a una misma sección si la distancia entre ambos en la dirección de las fibras es menor que 4 veces su diámetro. En uniones construidas con anillos o placas de corte colocados en tresbolillo, dos conectores pertenecientes a filas adyacentes se considerarán ubicados sobre una misma sección transversal cuando la distancia entre ellos, en dirección paralela a las fibras, sea menor o igual que el diámetro de uno de ellos (ver la Figura 3.1-1).
Los efectos de cualquier excentricidad de las cargas deben ser tenidos en cuenta. En las uniones, los miembros estructurales y los elementos de fijación deben ser dispuestos simétricamente salvo que los esfuerzos inducidos por la excentricidad sean tenidos en cuenta en el diseño.
Los miembros estructurales individuales simples deben tener un espesor nominal mínimo de 25 mm y una sección transversal mínima de 1875 mm2, salvo que las especificaciones de los medios de unión exijan dimensiones mínimas superiores. Los entablados estructurales deben tener un espesor nominal mínimo de 19 mm.
Los cálculos para determinar la resistencia y la rigidez de los miembros estructurales se deben realizar en todos los casos considerando las dimensiones reales, aunque la provisión del material se efectúe en base a sus dimensiones nominales. En particular, se tendrán en cuenta las reducciones ocasionadas por el cepillado.
Reglamento CIRSOC 601
Cap. 3 - 13
Figura 3.1-1. Distancia entre elementos de fijación colocados en tresbolillos.
Las construcciones compuestas de madera y productos derivados de la madera, o madera-hormigón y madera-acero, se deben diseñar de acuerdo con los principios de la ingeniería estructural y utilizando los valores de diseño ajustados que se especifican en el presente Reglamento para los miembros estructurales y para las uniones mecánicas.
3.2. MIEMBROS FLEXIONADOS – ASPECTOS GENERALES
Luz de cálculo
La luz de cálculo de las vigas simplemente apoyadas, continuas o en voladizo, debe ser considerada igual a la distancia libre entre soportes más la mitad de la longitud de apoyo necesaria en cada extremo.
Distribución lateral de cargas concentradas
Este Reglamento permite considerar la distribución lateral de cargas concentradas que solicitan críticamente a una viga. La distribución se puede materializar a través de miembros transversales o pisos hacia miembros paralelos adyacentes a la viga cargada.
Entalladuras
Las vigas no deben ser rebajadas, excepto en las condiciones que se especifican en los Capítulos correspondientes a cada material. Un rebaje inclinado, desde la altura reducida de la viga hacia la sección completa, disminuye la concentración de tensiones en comparación con las que se producen por un rebaje recto.
El efecto de una entalladura sobre la resistencia y rigidez de una viga, por la concentración de tensiones que ella produce, se puede considerar despreciable si la profundidad y la longitud del rebaje no superan la sexta y la tercera parte de la altura de la viga, respectivamente. El efecto de una entalladura sobre la resistencia al esfuerzo de corte se considera en el artículo 3.2.2.
Reglamento Argentino de Estructuras de Madera
Cap. 3 - 14
3.2.1. Miembros flexionados – esfuerzos de flexión
Resistencia a la flexión
La tensión originada por el momento flector, fb, no debe exceder en ningún caso la tensión de diseño en flexión ajustada, F’b.
Expresiones de diseño para la flexión
La tensión producida por el momento flector actuante, M, en una viga recta de sección transversal constante se debe calcular según la siguiente expresión:
fb
Mc I
M S
(3.2.1-1)
En el caso particular de vigas con sección transversal maciza rectangular, de ancho b y altura d, la expresión anterior se transforma en:
fb
M S
6M bd 2
,
ya que
I
bd 3 12
,
y
S
I c
bd 2 6
,
siendo c = d / 2
(3.2.1-2)
Y para el caso de vigas con sección transversal circular de diámetro igual a d:
fb
M S
32M d3
,
ya que
I
d4 64
,
y
S
I c
d3 32
,
siendo c = d / 2
Factor de estabilidad lateral de la viga (CL)
El control de la estabilidad de una viga, con el fin de evitar su pandeo lateral, se debe efectuar multiplicando la tensión de diseño de referencia, Fb, por el factor de estabilidad lateral de la viga, CL, cuyo valor es igual o menor que 1,0. Los procedimientos indicados en el presente artículo para calcular CL están basados en análisis teóricos y en ensayos de verificación.
Cuando la altura de una viga sea menor que su ancho (d ≤ b) no se requerirá arriostramiento lateral y CL = 1,0. Cuando se disponga un arriostramiento continuo del borde comprimido de una viga, con capacidad para prevenir el pandeo lateral, y los apoyos extremos estén impedidos de desplazarse y rotar, CL = 1,0.
Cuando la altura de la viga sea mayor que su ancho (d > b), al menos en los apoyos se deberán disponer arriostramientos para prevenir la rotación y el desplazamiento lateral. Pero si la altura no supera el doble del ancho de la viga (1 < d / b ≤ 2), es CL = 1,0. Para relaciones d / b > 2, se debe efectuar el cálculo de CL conforme al procedimiento indicado en este artículo o, alternativamente, incorporar las disposiciones constructivas para asegurar la estabilidad lateral de la viga (CL = 1,0) que se indican en los Capítulos
Reglamento CIRSOC 601
Cap. 3 - 15
correspondientes al material empleado.
La mayor separación entre arriostramientos laterales de una viga se denomina lu y la longitud efectiva de pandeo lateral de una viga simplemente apoyada o en voladizo, le . Ambas se deben determinar de acuerdo con la Tabla 3.2.1-1.
Tabla 3.2.1-1. Longitud efectiva de pandeo lateral (le)
Viga en voladizo (1)
Para lu /d < 7
Para lu /d ≥ 7
Carga uniformemente distribuida Carga concentrada en el extremo
le = 1,33 lu le = 1,87 lu
le = 0,90 lu + 3 d le = 1,44 lu + 3 d
Viga simplemente apoyada (1,2)
Para lu /d < 7
Para lu /d ≥ 7
Carga uniformemente distribuida
Carga concentrada en el centro sin
arriostramientos laterales intermedios
Carga concentrada en el centro con
arriostramiento lateral en el centro
2 cargas concentradas iguales en puntos a
1/3 de la luz con arriostramientos en esos
puntos
3 cargas concentradas iguales en puntos a
1/4 de la luz con arriostramientos en esos
puntos
4 cargas concentradas iguales en puntos a
1/5 de la luz con arriostramientos en esos
puntos
5 cargas concentradas iguales en puntos a
1/6 de la luz con arriostramientos en esos
puntos
6 cargas concentradas iguales en puntos a
1/7 de la luz con arriostramientos en esos
puntos
7 o más cargas concentradas iguales
igualmente
espaciadas
con
arriostramientos en los puntos de
aplicación
le = 2,06 lu le = 1,80 lu
le = 1,63 lu + 3 d le = 1,37 lu + 3 d le = 1,11 lu
le = 1,68 lu
le = 1,54 lu
le = 1,68 lu
le = 1,73 lu
le = 1,78 lu
le = 1,84 lu
Momentos extremos iguales
le = 1,84 lu
(1) Para vigas simplemente apoyadas o en voladizo con cargas no contempladas en esta Tabla:
para lu /d < 7:
le = 2,06 lu
para 7 ≤ lu /d < 14,3: le = 1,63 lu + 3 d
para lu /d ≥ 14,3
le = 1,84 lu
(2) Para vigas continuas los valores se deben adoptar de Tablas específicas o se deben determinar a través
de un análisis estructural.
La relación de esbeltez lateral de la viga, cuyo valor no debe exceder de 50, debe ser determinada con la siguiente expresión:
RB
ed b2
(3.2.1-3)
Reglamento Argentino de Estructuras de Madera
Cap. 3 - 16
y el factor de estabilidad lateral de la viga:
CL
1
FbE / Fb* 1,9
1
FbE / Fb* 1,9
2
FbE / Fb* 0,95
(3.2.1-4)
siendo:
FbE
1,2E' mín RB2
la tensión crìtica de pandeo en miembros flexionados.
Fb* la tensión de diseño en flexión de referencia multiplicada por todos los factores de ajuste aplicables, excepto CL.
E’mín
el módulo de elasticidad para el cálculo de la estabilidad, ajustado, el cual se obtiene multiplicando el valor del módulo de elasticidad para el cálculo de la estabilidad de vigas y columnas de referencia, Emín, por todos los factores de ajuste aplicables. Emín corresponde al percentil 5 % del módulo de elasticidad obtenido en flexión pura, o sea sin influencia del esfuerzo de corte (ver el artículo 3.2.3.), y afectado de un coeficiente de seguridad igual a 1,66, es decir Emín = E (1 – 1,645 COVE) 1,05 / 1,66. Para el coeficiente de variación del módulo de elasticidad (COVE) se admite un valor igual a 0,20. En los suplementos de este Reglamento se indican los correspondientes valores de Emín .
Las vigas sometidas a flexión alrededor de ambos ejes principales (flexión biaxial) se deben diseñar de acuerdo con las disposiciones del artículo 3.5.2.
3.2.2. Miembros flexionados – Esfuerzos de corte
Resistencia al corte paralelo a la dirección de las fibras (corte horizontal)
La tensión de corte paralela a la dirección de las fibras, fv, producida por el esfuerzo de corte actuante, V, no debe exceder en ningún caso la tensión de diseño en corte paralelo a las fibras ajustada, F’v . No se requiere una comprobación de las tensiones de corte en dirección perpendicular a las fibras.
Los procedimientos especificados en este Reglamento para calcular la tensión efectiva de corte, fv, en la zona cercana a los apoyos, están limitados a vigas sólidas tales como las de madera aserrada, laminada encolada u otras similares. En vigas de otros tipos, así como ante la presencia de uniones en las zonas cercanas a los apoyos, el análisis de las tensiones producidas por el esfuerzo de corte y el diseño se deben basar en resultados de ensayos u otras técnicas alternativas especiales.
Expresiones de diseño para el esfuerzo de corte
La tensión de corte paralela a la dirección de las fibras, producida en vigas del tipo
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Cap. 3 - 17
descripto en el artículo anterior por el esfuerzo de corte actuante normalmente al eje de mayor momento de inercia, V, se debe calcular según la siguiente expresión:
fv
VQ Ib
(3.2.2-1)
En el caso particular de vigas con sección transversal maciza rectangular, de ancho b y altura d, la expresión anterior se transforma en:
fv
3V 2bd
(3.2.2-2)
siendo:
I
bd 3 12
Q
bd 2 8
Determinación del esfuerzo de corte actuante
Para calcular el esfuerzo de corte actuante, V, se debe considerar:
a) en vigas apoyadas sobre el borde inferior y cargadas sobre el superior, se pueden despreciar las cargas distribuidas aplicadas a una distancia no mayor a la altura de la viga, d, desde el borde interior del apoyo. El valor de las cargas concentradas aplicadas a una distancia x desde el borde interior del apoyo, siendo x < d, se pueden multiplicar por el factor x / d.
b) en vigas apoyadas sobre el borde inferior, solicitadas en el borde superior por una carga móvil o por varias cargas móviles donde una es considerablemente mayor a las restantes, ésta se debe aplicar a una distancia igual a la altura de la viga, d, desde el borde interior del apoyo, manteniendo las restantes en sus posiciones y despreciando las ubicadas a una distancia menor a la altura de la viga desde el borde interior del apoyo. Cuando existen dos o más cargas móviles de similar valor y próximas entre sí, ellas se deben considerar en la ubicación que produce el mayor esfuerzo de corte, despreciando el efecto de cualquier carga que se sitúa a una distancia menor a la altura de la viga desde el borde interior del apoyo.
Capacidad de las secciones debilitadas por entalladuras o medios de unión para
tomar esfuerzo de corte
Para una viga con sección transversal rectangular, y entallada sobre la cara traccionada, su capacidad para tomar esfuerzo de corte, reducida por la entalladura, se debe calcular con la siguiente expresión:
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Cap. 3 - 18
V'r
2 3
F' v
bd n
dn d
2
siendo:
V ’r el esfuerzo de corte de diseño ajustado. F’v la tensión de diseño en corte paralelo a las fibras ajustada. dn la altura reducida por la entalladura.
(3.2.2-3)
Para una viga de sección transversal circular, y entallada sobre la cara traccionada, su capacidad para tomar esfuerzo de corte, reducida por la entalladura, se debe calcular con la siguiente expresión:
V'r
2 3
F'v
An
dn d
2
(3.2.2-4)
siendo:
An el área de la sección transversal en la zona de la entalladura. Para vigas con otro tipo de secciones transversales que las anteriormente expuestas, y entalladas sobre la cara traccionada, el cálculo de V’r se debe basar en un análisis estructural que tenga en cuenta la concentración de tensiones en la zona debilitada.
Para una viga entallada sobre la cara comprimida, como se indica en la Figura 3.2.2-1, V’r se debe calcular con la siguiente expresión:
V'r
2 3
F'v
b
d
d
dn dn
e
(3.2.2-5)
siendo:
e la distancia desde el borde interior del apoyo hasta la finalización de la entalladura, pero debe ser e ≤ dn. Si e > dn, dn se debe utilizar en lugar de d para calcular fv con la expresión 3.2.2-2.
Si el rebaje es inclinado, dn se debe medir en coincidencia con el borde interior del apoyo como se indica con una línea de trazos en la Figura 3.2.2-1.
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Cap. 3 - 19
Figura 3.2.2-1. Vigas entalladas en la cara comprimida.
Para una viga soportada por una unión materializada con anillos, placas de corte, bulones o tirafondos, como se indica en la Figura 3.2.2-2., en la que la distancia de la unión al extremo de la viga sea menor que 5 veces su altura, la capacidad de la viga para tomar esfuerzo de corte se debe calcular con la siguiente expresión:
V'r
2 3
F' v
bd e
de d
2
(3.2.2-6)
siendo:
de la altura efectiva en la unión. Para anillos y placas de corte es la altura de la viga menos la distancia desde el borde descargado hasta el borde más cercano de un anillo o placa de corte. Para bulones o tirafondos es la altura de la viga menos la distancia desde el borde descargado hasta el centro del elemento de fijación más cercano (ver la Figura 3.2.2-2.).
Si la distancia de la unión al extremo de la viga es igual o mayor que 5 veces su altura, V’r se debe calcular con la siguiente expresión:
V'r
2 3
F'v
bde
(3.2.2-7)
Reglamento Argentino de Estructuras de Madera
Cap. 3 - 20
Figura 3.2.2-2. Altura efectiva de una viga en la unión.
3.2.3. Miembros flexionados – Verificación de las condiciones de servicio: Deformaciones y vibraciones
Cálculo de las deformaciones instantáneas
El cálculo de las deformaciones instantáneas, ∆i, o sea aquellas que ocurren inmediatamente después de aplicadas las cargas, se debe efectuar por medio de los métodos habituales empleados en la ingeniería estructural. Cuando las exigencias del diseño lo requieran, el Proyectista Estructural puede considerar en el cálculo la influencia del esfuerzo de corte sobre las deformaciones. Este aspecto debe ser considerado especialmente en el diseño de vigas prefabricadas (ver el Capítulo 7).
La norma ASTM D198 (2005) indica un método para relacionar el valor del módulo de elasticidad libre de la influencia del esfuerzo de corte con el que la incluye, el cual es válido para vigas con sección transversal rectangular homogénea. Resultados de ensayos estandarizados con vigas de madera aserrada y laminada encolada de tamaño estructural, con una luz igual a 18 veces su altura, han mostrado que el valor del módulo de elasticidad calculado en flexión pura es aproximadamente un 5 % mayor que el obtenido con un componente de deformación debida al esfuerzo de corte. Los valores del módulo de elasticidad de referencia especificados en el Suplemento 1 y en el Suplemento 2 de este Reglamento para madera aserrada y madera laminada encolada estructural, respectivamente, incluyen el componente de deformación debida al esfuerzo de corte.
Los valores del módulo de elasticidad de referencia, E, indicados en este Reglamento y sus Suplementos, son valores medios. La experiencia indica que el valor medio ajustado, E’, obtenido multiplicando E por todos los factores de ajuste aplicables, es adecuado para calcular las deformaciones instantáneas en estructuras usuales. Si en situaciones de diseño críticas se justifica un control más exhaustivo, el Proyectista Estructural puede decidir emplear el valor de E’0,05, obtenido multiplicando E0,05 por todos los factores de ajuste aplicables. E0,05 corresponde al percentil 5 % del módulo de elasticidad, o sea E0,05 = E (1 – 1,645 COVE), admitiendo un valor igual a 0,20 para el coeficiente de variación del módulo de elasticidad (COVE). En los suplementos de este cuerpo se indican los correspondientes valores de E0,05.
Cálculo de las deformaciones diferidas
Las vigas de madera o productos derivados de la madera tienen la propiedad de incrementar las deformaciones a través del tiempo. La deformación final experimentada luego del transcurso de un determinado tiempo se compone de la deformación instantánea
Reglamento CIRSOC 601
Cap. 3 - 21
y de la deformación diferida. Esta última depende de la duración de la carga y del contenido de humedad de la viga. Adquiere importancia cuando las cargas son permanentes, o de larga duración (ver la Tabla 4.3-2.) como las cargas normales (10 años), y se incrementa considerablemente en las vigas cargadas en estado verde que secan bajo carga y en las que experimentan variaciones en el contenido de humedad bajo carga durante su vida útil.
La deformación final, ∆f, debe ser controlada cuando las cargas permanentes y las de larga duración, tales como las sobrecargas de uso, representan un porcentaje relativamente alto del total de las cargas de diseño.
Si bien las sobrecargas de uso son generalmente consideradas como cargas de larga duración, el Proyectista Estructural puede evaluarlas particularmente en cada caso cuando aplique la expresión 3.2.3-1. Un análisis detallado de las sobrecargas de uso puede proporcionar información que permita diferenciar aquellas que se corresponden con una duración acumulada de 10 años durante la vida útil de la estructura (ver la Tabla 4.3-2), como generalmente sucede con las cargas almacenadas en depósitos, de aquellas que tienen una duración acumulada mucho menor a la antes señalada y consecuentemente pueden ser tratadas como cargas de corta duración. Las sobrecargas por mantenimiento en cubiertas, así como un porcentaje de la sobrecarga de uso debido a la ocupación en locales de viviendas, a modo de ejemplo, constituyen casos en los cuales la duración acumulada suele ser inferior a 10 años durante la vida útil de la estructura.
Para la determinación de las deformaciones diferidas se debe aplicar la siguiente expresión:
∆f = Kcr ∆i(LD) + ∆i(CD)
(3.2.3-1)
siendo:
Kcr el factor de deformación dependiente del tiempo, cuyo valor es: 1,5 para vigas de madera aserrada, laminada encolada, vigas prefabricadas y madera compuesta estructural, cargadas en estado seco y cuya condición de servicio corresponda al estado seco, tal como se define en los capítulos correspondientes. 2,0 para vigas de madera aserrada o madera laminada encolada estructural cargadas en estado seco y cuya condición de servicio en obra se corresponda al estado húmedo, tal como se define en los Capítulos 4 y 5. 2,0 para paneles estructurales utilizados en una condición de servicio correspondiente al estado seco, tal como se define en el capítulo correspondiente. 3,0 para vigas de madera aserrada o de sección transversal circular, cargadas en estado verde y que secan bajo carga.
Nota: Si el fabricante de vigas prefabricadas de madera compuesta y de tableros provee valores de Kcr superiores a los indicados, se deberán considerar los provistos por el fabricante. A su vez, en caso de que el fabricante autorice el empleo de estos materiales en una condición de servicio que determine en ellos un contenido de humedad igual o superior al 16 %, el Proyectista Estructural deberá solicitar al fabricante la provisión de los valores que correspondan para Kcr.
Reglamento Argentino de Estructuras de Madera
Cap. 3 - 22
∆f la deformación final. ∆i(LD) la deformación instantánea producida por las cargas permanentes y de larga
duración.
∆i(CD) la deformación instantánea producida por las cargas de corta duración.
Control de deformaciones
La deformación máxima admisible de una viga se debe establecer de acuerdo con el tipo de estructura y los requerimientos del Proyecto. Se deben tener en cuenta las posibilidades de ocasionar daños a los recubrimientos así como de afectar el confort y la estética. Una manera práctica de establecer un límite para las deformaciones es expresarlo en función de la longitud de la viga. La experiencia indica que cuando la flecha máxima alcanza 1/300 de la longitud de una viga apoyada o 1/150 de la luz de un voladizo, la misma se hace visible y para valores mayores a ella se pueden comenzar a producir daños en determinados tipos de recubrimientos. Valores superiores a 1/200 de la longitud de una viga apoyada normalmente vienen acompañados de inconvenientes de funcionamiento. En ausencia de requisitos especiales se recomiendan los valores admisibles expresados en la Tabla 3.2.3-1., los cuales se presentan a título informativo y pueden ser modificados por el Proyectista Estructural conforme a los requerimientos de la obra.
Contraflechas
En el cálculo de la deformación final neta originada por la totalidad de las cargas, con el fin de compararla con el valor recomendado en la tercera columna de la Tabla 3.2.3-1., se deberá deducir la contraflecha, en el caso de que exista. Ésta no será tenida en cuenta en el cálculo de la deformación instantánea originada por las cargas variables.
Tabla 3.2.3-1 Deformaciones admisibles recomendadas para las vigas
Destino de la construcción
Deformación instantánea originada
por las cargas variables
Deformación final neta originada por la totalidad de las cargas
Viviendas y oficinas
∆i(V) ≤ l / 360 (voladizos l / 180) ∆fnet(TC) ≤ l / 300 (voladizos l / 150)
Comercio,
recreación e institucional
∆i(V) ≤ l / 360 (voladizos l / 180) ∆fnet(TC) ≤ l / 240 (voladizos l / 120)
Construcciones
industriales o
rurales
-
∆fnet(TC) ≤ l / 200 (voladizos l / 100)
con bajo factor
de ocupación
siendo:
l
la luz de cálculo de la viga;
∆i(V) la deformación instantánea producida por las cargas variables; ∆fnet(TC) la deformación final neta producida por la totalidad de las cargas.
Reglamento CIRSOC 601
Cap. 3 - 23
Control de las vibraciones
Adicionalmente al control de las deformaciones, se debe asegurar que las acciones dinámicas no provoquen vibraciones que puedan perjudicar la funcionalidad de la estructura y el confort de los usuarios. La limitación de las deformaciones no garantiza la eliminación de vibraciones perjudiciales, ya que en este último caso adquieren importancia variables tales como la distribución de las masas y el amortiguamiento. Uno de los problemas típicos asociados a esta temática es el constituido por las vibraciones inducidas por el tránsito humano en los entrepisos y, en contraste con las estructuras de hormigón armado, en las construcciones de madera adquiere importancia la presencia de la sobrecarga y su distribución, ya que en muchas ocasiones representa un porcentaje importante de la masa del sistema vibrante.
Resultados de investigaciones sugieren que un método simple para minimizar las vibraciones originadas por el tránsito humano es controlar la rigidez del entrepiso a través de asegurar un valor mínimo de su frecuencia natural de vibración (f0) y limitar su deformación instantánea bajo la acción de una carga concentrada igual a 1 kN. Considerando que la percepción de este tipo de vibraciones por parte de las personas disminuye sensiblemente cuando f0 supera 8 Hz y muy sensiblemente cuando supera 12 Hz, en ausencia de requisitos especiales, y de no emplearse métodos más precisos de cálculo, para entrepisos simplemente apoyados se recomienda que la frecuencia natural de vibración sea superior a 8 Hz (ciclos / segundo), la que se puede calcular con la siguiente expresión:
f0
22
E' I mua
8Hz
(3.2.3-2)
siendo:
l
la luz de cálculo (en m).
E’ el módulo de elasticidad ajustado (en N / m2).
I
el momento de inercia de la sección transversal de los miembros resistentes
existentes en una franja de entrepiso con ancho igual a 1 m (m4 / m = m3).
mua la masa del entrepiso por unidad de área (kg / m2 = Ns2 / m3).
A su vez, la deformación instantánea producida por una carga concentrada de 1 kN ubicada en el centro del vano, ∆i(1kN), no debería exceder los límites indicados en la expresión 3.2.3-3:
∆i(1kN) ≤ 7,5 / l 1,2 mm ≤ 1,5 mm
(3.2.3-3)
siendo: l
la luz de cálculo expresada en metros.
Reglamento Argentino de Estructuras de Madera
Cap. 3 - 24
3.3. MIEMBROS COMPRIMIDOS – ASPECTOS GENERALES
Las especificaciones que se indican en este artículo son válidas para cualquier tipo de miembro estructural comprimido, ya sea actuando en forma aislada como soporte o columna, como barra perteneciente a un reticulado, o formando parte de un sistema estructural. En particular, se especifican métodos de diseño para los siguientes tipos de miembros comprimidos:
Miembros simples: Constituidos por una única pieza de madera aserrada o de madera laminada encolada.
Miembros compuestos unidos mecánicamente en forma directa: Constituidos por dos o más tablas de igual ancho, con sus caras en contacto y unidas por medio de clavos o bulones.
Miembros compuestos unidos con la interposición de separadores o con presillas laterales: Constituidos por dos o más piezas individuales, con sus ejes longitudinales paralelos, separadas en los extremos y en puntos intermedios a través de piezas de madera ubicadas entre las piezas longitudinales o vinculadas a través de presillas laterales.
Miembros compuestos unidos en celosía: Constituidos por dos o más piezas individuales, con sus ejes longitudinales paralelos, vinculadas a través de celosías o triangulaciones laterales.
Compresión paralela a las fibras
La tensión originada por el esfuerzo de compresión paralelo a la dirección de las fibras, fc, no debe exceder en ningún caso la tensión de diseño en compresión paralela a las fibras ajustada, F’c.
El cálculo de fc debe ser efectuado considerando el área neta de la sección (ver el artículo 3.1.) cuando la sección debilitada se ubique en la zona de la barra que resulta crítica para el pandeo.
Cuando la reducción se ubique en una zona de la barra que no resulte crítica para el pandeo, el cálculo de fc deberá ser efectuado considerando el área bruta de la sección. En este caso, la verificación de la sección transversal debilitada se debe realizar en base a la sección neta pero sin considerar el efecto de pandeo, es decir que fc no debe superar el valor de Fc multiplicado por todos los factores de ajuste aplicables excepto CP.
El factor de estabilidad lateral del miembro comprimido (CP), cuyo cálculo se indica en los artículos siguientes, incluye la consideración de la falta de homogeneidad y de las imperfecciones geométricas consideradas normales para el material. En caso de que el eje
longitudinal del miembro estructural presente una desviación superior a l / 300 (siendo l su longitud) si es de madera aserrada o a l / 500 si es de madera laminada encolada, o la
carga es aplicada con una excentricidad mayor a estos valores, la excentricidad inicial se deberá tener en cuenta en el diseño (ver el artículo 3.5.3.).
3.3.1. Miembros simples
El control de la estabilidad de un miembro simple, con el fin de evitar su pandeo lateral, se
Reglamento CIRSOC 601
Cap. 3 - 25
debe efectuar multiplicando la tensión de diseño de referencia, Fc, por el factor de estabilidad lateral del miembro comprimido, CP, cuyo valor es igual o menor que 1,0.
Cuando se disponga un arriostramiento continuo que impida el desplazamiento lateral del miembro simple en todas direcciones, el factor de estabilidad lateral será CP = 1,0.
Factor de estabilidad lateral del miembro comprimido (CP)
CP
1
FcE / Fc* 2c
1
FcE / Fc* 2c
2
FcE / c
Fc*
(3.3.1-1)
siendo: Fc*
la tensión de diseño en compresión paralela a las fibras de referencia multiplicada por todos los factores de ajuste aplicables, excepto CP.
FcE
0,822E' mín
e d
2
E’mín el módulo de elasticidad para el cálculo de la estabilidad, ajustado (ver el
artículo 3.2.1.).
c
el coeficiente igual a 0,8 para miembros de madera aserrada, 0,85 para
miembros estructurales de sección circular y 0,9 para madera laminada
encolada estructural.
le
la longitud efectiva de pandeo.
d
el ancho de la sección transversal en la dirección perpendicular al eje
baricéntrico respecto del cual se produce el pandeo (es usual que sea
designado como “t” cuando corresponde a la menor dimensión de un
miembro estructural que presenta una diferencia importante entre las dos
dimensiones de su sección transversal, como es el caso de las tablas).
La longitud efectiva de pandeo, le , de un miembro simple, se debe determinar de acuerdo
con los principios de la ingeniería estructural. Si no se emplean métodos más precisos, y si se conocen las condiciones de vinculación de los extremos del miembro, se puede adoptar le = Ke l , siendo l la longitud real del miembro y Ke el factor de longitud efectiva, cuyo
valor se indica en la Tabla 3.3.1-1. para distintos casos de vinculación.
En miembros simples de sección transversal rectangular, la esbeltez, expresada como le /d, debe tomarse como la mayor relación entre le 1 / d1 y le 2 / d2 (ver la Figura 3.3.1-1) y
su valor no debe exceder el límite de 50, aunque, excepcionalmente y durante la construcción, este límite puede considerarse igual a 75.
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Cap. 3 - 26
Tabla 3.3.1-1. Factor de longitud efectiva (Ke)
le 2 le 1
Figura 3.3.1-1. Miembro simple comprimido.
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Cap. 3 - 27
Miembros con sección transversal variable
Para el diseño de miembros simples con sección transversal rectangular, con rebajes en pendiente para uno o ambos extremos, el valor representativo de la dimensión transversal, d, debe ser obtenido con la expresión siguiente:
siendo:
d dmín dmáx dmín
a
0 ,15 1
d mín dmáx
(3.3.1-2)
dmín el mínimo valor de d.
dmáx el máximo valor de d.
a
coeficiente cuyo valor es:
0,70 cuando el extremo sin rebajar se encuentra empotrado y el extremo rebajado está libre o articulado. 0,30 cuando el extremo sin rebajar se encuentra libre o articulado y el extremo rebajado está empotrado. 0,50 cuando ambos extremos son articulados y uno de ellos está rebajado. 0,70 cuando ambos extremos son articulados y están rebajados.
Para cualquier otra condición de vinculación diferente de las indicadas anteriormente, el valor representativo de la dimensión transversal, d, debe ser calculado con la expresión 3.3.1-3.
d dmín
dmáx dmín
1 3
(3.3.1-3)
Miembros con sección transversal circular
El diseño de miembros comprimidos con sección transversal circular se debe efectuar considerando uno equivalente de sección transversal cuadrada con igual área. En el caso que el miembro de sección circular tuviese rebajes en pendiente, esta condición debe ser tenida en cuenta en el miembro equivalente.
3.3.2. Miembros compuestos unidos mecánicamente en forma directa
Las siguientes disposiciones son aplicables a miembros compuestos construidos con una cantidad comprendida entre 2 y 5 láminas unidas entre sí en forma directa por clavos o bulones (ver la Figura 3.3.2-1.) y en los cuales se cumplen las siguientes condiciones:
a) todas las láminas tienen una sección transversal rectangular con un espesor nominal mínimo (tmín) igual a 25,4 mm.
b) todas las láminas tienen el mismo ancho (d1). c) las superficies (caras) de las láminas adyacentes están en contacto. d) todas las láminas están constituidas por una única pieza de longitud igual a la del
miembro compuesto.
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Cap. 3 - 28
e) se cumplen los requerimientos establecidos en este artículo para las uniones clavadas y abulonadas.
f) la carga aplicada es un esfuerzo de compresión, P, situado en el centro de gravedad de la sección transversal del miembro compuesto. No obstante, queda bajo la responsabilidad del Proyectista Estructural aceptar la existencia simultánea de un momento flector actuando en dirección paralela a las caras de las láminas de ancho d1.
Factor de estabilidad lateral del miembro comprimido (CP)
La longitud efectiva de pandeo, le , de un miembro compuesto unido en forma directa, se debe determinar de acuerdo con los principios de la ingeniería estructural. Si no se emplean métodos más precisos puede tomarse le = Ke l , siendo l la longitud real del miembro y Ke el factor de longitud efectiva, cuyo valor se indica en la Tabla 3.3.1-1. para distintos casos de vinculación. Las relaciones le1 / d1 y le2 / d2 (Figura 3.3.2-1) deben ser determinadas considerando el correspondiente factor Ke , y con cada una de esas relaciones se debe calcular el valor de CP aplicando la expresión 3.3.2-1. El menor valor de los obtenidos para CP debe ser utilizado para calcular la tensión de diseño en compresión paralela a las fibras ajustada, F’c, del miembro estructural compuesto. Las relaciones le1 / d1 y le2 / d2 del miembro estructural compuesto no deben exceder el valor de 50, aunque, excepcionalmente y durante la construcción, este límite se puede considerar igual a 75.
le1
le2
Figura 3.3.2-1. Miembro compuesto unido mecánicamente en forma directa.
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Cap. 3 - 29
El valor de CP se debe determinar con la siguiente expresión:
CP
Kf
1
FcE / Fc* 2c
1
FcE / Fc* 2c
2
FcE
/ c
Fc*
(3.3.2-1)
siendo:
Fc* la tensión de diseño en compresión paralela a las fibras de referencia multiplicada por todos los factores de ajuste aplicables, excepto CP .
FcE
0,822E' mín
e d
2
E’min el módulo de elasticidad para el cálculo de la estabilidad, ajustado (ver
artículo 3.2.1).
c
el coeficiente igual a 0,8 para miembros de madera aserrada y 0,9 para
madera laminada encolada estructural.
le
la longitud efectiva de pandeo.
Kf el coeficiente cuyo valor es:
1 cuando se utilice la relación le1 / d1 para calcular FcE, es decir cuando el pandeo se produce respecto del eje que pasa por el baricentro de la sección transversal intersecando todas las láminas y es paralelo al lado d2 del miembro compuesto.
0,75 cuando se utilice la relación le2 / d2 para calcular FcE, es decir cuando el pandeo se produce respecto del eje que pasa por el baricentro de la sección transversal y es paralelo al lado d1. Las láminas se unen con bulones cumpliendo los requerimientos detallados en este artículo.
0,60 cuando se utiliza la relación le2 / d2 para calcular FcE, es decir cuando el pandeo se produce respecto del eje que pasa por el baricentro de la sección transversal y es paralelo al lado d1. Las láminas se unen con clavos cumpliendo los requerimientos detallados en este artículo.
Cuando un miembro compuesto, unido en forma directa, no cumpla los requerimientos constructivos y resistentes establecidos a continuación para las uniones, su resistencia se deberá considerar conformada por la suma de las resistencias individuales de las láminas que lo componen, calculadas de acuerdo con el artículo 3.3.1.
En este caso, si las láminas no poseen iguales propiedades físico-mecánicas o el mismo espesor, la resistencia del miembro compuesto se debe obtener considerando que todas las láminas poseen la resistencia obtenida para la más débil.
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Cap. 3 - 30
Requerimientos constructivos que deben cumplir las uniones clavadas
a) los clavos que conforman una fila longitudinal deben ser clavados alternativamente desde caras opuestas del miembro comprimido.
b) todos los clavos unen la totalidad de las láminas que conforman el miembro y penetran al menos el 75 % del espesor de la última lámina.
c) los clavos ubicados en la posición más cercana a los extremos del miembro (ver la Figura 3.3.2-1.) están localizados a una distancia comprendida entre 15 D y 18 D de los mismos, siendo D el diámetro del clavo.
d) la distancia entre dos clavos consecutivos pertenecientes a una fila está comprendida entre 20 D y 6 veces el menor espesor de las láminas que componen el miembro estructural (tmín).
e) la distancia entre filas de clavos está comprendida entre 10 D y 20 D. f) los clavos ubicados en la posición más cercana al borde del miembro estructural están
localizados a una distancia comprendida entre 5 D y 20 D. g) cuando el ancho de las láminas (d) sea mayor que 3 veces el menor espesor de las
mismas (tmín) se dispondrán al menos 2 filas de clavos
Cuando solamente se requiera una fila de clavos, estos deberán colocarse en tresbolillo. Cuando se requieran 3 o más filas de clavos, estas deberán disponerse de tal forma que los clavos de filas adyacentes se ubiquen en tresbolillo.
Requerimientos constructivos que deben cumplir las uniones abulonadas
a) el diámetro del orificio se debe realizar con la menor holgura posible respecto del diámetro del bulón. Se dispondrá una arandela con diámetro exterior igual a 3 D y espesor igual a 0,3 D entre la madera y la cabeza del bulón, así como entre la madera y la tuerca, siendo D el diámetro del bulón.
b) las tuercas se encontrarán ajustadas de tal manera que se asegure un firme contacto entre las caras de láminas adyacentes. Este ajuste se debe revisar periódicamente, de manera de asegurar el firme contacto cuando se logre la humedad de equilibrio higroscópico de la madera.
c) los bulones ubicados en la posición más cercana a los extremos del miembro (ver la Figura 3.3.2-1.) deben estar localizados a una distancia comprendida entre 7 D y 9 D de los mismos cuando se utilice madera de coníferas y entre 5 D y 6 D cuando se utilice madera de latifoliadas.
d) la distancia entre dos bulones consecutivos pertenecientes a una fila deberá estar comprendida entre 4 D y 6 veces el menor espesor de las láminas que componen el miembro estructural (tmín).
e) la distancia entre filas de bulones está comprendida entre 4 D y 10 D. f) los bulones ubicados en la posición más cercana al borde del miembro estructural
deberán estar localizados a una distancia comprendida entre 3 D y 10 D. g) cuando el ancho de las láminas (d) sea mayor que 3 veces el menor espesor de las
mismas (t mín) se dispondrán al menos 2 filas de bulones.
Requerimientos resistentes que deben cumplir las uniones clavadas y
abulonadas
El esfuerzo que solicita a las uniones, originado por la existencia del esfuerzo de corte efectivo, Vi,ef, se debe calcular de acuerdo con los principios de la ingeniería estructural. El esfuerzo que solicita a las uniones no debe superar el valor de la resistencia lateral de diseño ajustada obtenida para las mismas, calculado de acuerdo con las prescripciones
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Cap. 3 - 31
del Capítulo 8 del presente Reglamento.
El valor del esfuerzo de corte efectivo, Vi,ef, que actúa cuando el pandeo se produce respecto del eje que pasa por el baricentro de la sección transversal del miembro compuesto y es paralelo al lado d1 del mismo, se debe obtener a partir del esfuerzo de compresión actuante, P, con la siguiente expresión:
Vi ,ef
P 60CP
(3.3.2-2)
siendo:
CP el factor de estabilidad lateral del miembro comprimido determinado con la expresión 3.3.2-1 utilizando la relación le2 / d2 para calcular FcE.
3.3.3 Miembros compuestos unidos con la interposición de separadores o con presillas laterales
Las siguientes disposiciones son aplicables a miembros compuestos construidos con 2 componentes longitudinales, denominados cordones, unidos entre sí con la interposición de separadores de madera o a través de presillas laterales (Figura 3.3.3-1).
lseparadores
l
l
lint
lpresilla lint
Figura 3.3.3-1. Miembros compuestos unidos por separadores o presillas laterales.
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Cap. 3 - 32
En este tipo de miembros compuestos se deben cumplir las siguientes condiciones:
a) los miembros compuestos son articulados en ambos extremos. b) cada cordón es de una sola pieza con la longitud total del miembro compuesto. c) la sección transversal tiene dos ejes de simetría. d) los cordones se encuentran vinculados al menos en los extremos y en los puntos
intermedios ubicados en los tercios de su longitud (ver la Figura 3.3.3-1). La esbeltez individual de cada cordón, λcor = 3,46 lint / t, no debe superar el valor de 60. e) la distancia libre entre los cordones (a) no es superior a 3 veces el espesor (t) de los mismos en miembros compuestos unidos con separadores, y a 6 veces el espesor (t) en miembros unidos con presillas laterales. f) la dimensión de los separadores en el sentido longitudinal del miembro compuesto (lsep) es mayor o igual que 1,5 veces la distancia libre (a) entre los cordones. g) la dimensión de las presillas en el sentido longitudinal del miembro compuesto (lpr) es mayor o igual que 2 veces la distancia libre (a) entre los cordones. h) las uniones, los separadores y las presillas están diseñados de acuerdo con las disposiciones de este artículo. i) si las uniones se realizan con elementos de fijación de tipo clavija (ver el Capítulo 8), en cada sección de corte se deben colocar al menos 4 elementos de fijación. j) la carga aplicada es un esfuerzo de compresión, P, situado en el centro de gravedad del miembro compuesto.
Factor de estabilidad lateral del miembro comprimido (CP)
La longitud efectiva de pandeo, le, de un miembro compuesto unido con la interposición de separadores o con presillas laterales es igual a su longitud, l , pues sus extremos deben estar articulados.
El factor CP debe ser determinado respecto del eje que corta los cordones, m-m, y del eje normal al anterior, i-i (ver la Figura 3.3.3-1), y el menor valor de los obtenidos debe ser utilizado para calcular la tensión de diseño en compresión, paralela a las fibras, ajustada, F’c, del miembro estructural. La capacidad del miembro estructural compuesto para tomar esfuerzo de compresión se obtiene multiplicando el valor de F’c por el área total de la sección transversal, Atot = 2A.
El cálculo del factor CP para el pandeo respecto del eje m-m se debe realizar con la expresión 3.3.2-1 del artículo 3.3.2, utilizando la relación l / d para determinar FcE y haciendo Kf = 1.
El cálculo del factor CP para el pandeo respecto del eje i-i se debe realizar con la expresión 3.3.3-1 indicada a continuación.
CP
1
FcE / Fc* 2c
1
FcE / Fc* 2c
2
FcE / c
Fc*
(3.3.3-1)
siendo: Fc* la tensión de diseño en compresión paralela a las fibras de referencia multiplicada por todos los factores de ajuste aplicables, excepto CP .
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Cap. 3 - 33
c el coeficiente igual a 0,8 para miembros de madera aserrada y 0,9 para madera laminada encolada estructural.
FcE
9,86E' mín i ,ef 2
E’mín el módulo de elasticidad para el cálculo de la estabilidad, ajustado.
i ,ef 2i 2cor la esbeltez mecánica efectiva del miembro compuesto respecto
del eje i-i, la cual considera la pérdida de capacidad portante del miembro compuesto en relación a uno macizo con sección transversal de igual área y momento de inercia. En esta expresión, para cor se considerará en todos los casos un valor mínimo igual a 30.
i
ltot / Atot
la esbeltez mecánica del miembro compuesto respecto del eje i-i,
sin considerar la influencia de la distancia entre los cordones y de las
uniones sobre la capacidad portante del miembro compuesto.
Itot = d [(2t + a)3 - a3] / 12 el momento de inercia de la sección transversal total del miembro compuesto respecto del eje i-i .
Atot = 2A el área total de la sección transversal del miembro compuesto.
cor
3 ,46
int t
60
compuesto.
la esbeltez mecánica de los cordones del miembro
el coeficiente cuyo valor se debe tomar de la Tabla 3.3.3-1.
Tabla 3.3.3-1 Valores del coeficiente
Dispositivo de vinculación separadores
presillas laterales
Medio de unión
adhesivo estructural clavos, tirafondos, bulones o barras
roscadas(1) adhesivo estructural
clavos, tirafondos
Coeficiente 1
4
3 6
(1) el diámetro del orificio se debe realizar con la menor holgura posible respecto del diámetro nominal del medio de unión (D). Se debe disponer una arandela con diámetro exterior igual a 3 D y espesor igual a 0,3 D entre la madera y la cabeza del bulón, así como entre la madera y la tuerca. El ajuste de las tuercas se debe revisar periódicamente, de manera de asegurar el firme contacto cuando se logre la humedad de equilibrio higroscópico de la madera.
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Cap. 3 - 34
La relación l / d del miembro estructural compuesto, que tiene influencia sobre el pandeo respecto del eje m-m, no debe exceder el valor de 50. La esbeltez mecánica efectiva respecto del eje i-i del miembro estructural, i,ef, no debe exceder el valor de 175.
Diseño de los separadores, las presillas laterales y las uniones
El esfuerzo Vint (ver la Figura 3.3.3-2), con el que se debe dimensionar cada separador o cada par de presillas laterales, según corresponda, y sus uniones, se debe determinar a partir del esfuerzo de corte efectivo, Vi,ef. Éste actúa cuando se produce el pandeo respecto del eje i-i, y es función del esfuerzo de compresión actuante, P, y del factor de estabilidad lateral del miembro comprimido, CP, para el pandeo respecto del eje i-i. Las expresiones se indican a continuación:
0,5 intl
0,5 intl
Figura 3.3.3-2. Diseño de separadores, presillas laterales y uniones.
Vint
Vi ,ef int at
(3.3.3-2)
Vi ,ef
P 120CP
para i,ef ≤ 30
(3.3.3-3)
Vi ,ef
Pi ,ef 3600CP
para 30 < i,ef ≤ 60
(3.3.3-4)
Vi ,ef
P 60CP
para 60 < i,ef
(3.3.3-5)
siendo:
CP el factor de estabilidad lateral del miembro comprimido para el pandeo respecto del eje i-i .
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Cap. 3 - 35
3.3.4. Miembros compuestos unidos en celosía
Las siguientes disposiciones son aplicables a miembros compuestos construidos con 2 componentes longitudinales, denominados cordones, unidos entre sí con alguno de los dos tipos de celosía indicados en la Figura 3.3.4-1., y en los cuales se cumplen las siguientes condiciones:
l lint
lint l
Figura 3.3.4-1. Miembros compuestos unidos en celosía.
a) los miembros compuestos están articulados en ambos extremos, los cuales están impedidos de desplazarse.
b) cada cordón es de una sola pieza con la longitud total del miembro compuesto.
c) la sección transversal tiene dos ejes de simetría. Las celosías pueden estar
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Cap. 3 - 36
desfasadas entre si una distancia igual a lint / 2.
d) los cordones se encuentran vinculados entre sí al menos en los extremos (ver la Figura 3.3.4-1.) y en los puntos intermedios ubicados en los tercios de su longitud. La esbeltez individual de cada cordón, cor = 3,46 lint / t, no supera el valor de 60.
e) las uniones, encoladas con adhesivo estructural, o realizadas con clavos o tirafondos, así como las barras de la celosía, están diseñadas conforme a las disposiciones de este artículo. El número mínimo de clavos o tirafondos en las uniones realizadas entre una diagonal y un cordón será de 4 por cada sección de corte. En cada unión realizada entre un montante y un cordón se deberá disponer al menos la cantidad de clavos o tirafondos colocados en la diagonal multiplicada por el seno del ángulo θ, que mide la inclinación de la diagonal respecto del eje longitudinal del miembro comprimido y debe ser mayor o igual que 30º (Figura 3.3.4-.1).
f) la carga aplicada es un esfuerzo de compresión, P, situado en el centro de gravedad del miembro compuesto.
Factor de estabilidad lateral del miembro comprimido (CP)
La longitud efectiva de pandeo, le, de un miembro compuesto unido en celosía es igual a su longitud, l, pues sus extremos deben estar articulados.
El factor CP debe ser determinado respecto del eje que corta los cordones, m-m, y del eje normal al anterior, i-i (Figura 3.3.4-1), y el menor valor de los obtenidos debe ser utilizado para calcular la tensión de diseño en compresión paralela a las fibras ajustada, F’c, del miembro estructural. La capacidad del miembro estructural compuesto para tomar esfuerzo de compresión se obtiene multiplicando el valor de F’c por el área total de la sección transversal del miembro compuesto, Atot = 2A.
El cálculo del factor CP para el pandeo respecto del eje m-m se debe realizar con la
expresión 3.3.2-1. del artículo 3.3.2., utilizando la relación l / d para determinar FcE y
haciendo Kf = 1.
El cálculo del factor CP para el pandeo respecto del eje i-i se debe realizar con la expresión 3.3.4-1. indicada a continuación.
CP
1
FcE / Fc* 2c
1
FcE / Fc* 2c
2
FcE
/ c
Fc*
(3.3.4-1)
siendo: Fc*
c
la tensión de diseño en compresión paralela a las fibras de referencia multiplicada por todos los factores de ajuste aplicables, excepto CP .
el coeficiente igual a 0,8 para miembros de madera aserrada y 0,9 para madera laminada encolada estructural.
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Cap. 3 - 37
FcE
9,86E' mín i ,ef 2
E’mín el módulo de elasticidad para el cálculo de la estabilidad, ajustado.
i,ef i 1 1,05i la esbeltez mecánica efectiva del miembro compuesto
respecto del eje i-i, la cual considera la pérdida de capacidad portante del miembro compuesto en relación a uno macizo con sección transversal de igual área y momento de inercia.
i
Itot
la esbeltez mecánica del miembro compuesto respecto del eje i-i, sin
Atot
considerar la influencia de la distancia entre los cordones y de las uniones
sobre la capacidad portante del miembro compuesto. Para relaciones h / t
elevadas (ver la Figura 3.3.4-1.), puede tomarse i 2l / h
Itot = d [(2t + a)3 - a3] / 12 el momento de inercia de la sección transversal total del
miembro compuesto respecto del eje i-i .
Atot = 2A el área total de la sección transversal del miembro compuesto.
el coeficiente cuyo valor se debe tomar de la Tabla 3.3.4-1.
Tabla 3.3.4-1 Valores del coeficiente
Tipo de celosía
Medio de unión
Coeficiente
diagonales
adhesivo estructural clavos, tirafondos
4
e2A I
h
2
25
hE' A
2n0 ,67 sen 2
diagonales y montantes
adhesivo estructural clavos, tirafondos
e2A I
h
2
50
hE' A
2n0 ,67 sen 2
siendo: e
A h I
E n
θ
la excentricidad de las uniones que vinculan en un nudo las barras de la celosía al cordón (Figura 3.3.4-1); el área de la sección transversal de un cordón; la distancia entre los baricentros de los cordones; el momento de inercia de la sección transversal de un cordón respecto de su eje baricéntrico paralelo al eje i-i; el módulo de elasticidad (valor medio) de la madera; el número de clavos que vincula cada diagonal con el cordón;
el módulo de deslizamiento instantáneo calculado con la Exp. 8.2.5-4 u 8.2.5-5 según corresponda; el ángulo de inclinación de la diagonal respecto del eje longitudinal del miembro comprimido.
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Cap. 3 - 38
La relación l / d del miembro estructural compuesto, que tiene influencia sobre el pandeo
respecto del eje m-m, no debe exceder el valor de 50. La esbeltez mecánica efectiva respecto del eje i-i del miembro estructural, i,ef, no debe exceder el valor de 175.
Diseño de las barras de la celosía y las uniones
Las barras de la celosía y las uniones se deben dimensionar para equilibrar el esfuerzo de corte efectivo, Vi,ef, que se debe considerar cuando se produce el pandeo respecto del eje i-i. Éste se debe obtener a partir del esfuerzo de compresión actuante sobre el miembro compuesto, P, con las siguientes expresiones:
Vi ,ef
P 120CP
para i,ef ≤ 30
(3.3.4-2)
Vi ,ef
Pi ,ef 3600CP
para 30 < i,ef ≤ 60
(3.3.4-3)
Vi ,ef
P 60CP
para 60 < i,ef
(3.3.4-4)
siendo:
CP el factor de estabilidad lateral del miembro compuesto para el pandeo respecto del eje i-i.
3.4. MIEMBROS TRACCIONADOS
3.4.1. Tracción paralela a las fibras
La tensión originada por el esfuerzo de tracción paralelo a la dirección de las fibras, ft, nunca debe exceder la tensión de diseño en tracción paralela a las fibras ajustada, F’t.
El cálculo de ft debe ser efectuado considerando el área neta de la sección (ver el artículo 3.1.). En la zona de las uniones, la capacidad de transmisión de esfuerzo puede estar definida por la sección neta del miembro traccionado más que por la unión propiamente dicha.
3.4.2. Tracción perpendicular a las fibras
Siempre que sea posible se debe evitar la introducción de tensiones perpendiculares a la dirección de la fibra en miembros estructurales. Cuando no resulta posible evitar tales tensiones, se debe considerar la adopción de refuerzos especiales para absorber las mismas.
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Cap. 3 - 39
3.5. MIEMBROS SOMETIDOS A FLEXIÓN Y ESFUERZO NORMAL
Las prescripciones del presente artículo son válidas para miembros estructurales con sección transversal rectangular.
3.5.1. Flexión y tracción longitudinal
Los miembros estructurales sometidos a una combinación de esfuerzos de flexión originados por cargas transversales y tracción paralela a la dirección de las fibras deben ser dimensionados de manera tal que se cumplan las expresiones siguientes:
ft F't
fb F *b
1
(3.5.1-1)
siendo:
fb ft F' b
1
(3.5.1-2)
F*b la tensión de diseño en flexión de referencia multiplicada por todos los factores aplicables, excepto CL
3.5.2. Flexión y compresión longitudinal
Los miembros estructurales sometidos a una combinación de esfuerzos de flexión originados por cargas transversales y compresión paralela a la dirección de las fibras deben ser dimensionados de manera de que se cumplan las siguientes expresiones:
fc F' c
2
F' b1
fb1 1 fc
/
FcE1
F'b2 1
fb2 fc / FcE 2
fb1 / FbE 2
1
(3.5.2-1)
siendo:
fc
FcE1
0 ,822 E' mín e1 / d1 2
para flexión respecto del eje de mayor momento de inercia o
flexión biaxial.
fc
FcE 2
0 ,822E'mín e2 / d2 2
para flexión respecto del eje de menor momento de inercia
o flexión biaxial.
fb1
FbE
1,2 E' mín RB 2
para flexión biaxial, siendo RB
ed b2
fb1 la tensión originada por el momento flector producido por las cargas transversales actuando normalmente al eje de mayor momento de inercia.
fb2 la tensión originada por el momento flector producido por las cargas
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Cap. 3 - 40
transversales actuando normalmente al eje de menor momento de inercia.
d1 el lado mayor de la sección transversal. d2 el lado menor de la sección transversal.
Las longitudes de pandeo, le1 y le2, deben ser determinadas de acuerdo con el artículo 3.3.
F’c, FcE1, y FcE2 deben ser calculadas de acuerdo con los artículos 2.3. y 3.3. F’b1, F’b2, y FbE deben ser calculadas de acuerdo con los artículos 2.3. y 3.2.
3.5.3. Compresión excéntrica aplicada sobre el extremo del miembro estructural
Los miembros estructurales sometidos a la acción de una carga excéntrica aplicada en el extremo de la barra o a una combinación de una carga excéntrica con otras transversales, deben ser dimensionados de manera de que se cumplan las expresiones siguientes:
Para una combinación de una carga excéntrica con cargas transversales:
fc F' c
2
fb1
fc
6e1 / d1 1 F' b1 1 fc
0 ,234 / FcE1
fc
/
FcE1
fb2
fc
6e2
/ d2 F' b2
1 1
0,234 fc fc / FcE 2
/ FcE 2
0 ,234
fb1
fc 6e1 FbE
fb1
fc 6e1 FbE
/
d1
2
/
d1
2
1
Cuando actúa una carga excéntrica y no existen cargas transversales:
(3.5.3-1)
fc F' c
2
fc 6e1 / d1 1 0,234fc / FcE1 F' b1 1 fc / FcE1
fc 6e2
/
d2
1
0 ,234 fc
/
FcE 2
0 ,234
fc 6e1 /
FbE
d
1
2
F' b2
1
fc / FcE2
fc
6e1 / FbE
d1
2
1
(3.5.3-2)
donde los símbolos tienen el mismo significado que en las expresiones del artículo 3.5.2.,
siendo:
e1 la excentricidad de la carga de compresión respecto del baricentro de la sección, medida en forma paralela al lado mayor.
e2 la excentricidad de la carga de compresión respecto del baricentro de la sección, medida en forma paralela al lado menor.
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Cap. 3 - 41
3.5.4. Compresión excéntrica aplicada a través de una ménsula
Las expresiones 3.5.3-1. y 3.5.3-2. están derivadas para los casos en que la carga excéntrica, P, se encuentre aplicada en el extremo del miembro estructural. Para las situaciones de diseño en las cuales la carga es transmitida a través de una ménsula ubicada en el cuarto superior de la longitud de una columna articulada en sus extremos, se puede asumir que la misma es equivalente a la acción simultánea de la misma carga, P, aplicada centradamente, y de una carga lateral, Ps, actuando a la mitad de la altura de la columna con dirección horizontal (ver la Figura 3.5.4-1.), con un valor igual a:
siendo: P Ps a
l lp
Ps
3Pa p 2
(3.5.4-1)
la carga actuando sobre la ménsula.
la carga ficticia horizontal aplicada en la mitad de la altura de la columna.
la distancia horizontal desde la carga actuando sobre la ménsula hasta el centro de la sección transversal de la columna.
la longitud total de la columna.
la distancia, en dirección vertical, desde el punto de aplicación de la carga en la ménsula hasta el extremo inferior de la columna.
P a
P
l
l
Ps
lp
l/2
Figura 3.5.4-1. Compresión excéntrica aplicada a través de una ménsula.
Los miembros estructurales que cumplan con las condiciones expuestas en este artículo se pueden dimensionar de acuerdo con el método descripto en el artículo 3.5.2. Para la aplicación de la expresión 3.5.2-1., con el valor calculado de Ps se determina el momento
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Cap. 3 - 42
flector actuante sobre la columna considerada simplemente apoyada en sus extremos, y luego se calcula la tensión fb originada por el mismo. El valor de fc se obtiene a partir de la carga P actuando sin excentricidad.
3.6. TENSIONES TRANSMITIDAS EN LOS APOYOS
3.6.1. Tensiones de compresión paralelas a la dirección de las fibras
La tensión originada por el esfuerzo de compresión paralelo a la dirección de las fibras, fc, no debe exceder en ningún caso el valor de F*c, que es la tensión de diseño en compresión paralela a las fibras de referencia, multiplicada por todos los factores aplicables, excepto CP.
La tensión fc debe ser calculada considerando el área neta de la sección en cualquier apoyo de miembros comprimidos. Se deben practicar cortes rectos escuadrados en los extremos, de manera de asegurar una correcta transmisión de los esfuerzos, y, cuando sea necesario para asegurar la estabilidad lateral, en esos puntos se deben proveer los soportes transversales adecuados.
Cuando fc > 0,75 F*c, se recomienda la colocación de placas metálicas u otro dispositivo que provea un apoyo durable y que sea capaz de distribuir adecuadamente las tensiones en la zona solicitada.
3.6.2. Tensiones de compresión perpendiculares a la dirección de las fibras
La tensión originada por el esfuerzo de compresión perpendicular a la dirección de las fibras, fc┴, no debe exceder en ningún caso el valor de la tensión de diseño en compresión perpendicular a las fibras, ajustada, F’c┴.
La tensión fc┴ debe ser calculada considerando el área neta de contacto. En el apoyo de vigas sometidas a flexión se puede suponer una distribución constante de tensiones, ignorando el efecto que ejerce sobre las mismas la curvatura originada por la flexión.
3.6.3. Tensiones de compresión inclinadas con respecto a la dirección de las fibras
La tensión de diseño en compresión, inclinada un ángulo θ respecto de la dirección de las fibras, ajustada, debe ser calculada empleando la fórmula de Hankinson como se indica a continuación:
F'
F
*c
F *c F'c sen2 F'c
cos 2
(3.6.3-1)
Esta expresión es válida cuando la superficie cargada sea perpendicular a la dirección de la fuerza (ver la Figura 3.6.3-1).
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Cap. 3 - 43
Figura 3.6.3-1. Carga inclinada con respecto a la dirección de las fibras.
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Cap. 3 - 44
CAPÍTULO 4. DISEÑO DE MIEMBROS ESTRUCTURALES DE MADERA ASERRADA
4.1. ASPECTOS GENERALES
Este Capítulo es aplicable al diseño de estructuras construidas con madera aserrada.
Calidad de la madera aserrada
La utilización de los valores de diseño de referencia, provistos para las distintas clases resistentes correspondientes a las combinaciones especie / procedencia incluidas en el Suplemento 1 y en sus Apéndices, implica que los miembros estructurales reúnen los requisitos de calidad especificados para cada caso.
Las piezas de madera aserrada clasificadas por resistencia de acuerdo con los métodos indicados en el Suplemento 1 y en sus Apéndices, deben ser clasificadas nuevamente si son desdobladas en piezas de menores dimensiones.
Entalladuras
Se permiten entalladuras ejecutadas en los extremos de una viga de madera aserrada, ubicadas sobre el apoyo, siempre que no reduzcan en más de 1/4 la altura de la sección, d (ver la Figura 4.1-1.).
ln
dn
dn
dn
ln
Figura 4.1-1. Limitaciones de las entalladuras en vigas de madera aserrada.
Reglamento CIRSOC 601
Cap. 4 - 45
Se permiten entalladuras ubicadas en los tercios exteriores de una viga simplemente apoyada, tanto en el borde superior como en el inferior, siempre que las mismas no reduzcan más de 1/6 de la altura total de la viga. Estas entalladuras no se permiten sobre el borde traccionado en vigas con un ancho nominal igual o mayor que 100 mm. En los artículos 3.1. y 3.2. se encuentran referencias a la consideración del debilitamiento de las secciones.
4.2. VALORES DE DISEÑO DE REFERENCIA
En el Suplemento 1 de este Reglamento se especifican los valores de diseño de referencia para las tensiones y el módulo de elasticidad correspondiente a madera aserrada, obtenida de determinadas combinaciones especie/procedencia. En el mismo Suplemento se indica el criterio con el cual fueron determinados los valores especificados y el procedimiento a través del cual pueden ser incorporados nuevos valores o modificados los existentes.
4.3. AJUSTE DE LOS VALORES DE DISEÑO DE REFERENCIA
Para obtener los valores de diseño ajustados para las tensiones y el módulo de elasticidad, los valores de diseño de referencia especificados en el Suplemento 1 de este Reglamento deben ser multiplicados por los factores de ajuste que se especifican en la Tabla 4.3-1.
Tabla 4.3-1. Factores de ajuste aplicables para madera aserrada
Tensiones y módulo de elasticidad
Factores de ajuste aplicables
F’b = Fb F’t = Ft F’v = Fv F’c┴ = Fc┴ F’c = Fc E’ = E E’0,05 = E0,05 E’mín = Emín
x CD CM Ct CL CF Cr -
x CD CM Ct - CF -
-
x CD CM Ct - -
-
-
x CD CM Ct - -
-
-
x CD CM Ct - -
- CP
x - CM Ct - - - -
x - CM Ct - - - -
x - CM Ct - - - -
Factor de duración de la carga (CD)
La madera tiene la propiedad de soportar cargas máximas sustancialmente mayores
Reglamento Argentino de Estructuras de Madera
Cap. 4 - 46
cuando éstas actúan durante un tiempo breve que cuando lo hacen durante un tiempo prolongado. Los valores de diseño de referencia para las tensiones, indicados en el Suplemento 1 de este Reglamento, se refieren al material cuando es sometido a una carga que lo solicita al nivel de su tensión de diseño durante un tiempo acumulado de aproximadamente 10 años, o al 90 % de una carga que solicita al material al nivel de su tensión de diseño en forma continua durante toda la vida útil de la estructura, sin que se afecte el coeficiente de seguridad adoptado. De acuerdo con este criterio y a los fines de este Reglamento, esta duración de la carga es considerada normal y, consecuentemente, para esta condición el factor de duración de la carga, CD, será igual a 1.
Los valores de CD por los cuales se deben multiplicar los valores de diseño de referencia para las tensiones (ver la Tabla 4.3-1) con el fin de tener en cuenta el cambio en la resistencia del material en función del tiempo de actuación de la carga, serán los indicados en la Tabla 4.3-2.
Tabla 4.3-2. Factor de duración de la carga (CD)
Duración de la carga
CD
Ejemplo de carga
Permanente 10 años (duración normal) 2 meses 7 días 10 minutos
Instantánea
0,9 1,0 1,15
1,25 1,6 2,0 (3)
Peso propio Sobrecarga de uso (1) Nieve (2) Constructiva Viento, sismo
Carga accidental
(1) Si bien las sobrecargas de uso son generalmente consideradas como cargas de larga duración, el Proyectista Estructural puede evaluarlas particularmente en cada caso para la aplicación de CD. Un análisis detallado puede proporcionar información que permita diferenciar aquellas sobrecargas que se corresponden con una duración acumulada de 10 años durante la vida útil de la estructura, como generalmente sucede con las cargas almacenadas en depósitos o con un porcentaje de la sobrecarga de uso, de aquellas que tienen una duración acumulada mucho menor. Las sobrecargas en cubiertas solo accesibles para mantenimiento, así como un porcentaje de la sobrecarga de uso en locales de viviendas, a modo de ejemplo, constituyen casos en los cuales la duración acumulada suele ser inferior a 10 años durante la vida útil de la estructura. En estos casos, el Proyectista Estructural puede adoptar un valor mayor que 1 para CD, con el fin de evitar un diseño demasiado conservador,
(2) Dependiendo de la zona, (3) Valores de CD mayores que 1,6 no se deben aplicar a uniones (excepto cuando su
capacidad portante sea determinada por partes metálicas u otros materiales), y a miembros estructurales de madera impregnada con preservantes o a tratamientos químicos de protección contra el fuego.
Para una combinación de acciones que incluye cargas de distinta duración actuando simultáneamente, es de aplicación el valor de CD correspondiente a la carga de menor duración. Todas las combinaciones de cargas que actúan deben ser evaluadas con este criterio para determinar la combinación crítica, es decir la que produce las mayores solicitaciones, que es la que se debe utilizar para el diseño de los miembros estructurales y sus uniones.
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Cap. 4 - 47
Los factores de duración de la carga, CD, son independientes de los factores de combinación de las cargas. Como los factores de combinación, que afectan los valores característicos de las cargas variables, consideran la probabilidad de ocurrencia simultánea de las acciones, mientras que CD tiene en cuenta la relación entre la duración de la carga y la resistencia del material, ambos pueden ser utilizados en el diseño estructural.
Factor de condición de servicio (CM)
Todos los valores de diseño de referencia, para las tensiones y el módulo de elasticidad, especificadas en el Suplemento 1 de este Reglamento están referidos a un contenido de humedad en servicio que corresponde a los miembros estructurales ubicados en locales ventilados o espacios semicubiertos (estado seco). En esta condición el contenido de humedad promedio anual es menor que el 16 % y en ningún caso sobrepasa un máximo de 19 %.
Cuando la madera se utilice en estado verde (contenido de humedad igual o superior al de saturación de las fibras) o la condición de servicio determine que el contenido de humedad indicado en el párrafo anterior será superado durante la vida útil de la estructura, como es el caso de miembros estructurales ubicados en locales o espacios húmedos, o en contacto con el suelo, o a la intemperie en regiones húmedas (estado húmedo), los valores de diseño de referencia se deberán multiplicar por el factor de condición de servicio, CM (ver Tabla 4.3-1.). Los valores de CM se indican en la Tabla 4.3-3.
Tabla 4.3-3. Valores de CM
Fb
Ft
Fv
0,85 (1)
1,0
0,97
(1) (2)
Para Para
Fb Fc
≤ ≤
7,9 5,2
N N
/ /
mm2, mm2,
CM CM
= =
1,0 1,0
Fc┴ 0,67
Fc 0,8 (2)
E, E0,05 y Emín 0,9
Factor de temperatura (Ct)
La resistencia y la rigidez de la madera se incrementan cuando su temperatura, T, desciende y viceversa. Este efecto es inmediato y su magnitud depende del contenido de humedad del material; pero cuando el tiempo de exposición es reducido y la temperatura no alcanza 65 ºC, el efecto se puede considerar reversible. Por otra parte, la disminución en el contenido de humedad, que normalmente acompaña al calentamiento, compensa ese efecto negativo. En reconocimiento de los efectos contrapuestos de los dos factores mencionados, los valores de diseño de referencia para las tensiones y el módulo de elasticidad, que corresponden al material cuando T ≤ 40 ºC, también se pueden aplicar sin modificación cuando la temperatura supere ocasionalmente, y por períodos breves de tiempo, 40 ºC, sin sobrepasar 65 ºC. En estas condiciones se encuentra la mayoría de las estructuras normales en las cuales se debe tomar Ct = 1,0.
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Cap. 4 - 48
En condiciones especiales, para miembros estructurales expuestos a temperaturas comprendidas entre 40 ºC y 65 ºC por un tiempo prolongado, los valores de diseño de referencia se deben multiplicar por los valores de Ct indicados en la Tabla 4.3-4. Las temperaturas superiores a 65 ºC pueden producir daños permanentes, sobre todo cuando actúen durante un tiempo prolongado, por lo que su consideración queda fuera del alcance de este Reglamento.
Tabla 4.3-4. Factor de temperatura (Ct)
Tensiones y módulo de elasticidad
Condición
Ct
de servicio
en estado: T ≤ 40 ºC 40 ºC < T ≤ 52 ºC 52 ºC < T ≤ 65 ºC
Ft,, E, E0,05, Emín cualquiera
1,0
0,9
0,9
seco
1,0
0,8
0,7
Fb, Fv, Fc, Fc┴
húmedo
1,0
0,7
0,5
Factor de estabilidad lateral de la viga (CL)
Con el fin de controlar el riesgo de pandeo lateral, la tensión de diseño de referencia en flexión, Fb, debe ser multiplicada por el factor de estabilidad lateral de la viga, CL (ver Tabla 4.3-1), calculado de acuerdo con lo especificado en el artículo 3.2.1.
Como una alternativa a lo dispuesto en el párrafo anterior, los miembros estructurales sometidos a flexión, con sección rectangular, se pueden diseñar incorporando disposiciones constructivas que eviten su pandeo lateral, como las que se indican a continuación, y por consiguiente será CL = 1,0:
a) si 1 < d / b ≤ 2, se debe impedir el desplazamiento y el giro lateral de los extremos.
b) si 2 < d / b ≤ 5, se debe impedir el desplazamiento y el giro lateral de los extremos y de las secciones que reciben cargas concentradas. Se debe mantener arriostrado en toda su longitud el borde comprimido, impidiendo su desplazamiento por medio de un entablado o medio similar.
c) si 5 < d / b ≤ 6, además de satisfacer lo dispuesto en el punto b) anterior, se deben disponer arriostramientos involucrando la altura total de la viga, con una separación máxima de 2,40 m, y capacidad para impedir el desplazamiento y el giro lateral de las secciones en las cuales se ubican.
Para el análisis de la estabilidad lateral de cordones comprimidos de reticulados y miembros de otros sistemas estructurales se debe considerar lo indicado en el Capítulo 9.
Factor de tamaño (CF)
Las tensiones de diseño de referencia en flexión, Fb, y en tracción paralela a las fibras, Ft, especificadas en el Suplemento 1 de este Reglamento están referidas a la dimensiones de referencia. La altura de referencia en flexión y el ancho de referencia en tracción para madera aserrada serán iguales a 150 mm.
Reglamento CIRSOC 601
Cap. 4 - 49
Cuando la altura de la sección de un miembro sometido a flexión o la mayor dimensión transversal de uno solicitado por un esfuerzo de tracción paralela a las fibras difiera de la dimensión de referencia, el valor de la tensión de diseño de referencia deberá ser multiplicada por el factor de tamaño, CF (ver la Tabla 4.3-1.), cuyo valor se obtiene de la siguiente expresión:
CF
150 d
0
,2
1,3
(4.3-1)
siendo:
d la altura de una sección sometida a flexión o la mayor dimensión transversal de una sección sometida a tracción paralela a las fibras, expresada en mm.
Factor de distribución lateral de cargas (Cr)
Cuando un conjunto de miembros estructurales con separaciones iguales o similares se encuentre lateralmente conectado a través de un sistema continuo que asegure la distribución de las cargas, la resistencia de diseño de referencia en flexión, Fb, se podrá multiplicar por el factor de distribución lateral de cargas, Cr (ver la Tabla 4.3-1).
Para que el sistema permita la distribución lateral de las cargas, sus miembros deben estar calculados para resistir tanto las cargas permanentes como las variables. A su vez, cada miembro estructural que forma parte del mismo debe ser continuo en al menos dos vanos y las juntas se deben disponer contrapeadas. Casos típicos son los constituidos por las estructuras de techos o entrepisos en los cuales las correas o los entablados conforman el sistema de distribución lateral y en general satisfacen los requisitos antes descriptos.
Si no se utilizan métodos más precisos de cálculo, para los casos indicados se debe tomar Cr = 1,10. En el caso de que no existan las condiciones previamente descriptas es Cr = 1.
Factor de estabilidad del miembro comprimido (CP)
El control de la estabilidad de un miembro comprimido, con el fin de evitar su pandeo lateral, se debe efectuar multiplicando la tensión de diseño de referencia, Fc, por el factor de estabilidad lateral del miembro comprimido, CP, (ver la Tabla 4.3-1.) cuyo cálculo se indica en el artículo 3.3.
Efectos de los tratamientos de preservación y de protección contra el fuego
Los efectos de los tratamientos químicos de protección contra los ataques biológicos y contra el fuego deben ser considerados en el diseño estructural. La influencia de los tratamientos sobre las propiedades del material, cuyo conocimiento es necesario para calcular las tensiones de diseño ajustadas, debe ser obtenida de parte del proveedor del producto. Factores de duración de la carga (CD) mayores que 1,6 no se deben aplicar a miembros estructurales sometidos a este tipo de tratamientos.
Reglamento Argentino de Estructuras de Madera
Cap. 4 - 50
CAPÍTULO 5. DISEÑO DE MIEMBROS ESTRUCTURALES DE MADERA LAMINADA ENCOLADA ESTRUCTURAL
5.1. ASPECTOS GENERALES
Este Capítulo es aplicable al diseño de estructuras construidas con madera laminada encolada estructural que satisface los requisitos de fabricación y control establecidos en la norma IRAM 9660-1 (2015).
Calidad de la madera laminada encolada estructural
La utilización de los valores de diseño de referencia provistos en el Suplemento 2 para los grados de calidad correspondientes a las combinaciones especie / procedencia en él incluidas, implica que los miembros estructurales reúnen los requisitos de calidad especificados.
Entalladuras
Este Reglamento permite entalladuras ejecutadas sobre el borde traccionado en los extremos de una viga de madera laminada encolada, ubicadas sobre el apoyo, siempre que no reduzcan en más de 1/10 la altura de la sección, d, o 75 mm.
Se permiten entalladuras ejecutadas sobre el borde comprimido en los tercios exteriores de una viga de madera laminada encolada simplemente apoyada, siempre que no reduzcan en más de 2/5 la altura de la sección, d. Estas entalladuras no se permiten en el tercio central de la viga. En el caso de ejecutarse un rebaje inclinado sobre el borde comprimido, en el extremo de una viga, su mayor profundidad y su longitud no deben exceder 2/3 y 3 veces la altura de la sección, respectivamente. En vigas donde el rebaje inclinado se extiende al tercio medio de su longitud, se debe efectuar un cálculo de esfuerzos de acuerdo con los principios de la ingeniería estructural.
En los artículos 3.1. y 3.2. se encuentran referencias a la consideración del debilitamiento de las secciones.
Influencia de la curvatura y de la altura variable sobre las tensiones
La tensión radial, fr, originada por el momento flector, M, en un miembro estructural curvo cuyo eje geométrico presenta un radio de curvatura R y su sección sea rectangular y constante, se obtiene de la siguiente expresión:
fr
3M 2Rbd
(5.1-1)
En los casos en que la acción del momento flector tiende a disminuir la curvatura, la tensión radial, fr, es de tracción, y se debe cumplir:
Reglamento CIRSOC 601
Cap. 5 - 51
fr ≤ 1,4 (0,01 / V)0,2 F’rt
(5.1-2)
fr ≤ F’v / 3
(5.1-3)
En los casos en que la acción del momento flector tiende a aumentar la curvatura, la tensión radial, fr, será de compresión, y se debe cumplir:
siendo:
fr ≤ F’c┴
(5.1-4)
F’rt la tensión de diseño en tracción radial perpendicular a las fibras, ajustada.
F’v la tensión de diseño en corte paralelo a las fibras, ajustada.
F’c┴ la tensión de diseño en compresión perpendicular a las fibras, ajustada.
V
el volumen de la zona curva del miembro estructural, en m3. En ningún caso
se debe considerar un valor de V superior a 2/3 del volumen total del
miembro estructural.
Si fr > 1,4 (0,01 / V)0,2 F’rt se deben disponer refuerzos mecánicos para absorber la totalidad de las tensiones radiales de tracción inducidas por el momento flector.
Cuando no se utilice un método más preciso, la tensión originada por el momento flector, fb, en el borde interior (cóncavo) de un miembro estructural curvo con sección transversal rectangular y constante se puede determinar con la siguiente expresión:
fb = (1 + 0,35 d / R + 0,6 d2 / R2)
6M bd 2
(5.1-5)
siendo:
d la altura de la viga en la zona curva.
R el radio de curvatura del eje geométrico del miembro estructural curvo.
La tensión originada por el momento flector, fb, en el borde exterior (convexo) de un miembro estructural curvo con sección transversal rectangular y constante se puede determinar, conservadoramente, con la expresión 3.2.1-2 (ver el artículo 3.2.1.).
Los miembros estructurales con sección transversal variable deben calcularse conforme los principios de la ingeniería estructural. Se considerarán las tensiones que actúan paralela y perpendicularmente a las fibras, así como las tensiones de corte, originadas en los miembros estructurales de altura variable sometidos a flexión simple.
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Cap. 5 - 52
5.2. VALORES DE DISEÑO DE REFERENCIA
En el Suplemento 2 de este Reglamento se especifican los valores de diseño de referencia para las tensiones y el módulo de elasticidad, correspondientes a madera laminada encolada estructural producida a partir de determinadas combinaciones especie / procedencia y que cumplen con los requisitos de fabricación y control establecidos en la norma IRAM 9660-1 (2015). En el mismo Suplemento se indica el criterio con el cual fueron determinados los valores especificados y el procedimiento a través del cual pueden ser incorporados nuevos valores o modificados los existentes.
5.3. AJUSTE DE LOS VALORES DE DISEÑO DE REFERENCIA
Para obtener los valores de diseño ajustados para las tensiones y el módulo de elasticidad, los valores de diseño de referencia especificados en el Suplemento 2 de este Reglamento deben ser multiplicados por los factores de ajuste que se especifican en la Tabla 5.3-1.
Tabla 5.3-1 Factores de ajuste aplicables para madera laminada encolada estructural
Tensiones y módulo de elasticidad
F’b = Fb F’t = Ft F’v = Fv F’c┴ = Fc┴ F’c = Fc F’rt = Frt E’ = E E’0,05 = E0,05 E’mín = Emín
Factores de ajuste aplicables
x CD CM Ct CL CV Cc Cr -
x CD CM Ct - - - - x CD CM Ct - - - - x CD CM Ct - - - - x CD CM Ct - - - - CP x CD CM Ct - - - - x - CM Ct - - - - x - CM Ct - - - - x - CM Ct - - - - -
Factor de duración de la carga (CD)
Los valores de diseño de referencia para las tensiones, indicados en el Suplemento 2 de este Reglamento, se refieren al material cuando es sometido a una carga de duración normal (ver el artículo 4.3.).
Los valores de CD por los cuales se deben multiplicar los valores de diseño de referencia para las tensiones (ver la Tabla 5.3-1) con el fin de tener en cuenta el cambio en la resistencia del material en función del tiempo de actuación de la carga, son los indicados en la Tabla 4.3-2.
Para una combinación de acciones que incluya cargas de distinta duración actuando simultáneamente, será de aplicación el valor de CD correspondiente a la carga de menor duración. Todas las combinaciones de cargas que actúan deben ser evaluadas con este criterio para determinar la combinación crítica, es decir la que produce las mayores solicitaciones, que es la que se debe utilizar para el diseño de los miembros estructurales y sus uniones.
Reglamento CIRSOC 601
Cap. 5 - 53
Los factores de duración de la carga, CD, son independientes de los factores de combinación de las cargas. Como los factores de combinación, que afectan los valores característicos de las cargas variables, consideran la probabilidad de ocurrencia simultánea de las acciones, mientras que CD tiene en cuenta la relación entre la duración de la carga y la resistencia del material, ambos pueden ser utilizados en el diseño estructural.
Factor de condición de servicio (CM)
Todos los valores de diseño de referencia, para las tensiones y el módulo de elasticidad, especificadas en el Suplemento 2 de este Reglamento están referidos a un contenido de humedad en servicio que corresponde a los miembros estructurales ubicados en locales ventilados o espacios semicubiertos (estado seco). En esta condición, el contenido de humedad en los miembros de madera laminada encolada estructural será menor que 16%.
Cuando la condición de servicio indique que el contenido de humedad será igual o superior al 16 % durante la vida útil de la estructura, como es el caso de miembros estructurales ubicados en locales o espacios húmedos, o en contacto con el suelo, o a la intemperie en regiones húmedas (estado húmedo), y el material cumpla con los requisitos establecidos en la norma IRAM 9660-1 (2015) para ese uso, los valores de diseño de referencia se deberán multiplicar por el factor de condición de servicio, CM (ver la Tabla 5.3-1). Los valores de CM se indican en la Tabla 5.3-2.
Tabla 5.3-2. Valores de CM
Fb 0,80
Ft 0,80
Fv y Frt 0,87
Fc┴ 0,53
Fc 0,73
E, E0,05 y Emín 0,83
Factor de temperatura (Ct)
Cuando los miembros estructurales están expuestos a temperaturas comprendidas entre 40 ºC y 65 ºC por un tiempo prolongado, los valores de diseño de referencia deben ser multiplicados por los valores de Ct (ver laTabla 5.3-1) indicados en la Tabla 5.3-3.
Tabla 5.3-3. Factor de temperatura (Ct)
Tensiones y módulo de elasticidad
Ft,, E, E0,05, Emín
Fb, Fv, Frt, Fc, Fc┴
Condición de servicio en estado:
cualquiera seco húmedo
T ≤ 40 ºC
1,0 1,0 1,0
Ct
40 ºC < T ≤ 52 ºC
0,9 0,8 0,7
52 ºC < T ≤ 65 ºC
0,9 0,7 0,5
Las temperaturas superiores a 65 ºC pueden producir daños permanentes, sobre todo
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Cap. 5 - 54
cuando actúan durante un tiempo prolongado, y su consideración queda fuera del alcance de este Reglamento.
Factor de estabilidad lateral de la viga (CL)
Con el fin de controlar el riesgo de pandeo lateral, la tensión de diseño de referencia en flexión, Fb, debe ser multiplicada por el factor de estabilidad lateral de la viga, CL (ver la Tabla 5.3-1.), calculado de acuerdo con lo especificado en el artículo 3.2.1.
Como una alternativa a lo dispuesto en el párrafo anterior, los miembros estructurales sometidos a flexión, con sección rectangular, se pueden diseñar incorporando disposiciones constructivas que eviten su pandeo lateral, como las que se indican a continuación, y por consiguiente será CL = 1,0:
a) si 1 < d / b ≤ 2, se debe impedir el desplazamiento y el giro lateral de los extremos.
b) si 2 < d / b ≤ 5, se debe impedir el desplazamiento y el giro lateral de los extremos y de las secciones que reciben cargas concentradas. Se debe mantener arriostrado en toda su longitud el borde comprimido, impidiendo su desplazamiento por medio de un entablado o medio similar.
c) si 5 < d / b ≤ 6, además de satisfacer lo dispuesto en el punto b) anterior, se deben disponer arriostramientos involucrando la altura total de la viga, con una separación máxima de 2,40 m, y capacidad para impedir el desplazamiento y el giro lateral de las secciones en las cuales se ubican.
Para el análisis de la estabilidad lateral de arcos, cordones comprimidos de reticulados y miembros de otros sistemas estructurales debe considerarse lo indicado en el Capítulo 9.
Factor de volumen (CV)
La tensión de diseño de referencia en flexión, Fb, especificada en el Suplemento 2 de este Reglamento, está referida a las dimensiones de referencia para los miembros de madera laminada encolada. La altura de referencia en flexión es igual a 600 mm y el ancho de referencia en flexión es igual a 150 mm.
Cuando la altura de la sección de un miembro sometido a flexión difiere de la dimensión de referencia, Fb, deberá ser multiplicada por el factor de volumen, CV (ver la Tabla 5.3-1.), cuyo valor se obtiene de la siguiente expresión:
CV
600 d
0 ,1
150 b
0 ,05
1,1
(5.3-1)
siendo: d la altura, en mm.
b el ancho de una sección sometida a flexión, en mm.
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Cap. 5 - 55
Factor de curvatura (Cc)
En las zonas curvas de los miembros estructurales sometidos a flexión, la tensión de diseño de referencia, Fb, debe ser multiplicada por el factor de curvatura, Cc, que se obtiene de la siguiente expresión:
Cc = 1 – 2000 (t / R)2
(5.3-2)
siendo:
t el espesor de la lámina, en mm.
R el radio de curvatura de la cara interna de la lámina, en mm.
El valor límite superior de la razón entre el espesor de las láminas y el radio de curvatura (t / R) se encuentra establecido en el artículo 7.5. de la norma IRAM 9660-1 (2015).
Factor de distribución lateral de cargas (Cr)
Cuando un conjunto de miembros estructurales con separaciones iguales o similares se encuentra lateralmente conectado a través de un sistema continuo que asegure la distribución de las cargas, la resistencia de diseño de referencia en flexión, Fb, se podrá multiplicar por el factor de distribución lateral de cargas, Cr (ver la Tabla 5.3-1.).
Para que el sistema permita la distribución lateral de las cargas, sus miembros deberán estar calculados para resistir tanto las cargas permanentes como las variables. A su vez, cada miembro estructural que forma parte del mismo debe ser continuo en al menos dos vanos y las juntas deberán disponerse contrapeadas. Casos típicos son los constituidos por las estructuras de techos o entrepisos en los cuales las correas o los entablados conforman el sistema de distribución lateral y en general satisfacen los requisitos antes descriptos.
Si no se utilizan métodos más precisos de cálculo, debe tomarse Cr = 1,10. En el caso de que no existan las condiciones previamente descriptas es Cr = 1.
Factor de estabilidad del miembro comprimido (CP)
El control de la estabilidad de un miembro comprimido, con el fin de evitar su pandeo lateral, se deberá efectuar multiplicando la tensión de diseño de referencia, Fc, por el factor de estabilidad lateral del miembro comprimido, CP, (ver la Tabla 5.3-1.) cuyo cálculo se indica en el artículo 3.3.
Efectos de los tratamientos de preservación y de protección contra el fuego
Los efectos de los tratamientos químicos de protección contra los ataques biológicos y contra el fuego deberán ser considerados en el diseño estructural. La influencia de los tratamientos sobre las propiedades del material, cuyo conocimiento es necesario para calcular las tensiones de diseño ajustadas, deberá ser obtenida de parte del proveedor del producto. Los valores de diseño de referencia, especificados en el
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Cap. 5 - 56
Suplemento 2 de este Reglamento, y que corresponden a miembros estructurales que cumplen con los requisitos de fabricación y control establecidos en la norma IRAM 9660-1 (2015), se refieren a madera sin tratamientos de impregnación por vacío-presión. Factores de duración de la carga (CD) mayores que 1,6 no se deben aplicar a miembros estructurales sometidos a este tipo de tratamientos.
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Cap. 5 - 57
Reglamento Argentino de Estructuras de Madera
Cap. 5 - 58
CAPÍTULO 6. DISEÑO DE MIEMBROS ESTRUCTURALES DE SECCIÓN TRANSVERSAL CIRCULAR
6.1. ASPECTOS GENERALES
Este Capítulo es aplicable al diseño de estructuras construidas con miembros estructurales de sección circular. Se incluyen las estructuras normales de edificaciones y también las destinadas a cumplir funciones especiales, como postes y pilotes.
Calidad de los miembros estructurales de sección circular
La utilización de los valores de diseño de referencia, provistos para las combinaciones especie / procedencia incluidas en el Suplemento 3 y sus Apéndices, implica que los miembros estructurales de sección transversal circular reúnen los requisitos de calidad especificados para cada caso.
6.2. VALORES DE DISEÑO DE REFERENCIA
En el Suplemento 3 de este Reglamento se especifican los valores de diseño de referencia para las tensiones y el módulo de elasticidad correspondientes a miembros estructurales de sección circular de determinadas combinaciones especie / procedencia estudiadas en nuestro país. Los valores que se especifican en el mencionado suplemento fueron obtenidos de ensayos llevados a cabo con miembros estructurales en estado verde (contenido de humedad igual o superior al de saturación de las fibras) y sin cortes que alteren su sección transversal original, y pueden ser utilizados en el diseño estructural con miembros en estado verde o seco.
El mismo Suplemento provee procedimientos para obtener los valores de diseño de referencia de combinaciones especie / procedencia aún no incorporadas a este Reglamento.
Si el Proyectista Estructural dispone de información confiable acerca del incremento que experimentan las propiedades mecánicas de miembros estructurales de sección circular con la pérdida de humedad, puede aumentar, bajo su responsabilidad, los valores de diseño de referencia especificados.
Si se realizan cortes o transformaciones de la forma natural de estos miembros a través de desbastado o alisadura o procesos similares, queda también bajo la responsabilidad del Proyectista Estructural la consideración de la influencia que tales procesos ocasionan en su comportamiento mecánico.
6.3. AJUSTE DE LOS VALORES DE DISEÑO DE REFERENCIA
Para obtener los valores de diseño ajustados para las tensiones y el módulo de elasticidad, los valores de diseño de referencia especificados en el Suplemento 3 de este
Reglamento CIRSOC 601
Cap. 6 - 59
Reglamento deben ser multiplicados por los factores de ajuste que se especifican en la Tabla 6.3-1.
Tabla 6.3-1. Factores de ajuste aplicables para miembros estructurales de sección circular
Tensiones y módulo de elasticidad
F’b = Fb F’t = Ft F’v = Fv F’c┴ = Fc┴ F’c = Fc E’ = E E’0,05 = E0,05 E’mín = Emín
Factores de ajuste aplicables
x
CD
Ct
Cr
-
x
CD
Ct
-
-
x
CD
Ct
-
-
x
CD
Ct
-
-
x
CD
Ct
-
CP
x
-
Ct
-
-
x
-
Ct
-
-
x
-
Ct
-
-
Factor de duración de la carga (CD)
Los valores de diseño de referencia para las tensiones, indicados en el Suplemento 3 de este Reglamento, se refieren al material cuando es sometido a una carga de duración normal (ver el artículo 4.3.).
Los valores de CD por los cuales se deben multiplicar los valores de diseño de referencia para las tensiones (ver la Tabla 6.3-1.), con el fin de tener en cuenta el cambio en la resistencia del material en función del tiempo de actuación de la carga, son los indicados en la Tabla 4.3-2.
Para una combinación de acciones que incluye cargas de distinta duración actuando simultáneamente, será de aplicación el valor de CD correspondiente a la carga de menor duración. Todas las combinaciones de cargas que actúen deben ser evaluadas con este criterio para determinar la combinación crítica, es decir la que produce las mayores solicitaciones, que es la que se debe utilizar para el diseño de los miembros estructurales y sus uniones.
Los factores de duración de la carga, CD, son independientes de los factores de combinación de las cargas. Como los factores de combinación, que afectan los valores característicos de las cargas variables, consideran la probabilidad de ocurrencia simultánea de las acciones, mientras que CD tiene en cuenta la relación entre la duración de la carga y la resistencia del material, ambos pueden ser utilizados en el diseño estructural.
Factor de temperatura (Ct)
Cuando los miembros estructurales estén expuestos a temperaturas comprendidas entre
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Cap. 6 - 60
40 ºC y 65 ºC por un tiempo prolongado, los valores de diseño de referencia deberán ser multiplicados por los valores de Ct (ver la Tabla 6.3-1.) indicados en la Tabla 4.3-4. Las temperaturas superiores a 65 ºC pueden producir daños permanentes, sobre todo cuando actúen durante un tiempo prolongado, por lo que su consideración queda fuera del alcance de este Reglamento.
Factor de distribución lateral de cargas (Cr)
Cuando un conjunto de miembros estructurales con separaciones iguales o similares se encuentre lateralmente conectado a través de un sistema continuo que asegure la distribución de las cargas, la resistencia de diseño de referencia en flexión, Fb, se podrá multiplicar por el factor de distribución lateral de cargas, Cr (ver la Tabla 6.3-1.).
Para que el sistema permita la distribución lateral de las cargas, sus miembros deben estar calculados para resistir tanto las cargas permanentes como las variables. A su vez, cada miembro estructural que forma parte del mismo deberá ser continuo en al menos dos vanos y las juntas deberán disponerse contrapeadas. Casos típicos son los constituidos por las estructuras de techos o entrepisos en los cuales las correas o los entablados conforman el sistema de distribución lateral y en general satisfacen los requisitos antes descriptos.
Si no se utilizan métodos más precisos de cálculo, se deberá tomar Cr = 1,10. En el caso de que no existan las condiciones previamente descriptas será Cr = 1.
Factor de estabilidad del miembro comprimido (CP)
El control de la estabilidad de un miembro comprimido, con el fin de evitar su pandeo lateral, se deberá efectuar multiplicando la tensión de diseño de referencia, Fc, por el factor de estabilidad lateral del miembro comprimido, CP, (ver la Tabla 6.3-1) cuyo cálculo se indica en el artículo 3.3.
Efectos de los tratamientos de preservación y de protección contra el fuego
Los efectos de los tratamientos químicos de protección contra los ataques biológicos y contra el fuego deberán ser considerados en el diseño estructural. La influencia de los tratamientos sobre las propiedades del material, cuyo conocimiento será necesario para calcular las tensiones de diseño ajustadas, deberá ser obtenida de parte del proveedor del producto. Los valores de diseño de referencia para las tensiones y el módulo de elasticidad especificados en el Suplemento 3 de este Reglamento se refieren a miembros estructurales de sección circular sin tratamientos de impregnación por vacíopresión. Factores de duración de la carga (CD) mayores que 1,6 no se deberán aplicar a miembros estructurales sometidos a este tipo de tratamientos.
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Cap. 6 - 61
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Cap. 6 - 62
CAPÍTULO 7. DISEÑO DE MIEMBROS ESTRUCTURALES PREFABRICADOS, DE MADERA COMPUESTA Y DE TABLEROS
Este Capítulo es aplicable al diseño de miembros estructurales prefabricados, de madera compuesta y de tableros.
El término “miembros estructurales prefabricados” se refiere a vigas construidas con cordones unidos a un alma compuesta por una placa o por barras en celosía.
El término “miembros estructurales de madera compuesta” se refiere a miembros conformados por láminas de madera de pequeño espesor unidas con adhesivo estructural y con la dirección de las fibras orientada preponderantemente según el eje longitudinal de la pieza, del tipo LVL (laminated veneer lumber).
El término “miembros estructurales de tableros” se refiere a miembros constituidos total o parcialmente por tableros derivados de la madera, cuyas características de prestación para uso estructural son determinadas a través de ensayos normalizados.
7.1. MIEMBROS ESTRUCTURALES PREFABRICADOS
7.1.1. Aspectos generales
Las vigas prefabricadas deberán responder a los requisitos de calidad declarados por el fabricante y estar claramente identificadas, citando las normas de referencia.
Las características de su conformación les confieren a estos miembros estructurales una elevada rigidez y resistencia en relación con su peso, en comparación con las vigas de sección rectangular maciza. El Proyectista Estructural debe requerir información específica al fabricante antes de implementar aspectos particulares de diseño si estos no estuviesen contemplados en la información general provista para el material, tales como la realización de agujeros y/o colocación de rigidizadores en las almas, ejecución de entalladuras o rebajes, entre otros.
7.1.2 .Valores de diseño de referencia
El fabricante debe proveer los valores de diseño de referencia de las magnitudes relacionadas con la resistencia y con la rigidez de las vigas prefabricadas. En todos los casos se indicarán las normas empleadas en la determinación de los mismos y se suministrará la información necesaria para corroborar que los criterios de obtención de los valores de diseño de referencia provistos por el fabricante son compatibles con los métodos de diseño adoptados por este Reglamento.
Los valores de diseño de referencia del momento flector, Mr, del esfuerzo de corte, Vr, y de la reacción Rr , deben especificar las condiciones de carga y de sustentación correspondientes a los valores provistos. En el caso particular de las vigas prefabricadas
Reglamento CIRSOC 601
Cap. 7 - 63
con un alma compuesta por barras en celosía, el valor de Rr debe contemplar tanto los casos en que el apoyo se produzca en un nudo como entre dos nudos consecutivos.
Los valores de diseño de referencia de las magnitudes relacionadas con la rigidez en el plano que contiene a la viga deben ser provistos para el valor medio del módulo de elasticidad (EI) y para el percentil 5 % del mismo (E0,05I), indicando en cada caso el valor correspondiente al módulo de elasticidad (E, E0,05) y al momento de inercia de la sección (I). La influencia del esfuerzo de corte en la deformación deberá ser informada por el fabricante a través del valor de un coeficiente (K) que relacione la deformación producida por el esfuerzo de corte con la originada por el momento flector.
El fabricante deberá proveer también el valor de diseño de referencia de la magnitud relacionada a la rigidez transversal de cada cordón de la viga (EminItc), requerida para el cálculo de la estabilidad lateral de la misma, indicando en cada caso el valor del módulo de elasticidad del cordón (Emín, ver el artículo 3.2.1) y del momento de inercia con respecto a un eje vertical que pase por su baricentro (Itc).
7.1.3. Ajuste de los valores de diseño de referencia
Para obtener los valores de diseño ajustados para las magnitudes relacionadas a la resistencia y a la rigidez de las vigas prefabricadas, los valores de diseño de referencia provistos por el fabricante deberán ser multiplicados por los factores de ajuste que se especifican en la Tabla 7.1.3-1.
En el caso de que los valores de diseño de referencia provistos por el fabricante correspondan a condiciones de referencia que difieran de las adoptadas por el presente Reglamento, queda bajo la responsabilidad del Proyectista Estructural emplear los factores de ajuste apropiados considerando la información provista por el fabricante y la función proyectada para los miembros estructurales en la obra.
Tabla 7.1.3-1. Factores de ajuste aplicables para las vigas prefabricadas
Magnitudes
M’r = Mr
x
V’r = Vr
x
R’r = Rr
x
(EI)’ = (EI)
x
(E’0,05I) = (E0,05I) x
K’ = K
x
(E’mínItc) = (EmínItc) x
Factores de ajuste aplicables
CD
CM
Ct
CL
Cr
CD
CM
Ct
-
-
CD
CM
Ct
-
-
-
CM
Ct
-
-
-
CM
Ct
-
-
-
CM
Ct
-
-
-
CM
Ct
-
-
Factor de duración de la carga (CD)
Los valores de diseño de referencia correspondientes a Mr, Vr y Rr considerados por este Reglamento, y que deben ser provistos por el fabricante, se refieren al material cuando es sometido a una carga de duración normal (ver el artículo 4.3.).
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Cap. 7 - 64
Los valores de CD por los cuales se deben multiplicar los valores de diseño de referencia correspondientes a Mr, Vr y Rr (ver la Tabla 7.1.3-1.), con el fin de tener en cuenta el cambio en la resistencia del material en función del tiempo de actuación de la carga, son los indicados en la Tabla 4.3-2.
Para una combinación de acciones que incluya cargas de distinta duración actuando simultáneamente, será de aplicación el valor de CD correspondiente a la carga de menor duración. Todas las combinaciones de cargas que actúen deberán ser evaluadas con este criterio para determinar la combinación crítica, es decir la que produce las mayores solicitaciones, que es la que se debe utilizar para el diseño de los miembros estructurales y sus uniones.
Los factores de duración de la carga, CD, son independientes de los factores de combinación de las cargas. Como los factores de combinación, que afectan los valores característicos de las cargas variables, consideran la probabilidad de ocurrencia simultánea de las acciones, mientras que CD tiene en cuenta la relación entre la duración de la carga y la resistencia del material, ambos pueden ser utilizados en el diseño estructural.
Factor de condición de servicio (CM)
Todos los valores de diseño de referencia considerados por este Reglamento para las vigas prefabricadas, y que deben ser provistos por el fabricante, están referidos a un contenido de humedad menor que el 16 % (estado seco). Esta condición de servicio corresponde a los miembros estructurales ubicados en locales cerrados o espacios semicubiertos.
Cuando la condición de servicio indique que el contenido de humedad será igual o superior que el 16 % durante la vida útil de la estructura (estado húmedo), y el fabricante indique que los miembros estructurales prefabricados pueden ser utilizados en esa condición, los valores de diseño de referencia se deberán multiplicar por el factor de condición de servicio, CM (ver la Tabla 7.1.3-1), cuyo valor deberá ser provisto por el fabricante.
Factor de temperatura (Ct)
De no existir requisitos especiales indicados por el fabricante, cuando las vigas prefabricadas estén expuestas a temperaturas comprendidas entre 40 ºC y 65 ºC por un tiempo prolongado, los valores de diseño de referencia se deberán multiplicar por los valores de Ct (ver la Tabla 7.1.3-1.) indicados en la Tabla 7.1.3-2. Las temperaturas superiores a 65 ºC pueden producir daños permanentes, sobre todo cuando actúen durante un tiempo prolongado, por lo que su consideración queda fuera del alcance de este Reglamento.
Tabla 7.1.3-2. Factor de temperatura (Ct)
Magnitudes
(EI), (E0,05I), (EmínItc) Mr , Vr , Rr , K
Condición
Ct
de servicio en estado:
T ≤ 40ºC
40 ºC < T ≤ 52 ºC
52 ºC < T ≤ 65 ºC
cualquiera
1,0
0,9
0,9
seco
1,0
0,8
0,7
húmedo
1,0
0,7
0,5
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Factor de estabilidad lateral de la viga (CL)
La estabilidad lateral se debe considerar en el diseño de las vigas prefabricadas y al menos en sus extremos se deben incorporar disposiciones constructivas que impidan el desplazamiento lateral y la rotación. Un método aceptable de diseño es aplicar al cordón comprimido de la viga el procedimiento descripto en el artículo 3.3. de este Reglamento para miembros comprimidos, y adoptar el valor de CP como el valor del factor de estabilidad lateral de la viga, CL . De acuerdo con este criterio el cordón deberá ser verificado, respecto del eje principal que pasa por su baricentro y contiene el alma de la viga, como una barra con una longitud efectiva de pandeo igual a la separación entre arriostramientos transversales. Por su parte, respecto del eje principal que pasa por su baricentro y es perpendicular al alma de la viga, el cordón se debe considerar como una barra comprimida arriostrada continuamente y entonces es CL = CP = 1.
Factor de distribución lateral de cargas (Cr)
Cuando un conjunto de vigas prefabricadas con separaciones iguales o similares se encuentre lateralmente conectado a través de un sistema continuo que asegure la distribución de las cargas, el valor de diseño de referencia del momento flector, Mr, se puede multiplicar por el factor de distribución lateral de cargas, Cr (ver la Tabla 7.1.3-1.).
Para que el sistema permita la distribución lateral de las cargas, sus miembros deben estar calculados para resistir tanto las cargas permanentes como las variables. A su vez, cada miembro estructural que forma parte del mismo debe ser continuo en al menos dos vanos y las juntas deben disponerse contrapeadas. Casos típicos son los constituidos por las estructuras de techos o entrepisos en los cuales las correas o los entablados conforman el sistema de distribución lateral y en general satisfacen los requisitos antes descriptos.
Si no se utilizan métodos más precisos de cálculo, se debe tomar Cr = 1,10. En el caso de que no existan las condiciones previamente descriptas será Cr = 1.
Efectos de los tratamientos de preservación y de protección contra el fuego
Los efectos de los tratamientos químicos de protección contra los ataques biológicos y contra el fuego deben ser considerados en el diseño estructural. La influencia de los tratamientos sobre las propiedades del material, cuyo conocimiento es necesario para calcular los valores de diseño ajustados, debe ser obtenida de parte del proveedor del producto.
7.2. MIEMBROS ESTRUCTURALES DE MADERA COMPUESTA
7.2.1. Aspectos generales
Los miembros estructurales de madera compuesta deben responder a los requisitos de calidad declarados por el fabricante y estar claramente identificados, citando las normas de referencia.
7.2.2. Valores de diseño de referencia
El fabricante debe proveer los valores de diseño de referencia para las tensiones y el módulo de elasticidad para los miembros estructurales de madera compuesta. En todos
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Cap. 7 - 66
los casos se deberán indicar las normas empleadas en la determinación de los mismos y se suministrará la información necesaria para corroborar que los criterios de obtención de los valores de diseño de referencia provistos por el fabricante son compatibles con los métodos de diseño adoptados por este Reglamento.
7.2.3. Ajuste de los valores de diseño de referencia
Para obtener los valores de diseño ajustados para las tensiones y el módulo de elasticidad, los valores de diseño de referencia provistos por el fabricante deberán ser multiplicados por los factores de ajuste que se especifican en la Tabla 7.2.3-1.
En el caso de que los valores de diseño de referencia provistos por el fabricante correspondan a condiciones de referencia que difieran de las adoptadas por el presente Reglamento, queda bajo la responsabilidad del Proyectista Estructural emplear los factores de ajuste apropiados considerando la información provista por el fabricante y la función proyectada para los miembros estructurales en la obra.
Tabla 7.2.3-1. Factores de ajuste aplicables para miembros estructurales de madera compuesta
Tensiones y módulo de elasticidad
F’b = Fb F’t = Ft F’v = Fv F’c┴ = Fc┴ F’c = Fc E’ = E E’0,05 = E0,05 E’mín = Emín
Factores de ajuste aplicables
x CD CM Ct CL CV Cr x CD CM Ct - - - x CD CM Ct - - - x CD CM Ct - - - x CD CM Ct - - - CP x - CM Ct - - - x - CM Ct - - - x - CM Ct - - - -
Factor de duración de la carga (CD)
Los valores de diseño de referencia para las tensiones considerados por este Reglamento, y que deben ser provistos por el fabricante, se refieren al material cuando es sometido a una carga de duración normal (ver el artículo 4.3.).
Los valores de CD por los cuales se deben multiplicar los valores de diseño de referencia para las tensiones (ver la Tabla 7.2.3-1.), con el fin de tener en cuenta el cambio en la resistencia del material en función del tiempo de actuación de la carga, son los indicados en la Tabla 4.3-2.
Para una combinación de acciones que incluya cargas de distinta duración actuando simultáneamente, será de aplicación el valor de CD correspondiente a la carga de menor duración. Todas las combinaciones de cargas que actúen deben ser evaluadas con este criterio para determinar la combinación crítica, es decir la que produzca las mayores
Reglamento CIRSOC 601
Cap. 7 - 67
solicitaciones, que es la que se debe utilizar para el diseño de los miembros estructurales y sus uniones.
Los factores de duración de la carga, CD, son independientes de los factores de combinación de las cargas. Como los factores de combinación, que afectan los valores característicos de las cargas variables, consideran la probabilidad de ocurrencia simultánea de las acciones, mientras que CD tiene en cuenta la relación entre la duración de la carga y la resistencia del material, ambos pueden ser utilizados en el diseño estructural.
Factor de condición de servicio (CM)
Todos los valores de diseño de referencia considerados por este Reglamento para los miembros estructurales de madera compuesta, y que deben ser provistos por el fabricante, están referidos a un contenido de humedad menor que el 16 % (estado seco). Esta condición de servicio corresponde a los miembros estructurales ubicados en locales cerrados o espacios semicubiertos.
Cuando la condición de servicio indique que el contenido de humedad será igual o superior que el 16 % durante la vida útil de la estructura (estado húmedo), y el fabricante indique que los miembros estructurales de madera compuesta pueden ser utilizados en esa condición, los valores de diseño de referencia se deben multiplicar por el factor de condición de servicio, CM (ver la Tabla 7.2.3-1.), cuyo valor deberá ser provisto por el fabricante.
Factor de temperatura (Ct)
Cuando los miembros estructurales estén expuestos a temperaturas comprendidas entre 40 ºC y 65 ºC por un tiempo prolongado, los valores de diseño de referencia deberán ser multiplicados por los valores de Ct (ver la Tabla 7.2.3-1.) indicados en la Tabla 7.2.3-2.
Tabla 7.2.3-2. Factor de temperatura (Ct)
Tensiones y módulo de elasticidad
Ft, , E , E0,05 , Emín
Fb , Fv , Fc , Fc┴
Condición de servicio en estado:
cualquiera seco verde
T ≤ 40 ºC
1,0 1,0 1,0
Ct
40 ºC < T ≤ 52 ºC
0,9 0,8 0,7
52 ºC < T ≤ 65 ºC
0,9 0,7 0,5
Las temperaturas superiores a 65 ºC pueden producir daños permanentes, sobre todo cuando actúen durante un tiempo prolongado, por lo que su consideración queda fuera del alcance de este Reglamento.
Factor de estabilidad lateral de la viga (CL)
Con el fin de controlar el riesgo de pandeo lateral, la tensión de diseño de referencia en flexión, Fb, debe ser multiplicada por el factor de estabilidad lateral de la viga, CL (ver la Tabla 7.2.3-1.), calculado de acuerdo con lo especificado en el artículo 3.2.1.
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Como una alternativa a lo dispuesto en el párrafo anterior, los miembros estructurales sometidos a flexión, con sección rectangular, se pueden diseñar incorporando disposiciones constructivas que eviten su pandeo lateral, como las que se indican a continuación, y por consiguiente será CL = 1,0:
a) si 1 < d / b ≤ 2, se debe impedir el desplazamiento y el giro lateral de los extremos.
b) si 2 < d / b ≤ 5, se debe impedir el desplazamiento y el giro lateral de los extremos y de las secciones que reciben cargas concentradas. Se debe mantener arriostrado en toda su longitud el borde comprimido, impidiendo su desplazamiento por medio de un entablado o medio similar.
c) si 5 < d / b ≤ 6, además de satisfacer lo dispuesto en el punto b) anterior, se deben disponer arriostramientos involucrando la altura total de la viga, con una separación máxima de 2,40 m, y capacidad para impedir el desplazamiento y el giro lateral de las secciones en las cuales se ubican.
Para el análisis de la estabilidad lateral de cordones comprimidos de reticulados y miembros de otros sistemas estructurales se debe considerar lo indicado en el Capítulo 9.
Factor de volumen (CV)
La tensión de diseño de referencia en flexión, Fb, considerada por este Reglamento, debe ser provista por el fabricante indicando las dimensiones de referencia correspondientes. Cuando las dimensiones de la sección transversal de un miembro estructural de madera compuesta, sometido a flexión, difieran de las dimensiones de referencia, el valor de Fb deberá ser multiplicado por el factor de volumen, CV (ver la Tabla 7.2.3-1), el cual debe ser indicado por el fabricante.
Factor de distribución lateral de cargas (Cr)
Cuando un conjunto de miembros estructurales con separaciones iguales o similares se encuentre lateralmente conectado a través de un sistema continuo que asegure la distribución de las cargas, la resistencia de diseño de referencia en flexión, Fb, se podrá multiplicar por el factor de distribución lateral de cargas, Cr (ver la Tabla 7.2.3-1.).
Para que el sistema permita la distribución lateral de las cargas, sus miembros deben estar calculados para resistir tanto las cargas permanentes como las variables. A su vez, cada miembro estructural que forma parte del mismo debe ser continuo en al menos dos vanos y las juntas se deben disponer contrapeadas. Casos típicos son los constituidos por las estructuras de techos o entrepisos en los cuales las correas o los entablados conforman el sistema de distribución lateral y en general satisfacen los requisitos antes descriptos.
Si no se utilizan métodos más precisos de cálculo, se debe tomar Cr = 1,10. En el caso de que no existan las condiciones previamente descriptas será Cr = 1.
Factor de estabilidad del miembro comprimido (CP)
El control de la estabilidad de un miembro comprimido, con el fin de evitar su pandeo lateral, se debe efectuar multiplicando la tensión de diseño de referencia, Fc, por el factor de estabilidad lateral del miembro comprimido, CP, (ver la Tabla 7.2.3-1.) cuyo cálculo se indica en el artículo 3.3.
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Cap. 7 - 69
Efectos de los tratamientos de preservación y de protección contra el fuego
Los efectos de los tratamientos químicos de protección contra los ataques biológicos y contra el fuego deben ser considerados en el diseño estructural. La influencia de los tratamientos sobre las propiedades del material, cuyo conocimiento es necesario para calcular las tensiones de diseño ajustadas, debe ser obtenida de parte del proveedor del producto.
7.3. MIEMBROS ESTRUCTURALES DE TABLEROS
7.3.1. Aspectos generales
Los tableros derivados de la madera empleados para la construcción de miembros estructurales deberán responder a los requisitos de calidad declarados por el fabricante y estar claramente identificados, citando las normas de referencia.
7.3.2. Valores de diseño de referencia
El fabricante deberá proveer los valores de diseño de referencia para las tensiones y el módulo de elasticidad de los tableros derivados de la madera que constituyan total o parcialmente miembros estructurales. En todos los casos se indicará las normas empleadas en la determinación de los mismos y se suministrará la información necesaria para corroborar que los criterios de obtención de los valores de diseño de referencia provistos por el fabricante son compatibles con los métodos de diseño adoptados por este Reglamento.
Considerando que los paneles estructurales pueden ser solicitados por acciones que actúen normalmente a su plano y por acciones contenidas en su plano, los valores de diseño de referencia deben ser provistos por el fabricante en forma diferenciada para ambos casos.
Debido a la naturaleza ortotrópica de los paneles, los valores de diseño de referencia deben ser provistos por el fabricante con referencia a su eje longitudinal y a su eje transversal. A partir de estos valores provistos por el fabricante, el Proyectista Estructural puede calcular los valores de diseño de referencia en otras direcciones aplicando los procedimientos normales utilizados en la ingeniería estructural.
7.3.3. Ajuste de los valores de diseño de referencia
Para obtener los valores de diseño ajustados para las tensiones y el módulo de elasticidad, los valores de diseño de referencia provistos por el fabricante deben ser multiplicados por los factores de ajuste que se especifican en la Tabla 7.3.3-1.
En el caso de que los valores de diseño de referencia provistos por el fabricante correspondan a condiciones de referencia que difieran de las adoptadas por el presente Reglamento, queda bajo la responsabilidad del Proyectista Estructural emplear los factores de ajuste apropiados considerando la información provista por el fabricante y la función proyectada para los miembros estructurales en la obra.
El Proyectista Estructural debe verificar la seguridad de los tableros frente a los problemas de inestabilidad empleando los métodos habituales de la ingeniería estructural y/o la
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Cap. 7 - 70
información específica que al respecto provea el fabricante.
Tabla 7.3.3-1. Factores de ajuste aplicables para miembros estructurales de tableros
Tensiones y módulo de elasticidad
Factores de ajuste aplicables
Solicitaciones normales al plano
F’b = Fb F’v (1) = Fv (1)
F’c┴ = Fc┴ E’ = E
E’0,05 = E0,05 G’v (1) = Gv (1)
Solicitaciones contenidas en el plano
x
CD
x
CD
x
CD
x
-
x
-
x
-
CM
Ct
CM
Ct
CM
Ct
CM
Ct
CM
Ct
CM
Ct
F’b = Fb F’t = Ft F’v (2) = Fv (2) F’c┴ = Fc┴ F’c = Fc E’ = E
E’0,05 = E0,05 G’v (2) = Gv (2)
x
CD
x
CD
x
CD
x
CD
x
CD
x
-
x
-
x
-
CM
Ct
CM
Ct
CM
Ct
CM
Ct
CM
Ct
CM
Ct
CM
Ct
CM
Ct
(1) Tensión de corte y módulo de elasticidad transversal normalmente denominados “en el plano del tablero” (shear-in-the-plane o rolling shear)
(2) Tensión de corte y módulo de elasticidad transversal normalmente denominados “en el espesor del tablero” (through-the-thickness shear)
Factor de duración de la carga (CD)
Los valores de diseño de referencia para las tensiones considerados por este Reglamento, y que deben ser provistos por el fabricante, se refieren al material cuando es sometido a una carga de duración normal (ver el articulo 4.3.).
Los valores de CD por los cuales se deben multiplicar los valores de diseño de referencia para las tensiones (ver la Tabla 7.3.3-1), con el fin de tener en cuenta el cambio en la resistencia del material en función del tiempo de actuación de la carga, son los indicados en la Tabla 4.3-2.
Para una combinación de acciones que incluye cargas de distinta duración actuando simultáneamente, será de aplicación el valor de CD correspondiente a la carga de menor duración. Todas las combinaciones de cargas que actúen deben ser evaluadas con este criterio para determinar la combinación crítica, es decir la que produce las mayores solicitaciones, que es la que se debe utilizar para el diseño de los miembros estructurales y sus uniones.
Los factores de duración de la carga, CD, son independientes de los factores de combinación de las cargas. Como los factores de combinación, que afectan los valores característicos de las cargas variables, consideran la probabilidad de ocurrencia simultánea de las acciones, mientras que CD tiene en cuenta la relación entre la duración de la carga y la resistencia del material, ambos pueden ser utilizados en el diseño estructural.
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Cap. 7 - 71
Factor de condición de servicio (CM)
Todos los valores de diseño de referencia considerados por este Reglamento para los miembros estructurales de tableros, y que deben ser provistos por el fabricante, están referidos a un contenido de humedad menor que el 16 % (estado seco). Esta condición de servicio corresponde a los miembros estructurales ubicados en locales cerrados o espacios semicubiertos.
Cuando la condición de servicio indica que el contenido de humedad será igual o superior que el 16 % durante la vida útil de la estructura (estado húmedo), y el fabricante indique que los miembros estructurales de tableros pueden ser utilizados en esa condición, los valores de diseño de referencia se deberán multiplicar por el factor de condición de servicio, CM (ver la Tabla 7.3.3-1.), cuyo valor debe ser provisto por el fabricante.
Factor de temperatura (Ct)
Cuando los miembros estructurales estén expuestos a temperaturas comprendidas entre 40 ºC y 65 ºC por un tiempo prolongado, los valores de diseño de referencia deben ser multiplicados por los valores de Ct (ver la Tabla 7.3.3-1.), los cuales deben ser provistos por el fabricante.
Las temperaturas superiores a 65 ºC pueden producir daños permanentes, sobre todo cuando actúen durante un tiempo prolongado, por lo que su consideración queda fuera del alcance de este Reglamento.
Efectos de los tratamientos de preservación y de protección contra el fuego
Los efectos de los tratamientos químicos de protección contra los ataques biológicos y contra el fuego deben ser considerados en el diseño estructural. La influencia de los tratamientos sobre las propiedades del material, cuyo conocimiento es necesario para calcular las tensiones de diseño ajustadas, debe ser obtenida de parte del proveedor del producto.
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Cap. 7 - 72
CAPÍTULO 8. DISEÑO DE UNIONES MECÁNICAS
8.1. ASPECTOS GENERALES
Este Capítulo es aplicable al diseño de uniones mecánicas en miembros estructurales de madera aserrada, madera laminada encolada estructural o materiales derivados de la madera. Las prescripciones que se incluyen para determinados medios de unión no excluyen la utilización de otros tipos cuando se demuestre, a través de análisis teóricos o resultados empíricos, que son aptos para desempeñarse adecuadamente conforme al destino de la construcción.
Esfuerzos en la zona de las uniones
La capacidad portante de los miembros estructurales debe ser verificada en la zona de las uniones mecánicas, para lo cual son de aplicación los artículos 3.1. y 3.2. de este Reglamento. No se deben proyectar excentricidades que induzcan esfuerzos de tracción perpendicular a las fibras en la madera salvo que el diseño esté respaldado por estudios detallados o resultados de ensayos (ver la Figura 8.1-1.).
Figura 8.1-1. Uniones excéntricas.
En las uniones múltiples, los elementos de fijación deben ser dispuestos simétricamente y en tresbolillo siempre que sea posible y en particular en los miembros estructurales solicitados perpendicularmente a la dirección de las fibras. Se debe procurar que los ejes de los miembros estructurales concurran al centro de gravedad de la unión.
Requisitos que deben cumplir las uniones
Los métodos de cálculo y los valores de diseño de referencia estipulados en este Reglamento corresponden a conexiones realizadas con un único tipo de medios de unión.
Si se diseñan uniones que involucran más de un tipo de medios de unión, tanto los procedimientos de cálculo como los valores de diseño de referencia y los factores de ajuste aplicables se deberán basar en estudios especiales o en resultados empíricos que no son proporcionados por este Reglamento.
Reglamento CIRSOC 601
Cap. 8 - 73
Todos los valores de diseño de referencia en carga lateral provistos en este Reglamento fueron determinados asumiendo que los miembros unidos se encuentran en contacto entre sí.
Diseño de piezas de acero u otros materiales
Las piezas de acero u otros materiales que formen parte de uniones o apoyos deben ser diseñadas para soportar los esfuerzos a los que estarán sometidos durante su vida útil de acuerdo con los Reglamentos CIRSOC e INPRES-CIRSOC correspondientes.
8.2. UNIONES CON ELEMENTOS DE FIJACIÓN DE TIPO CLAVIJA
Dentro de este grupo de elementos de fijación se incluyen los bulones, tirafondos, tornillos y clavos, cuyas características geométricas y mecánicas deben ser provistas por el fabricante. Los criterios de diseño adoptados por este Reglamento son válidos para elementos de fijación con diámetro nominal, D, igual o menor que 25,4 mm.
Las propiedades mecánicas más importantes de los elementos de fijación de tipo clavija para el cálculo de uniones, de acuerdo con este Reglamento son la tensión de fluencia, Fy, y la tensión de rotura en tracción, Fu. En particular, para el cálculo de la resistencia lateral, se requiere el valor de la tensión de fluencia en flexión, Fyb. En el Suplemento 4 de este Reglamento se indican valores de referencia de las propiedades mecánicas más importantes para elementos de fijación de calidades usuales.
Como criterio general se deben disponer al menos 2 elementos de fijación de tipo clavija en cada unión. Se exceptúa de este requerimiento a las uniones en las que la resistencia de diseño ajustada del elemento de fijación resulte al menos igual al doble de la carga aplicada.
El Proyectista Estructural podrá utilizar otros tipos de elementos de fijación de tipo clavija que los contemplados en este Reglamento, quedando bajo su responsabilidad la adopción de los valores de diseño y las adecuaciones que los métodos de cálculo requieran.
Bulones
Los bulones deberán ser colocados en orificios con una pre-perforación de un diámetro hasta un 8 % mayor que el diámetro nominal, D, en madera seca, y hasta un 12 % mayor en madera verde. Los orificios deberán estar alineados con precisión y los bulones deberán ser introducidos sin esfuerzos importantes.
Debajo de la tuerca y de la cabeza de cada bulón se deberán colocar arandelas. Su diámetro externo deberá ser igual a 3 D y su espesor 0,3 D.
Tirafondos
Los orificios pre-perforados para guiar la colocación de los tirafondos, tanto sometidos a una carga lateral como a una carga de extracción, deberán cumplir los siguientes requisitos:
a) para la zona no roscada del elemento deberán tener igual diámetro que el fuste, D, y
Reglamento Argentino de Estructuras de Madera
Cap. 8 - 74
una profundidad igual a la longitud no roscada del mismo,
b) para la zona roscada del elemento deben tener un diámetro comprendido entre el 40 % y el 80 % del diámetro del fuste y una longitud al menos igual a la longitud roscada del mismo.
El Proyectista Estructural deberá decidir, dentro de los porcentajes límite indicados para los orificios correspondientes a la zona roscada del elemento, aquel más conveniente para evitar daños. Los límites superiores se corresponden en general con maderas de elevada densidad y tirafondos de diámetros grandes.
No se deberá requerir la realización de orificios pre-perforados para tirafondos de diámetro igual o menor que 9,5 mm colocados en maderas con un valor característico (5 %) de la gravedad específica anhidra, G, menor o igual que 0,5 y sometidos a esfuerzo de extracción (ver la Tabla S.4.1.1-2.).
La penetración mínima de un tirafondo, en el miembro principal (lm) para uniones sometidas a una carga lateral, z, con una sección de corte, o en el miembro lateral (ls) para
uniones con dos secciones de corte, debe ser igual a 4 veces su diámetro nominal, D. La colocación se deberá efectuar con una llave y no se permitirá aplicar golpes con martillo. El empleo de lubricantes para facilitar la penetración en la madera no se debe considerar como un factor que afecte la resistencia del elemento.
Debajo de la cabeza de cada tirafondo se deben colocar arandelas. Su diámetro externo deberá ser igual a 3 D y su espesor 0,3 D.
Tornillos
Los orificios pre-perforados para guiar la colocación de los tornillos sometidos a una carga de extracción deben tener un diámetro aproximadamente igual al 90 % del diámetro del núcleo del tornillo, Dr, cuando G > 0,6 y al 70 % de Dr cuando 0,5 < G ≤ 0,6. No se requiere pre-perforación cuando G ≤ 0,5.
Los orificios pre-perforados para guiar la colocación de los tornillos sometidos a una carga lateral deben cumplir los siguientes requisitos:
a) cuando G > 0,6, para la zona no roscada del elemento deben tener aproximadamente igual diámetro que el fuste, D, y una profundidad igual a la longitud no roscada del mismo. Para la zona roscada del elemento deben tener aproximadamente igual diámetro que el núcleo, Dr .
b) cuando G ≤ 0,6, para la zona no roscada del elemento deben tener aproximadamente el 85 % de D y una profundidad igual a la longitud no roscada del mismo. Para la zona roscada del elemento deben tener aproximadamente el 85 % de Dr.
La penetración mínima de un tornillo, en el miembro principal (lm) para uniones sometidas a una carga lateral con una sección de corte, o en el miembro lateral (ls) para uniones con
dos secciones de corte, debe ser igual a 6 veces su diámetro nominal, D. La colocación se debe efectuar con una llave y no se permite aplicar golpes con martillo. El empleo de lubricantes para facilitar la penetración en la madera no se debe considerar como un factor que afecte la resistencia del elemento.
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Cap. 8 - 75
Clavos
El Proyectista Estructural debe decidir la conveniencia de colocar los clavos efectuando orificios pre-perforados teniendo en cuenta la aptitud para el clavado de la especie utilizada. En general, para maderas con G ≥ 0,5 se recomienda la realización de orificios pre-perforados, los que deberán cumplir los siguientes requisitos:
a) cuando G > 0,6, el diámetro del orificio no debe exceder el 90 % de D .
b) cuando G ≤ 0,6, el diámetro del orificio no debe exceder el 75 % de D .
El clavado oblicuo se debe realizar con un ángulo de aproximadamente 30 º con respecto a la dirección del miembro estructural, y la distancia entre el punto de penetración del clavo y el extremo del miembro estructural debe ser aproximadamente igual a un tercio de la longitud del clavo (ver la Figura 8.2-1.).
La penetración mínima de un clavo, en el miembro principal (lm) para uniones sometidas a una carga lateral con una sección de corte, o en el miembro lateral (ls) para uniones con
dos secciones de corte, debe ser igual a 6 veces su diámetro nominal, D. La penetración mínima de un clavo sometido a una carga de extracción debe ser igual a 10 D.
Los valores de diseño de referencia que se especifican en el Suplemento 4 de este Reglamento son de aplicación para clavos colocados con o sin orificios preperforados.
Figura 8.2-1. Unión con clavado oblicuo.
Otros tipos de elementos de fijación de tipo clavija
Si el Proyectista Estructural decide utilizar otros elementos de fijación de tipo clavija distintos a los descriptos anteriormente, queda bajo su exclusiva responsabilidad la utilización de los procedimientos provistos en el presente Capítulo así como el empleo de valores de diseño que reflejen el comportamiento de las uniones proyectadas.
Reglamento Argentino de Estructuras de Madera
Cap. 8 - 76
Geometría de las uniones con elementos de fijación de tipo clavija
En la Tabla 8.2-1. se indican las distancias mínimas que deben cumplir los elementos de fijación de tipo clavija con un diámetro nominal, D, mayor o igual que 6,35 mm y en la Tabla 8.2-2. se indican las correspondientes a clavos y tornillos con D < 6,35 mm. Las distancias indicadas corresponden a elementos sometidos a carga lateral. Las distancias mínimas para elementos de fijación sometidos solamente a carga de extracción se indican en la Tabla 8.2-3.
Si el Proyectista Estructural decide adoptar distancias menores que las indicadas en este Reglamento, queda bajo su exclusiva responsabilidad determinar la influencia que las mismas ejercen sobre los valores de la resistencia de diseño de referencia indicados en el Suplemento 4, así como calcular los factores de ajuste aplicables para obtener la resistencia de diseño ajustada. De igual manera, el Proyectista Estructural será responsable de verificar que la ejecución de la unión con distancias menores que las indicadas no provoque fisuras u otros daños relacionados con la disposición geométrica de los elementos de fijación.
Tabla 8.2-1. Distancias mínimas de elementos de fijación tipo clavija con D ≥ 6,35 mm y sometidos a carga lateral
Distancia al borde
al extremo en una fila entre filas (2)
Dirección de la carga respecto de las fibras
paralela
perpendicular (1)
paralela
perpendicular paralela perpendicular paralela perpendicular
Valores mínimos
3D al borde cargado 4 D al borde descargado 3 D al extremo cargado (tracción): 7 D al extremo descargado (compresión): 4 D
4D 7D 4D 4D 4D
(1) Si no se realiza un cálculo detallado se debe evitar ejecutar uniones que transmiten cargas importantes a vigas de madera aserrada o de madera laminada encolada por debajo de su eje neutro.
(2) La separación entre filas externas de una unión sometida a una carga paralela a la dirección de las fibras y materializada con la interposición de placas laterales de acero no debe superar los 127 mm (ver la Figura 8.2-2.). Esta limitación tiene por finalidad evitar la generación de esfuerzos locales, en dirección perpendicular a las fibras, producidos por la expansión y la contracción de la madera se puede obviar si se diseñan orificios ovalados que permitan el libre movimiento del material.
La adopción de las distancias mínimas indicadas en el presente artículo no eximen al Proyectista Estructural de adoptar los recaudos necesarios, conforme a las características de la especie que utilice en el diseño, para evitar la producción de fisuras en los miembros de madera al colocar los elementos de fijación. La ejecución de adecuadas pre-perforaciones y la consideración de distancias mayores a las mínimas indicadas pueden contribuir, en el caso de especies de alta densidad y baja aptitud para el clavado, a evitar la producción de fisuras y rajaduras en la zona de la unión.
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Cap. 8 - 77
Figura 8.2-2. Separación entre filas externas.
Tabla 8.2-2. Distancias mínimas para clavos y para tornillos con D < 6,35 mm y sometidos a carga lateral
Distancia
al borde
Dirección de la carga respecto
de las fibras
paralela
perpendicular (1)
al extremo
paralela
en una fila
perpendicular paralela perpendicular
entre filas (2)
paralela y perpendicular
(1) y (2) ver la Tabla 8.2-1.
Descripción
-
borde cargado borde descargado extremo cargado extremo descargado
-
filas alineadas filas en tresbolillo
Valores mínimos
sin preperforación
con preperforación
5D
3D
10 D
7D
5D
3D
15 D 10 D
10 D 15 D 10 D
5D
2,5 D
10 D 5D
5D 10 D
5D 3D
2,5 D
Todas las distancias indicadas en esta Tabla están basadas en las propiedades de la madera y son de aplicación en los miembros estructurales de madera. Cuando se empleen piezas auxiliares de acero u otros materiales, su diseño deberá contemplar el espaciamiento y la distancia a bordes de los orificios de acuerdo con los Reglamentos CIRSOC e INPRES-CIRSOC correspondientes.
Tabla 8.2-3. Distancias mínimas para elementos de fijación sometidos solamente a una carga de extracción
Distancia
al borde al extremo entre elementos
Valores mínimos
1,5 D 4D 4D
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Cap. 8 - 78
El término “distancia al borde” se refiere a la distancia desde la arista o borde de un miembro estructural de madera hasta el centro del elemento de fijación más cercano, medida perpendicularmente a la dirección de las fibras (ver la Figura 8.2-3.).
El término “distancia al extremo” se refiere a la distancia desde el extremo de un miembro estructural hasta el centro del elemento de fijación más cercano, medida paralelamente a la dirección de las fibras (ver la Figura 8.2-3.).
El término “fila” se refiere a un grupo de dos o más elementos de fijación alineados paralelamente con la dirección de la fuerza (ver la Figura 8.2-3.).
El término “distancia en una fila” se refiere a la distancia entre centros de dos elementos de fijación que forman parte de una fila (ver la Figura 8.2-3.).
Figura 8.2-3. Geometría de las uniones con elementos de fijación de tipo clavija.
8.2.1. Resistencia lateral
La carga lateral aplicada a una unión, z, actuando en dirección perpendicular al eje de los elementos de fijación (bulones, tirafondos, tornillos o clavos), no debe exceder la resistencia lateral de diseño ajustada de la unión, Z’.
Una unión con dos o más elementos de fijación, como las habitualmente empleadas en las
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Cap. 8 - 79
estructuras, se denomina “unión múltiple”. Cuando los elementos de fijación que conforman una unión múltiple son del mismo tipo, tienen similares dimensiones, y presentan el mismo modo de rotura (ver la Figura 8.2.1.1-1), el valor de la resistencia lateral de diseño ajustada de la unión, Z’, será igual a la suma de la resistencia lateral de diseño ajustada de cada uno de los elementos que la componen. A los fines de conducir el proceso de cálculo, la unión conformada por un único elemento de fijación se denomina “unión simple”.
En uniones múltiples, compuestas por elementos de fijación con diámetros relativamente grandes y separaciones pequeñas, la resistencia lateral, en dirección paralela a las fibras, puede estar determinada por la resistencia de la madera en la zona de la unión. El Proyectista Estructural debe verificar los efectos locales en este tipo de uniones de acuerdo con los principios de la ingeniería estructural. Un método para verificar los esfuerzos locales se describe en el artículo 8.2.4.
8.2.1.1. Valores de diseño de referencia
En el Suplemento 4 de este Reglamento se proporcionan valores de la resistencia al aplastamiento de la madera (Tabla S.4.1.1-1) y de placas de acero que actúan como dispositivos laterales auxiliares (Tabla S.4.1.1-4), así como de la tensión de fluencia en flexión de elementos de fijación de acero (Tabla S.4.1.1-3). Estos valores permiten calcular la resistencia lateral de diseño de referencia, Z, siguiendo las prescripciones que se indican a continuación para uniones constituidas por un único elemento de fijación (uniones simples). Para obtener el valor de la resistencia lateral de diseño de referencia de una unión múltiple, se debe multiplicar el valor obtenido para la unión simple por la cantidad de elementos que componen la unión.
Para el cálculo de valores de Z correspondientes a uniones donde la dirección de la fuerza actuante está inclinada un ángulo θ respecto de la dirección de las fibras, el Suplemento 4 indica el método a emplear para calcular la resistencia al aplastamiento de referencia inclinada un ángulo θ respecto de la dirección de las fibras, Feθ, que se debe sustituir en las expresiones que representan los modos de rotura posibles (ver la Tabla 8.2.1.1-1.).
Los valores indicados corresponden a elementos de fijación colocados sobre una cara o un canto del miembro estructural. Si el Proyectista Estructural decide insertar elementos de fijación sometidos a una carga lateral en el extremo de un miembro estructural, queda bajo su exclusiva responsabilidad adoptar los valores de la resistencia lateral de diseño de referencia y los factores de ajuste correspondientes.
Modos de rotura de un elemento de fijación de tipo clavija sometido a carga
lateral
La resistencia lateral de diseño de referencia, Z, de una unión de miembros de madera constituida por un único elemento de fijación (unión simple) es el menor valor de los obtenidos a través de la aplicación de las expresiones que representan los modos de rotura posibles indicados en la Tabla 8.2.1.1-1. Una representación gráfica de los modos de rotura se muestra en la Figura 8.2.1.1-1.
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Cap. 8 - 80
Figura 8.2.1.1-1. Modos de falla de las uniones con elementos de fijación de tipo clavija sometidos a carga lateral.
Las expresiones contenidas en la Tabla 8.2.1.1-1. son aplicables si se cumplen las siguientes condiciones:
a) La unión posee una sección de corte o dos secciones de corte, presentando, en este último caso, simetría respecto del plano normal al eje del elemento de fijación y que pasa por el centro del miembro principal.
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Cap. 8 - 81
b) Las superficies de los miembros estructurales unidos se encuentran en contacto.
c) La carga actúa perpendicularmente al eje de los elementos de fijación.
d) Las separaciones de los elementos de fijación cumplen las distancias mínimas indicadas en la Tabla 8.2-1 o en la Tabla 8.2-2.
e) La penetración del elemento de fijación en el miembro principal, para uniones con una sección de corte, o en el miembro lateral que contiene su extremo, para uniones con dos secciones de corte, cumple con lo indicado en el artículo 8.2.
Tabla 8.2.1.1-1. Expresiones correspondientes a los modos de rotura en uniones para un elemento de fijación de tipo clavija sometido a carga lateral
Modo de rotura
Una sección de corte
Dos secciones de corte
Expresiones
Im
Z
D mFem Rd
Z
D mFem Rd
(8.2.1.1-1)
Is
Z
D sFes Rd
Z
2D sFes Rd
(8.2.1.1-2)
II
Z
k1D sFes Rd
(8.2.1.1-3)
IIIm
Z
k2D mFem
1 2Re Rd
(8.2.1.1-4)
IIIs
Z
k3D sFem
2 Re Rd
Z
2k3D sFem
2 Re Rd
(8.2.1.1-5)
IV
Z
D2 Rd
2FemFyb 3 1 Re
Z
2D2 Rd
2FemFyb 3 1 Re
(8.2.1.1-6)
siendo:
D el diámetro nominal del elemento de fijación cuando éste no es roscado o cuando la zona
roscada está suficientemente lejos de las secciones de corte (ver la Figura 8.2.1.1-1.). En
caso contrario se debe tomar el diámetro del núcleo del elemento, Dr, en lugar de D.
Fem la resistencia al aplastamiento de referencia del miembro principal (ver el Suplemento 4)
Fes la resistencia al aplastamiento de referencia del miembro lateral (ver el Suplemento 4) Fyb la tensión de fluencia en flexión del elemento de fijación (ver el Suplemento 4)
lm la longitud del elemento de fijación dentro del miembro principal (ver la Figura 8.2.1.1-2.)
ls la longitud del elemento de fijación dentro del miembro lateral (ver la Figura 8.2.1.1-2.)
Rd el coeficiente de reducción (ver la Tabla 8.2.1.1.-2)
Re Fem / Fes
Rt lm / ls
k1
Re 2Re2 1 Rt Rt2 Rt 2Re3 Re 1 Rt 1 Re
k2 1
21
Re
2Fyb 1 2Re D2
3Fem
2 m
k3 1
21 Re
Re
2Fyb 2 Re D2
3Fem s2
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Cap. 8 - 82
Tabla 8.2.1.1-2. Coeficiente de reducción (Rd)
D
Modo de rotura
Rd
6,35 mm ≤ D ≤ 25,4 mm
Im, Is II
IIIm, IIIs, IV
4 Kθ 3,6 Kθ 3,2 Kθ
D < 6,35 mm
Im, Is, II, IIIm, IIIs, IV
KD(1)
siendo: θ el máximo ángulo entre la dirección de la fuerza y la de las fibras de cualquier miembro que integra la unión (0º ≤ θ ≤ 90º) Kθ 1 + 0,25(θ / 90) D el diámetro del elemento de fijación (mm) KD - para D ≤ 4,3 mm es KD = 2,2; - para 4,3 mm < D < 6,35 mm es KD = 0,38 D + 0,56
(1) En elementos de fijación roscados con D ≥ 6,35 mm y Dr < 6,35 mm, Rd = KD Kθ
ts = ls
ts = ls
tm = lm
lm
tss = lss ts = ls
tm = lm
tm = lm ls
Figura 8.2.1.1-2. Uniones con una y dos secciones de corte.
Uniones asimétricas con dos secciones de corte
La resistencia lateral de diseño de referencia, Z, de una unión simple con dos secciones de corte y asimétrica, es el menor valor de los obtenidos a través de la aplicación de las expresiones que representan los modos de rotura posibles para uniones simétricas (Tabla
8.2.1.1-1.) empleando el menor valor de ls.
Uniones con más de dos secciones de corte
Una unión que posee cuatro o más miembros (ver la Figura 8.2.1.1-3.) debe ser calculada en cada sección de corte con el criterio estipulado en este Reglamento para uniones con una sección de corte. La resistencia lateral de diseño de referencia, será igual a la mínima resistencia multiplicada por la cantidad de secciones de corte.
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Cap. 8 - 83
Figura 8.2.1.1-3. Unión con más de dos secciones de corte.
Uniones sometidas a una carga inclinada respecto del eje del elemento de
fijación
En uniones con una sección de corte donde la carga no actúa perpendicularmente al eje
del elemento de fijación, las longitudes ls y lm se deben adoptar como se indica en la
Figura 8.2.1.1-4.
La componente de la fuerza que actúa perpendicularmente a la dirección del eje del elemento de fijación no debe exceder la resistencia lateral de diseño ajustada, Z’, de una
unión compuesta por dos miembros con espesores ls y lm y en la cual la fuerza actúa
perpendicularmente al eje del elemento de fijación. Adicionalmente, se debe proveer una adecuada superficie para resistir la componente de la fuerza que actúa en dirección paralela al eje del elemento de fijación (ver la Figura 8.2.1.1-4.).
Para uniones con clavado oblicuo, la longitud ls del clavo dentro del miembro lateral se debe adoptar como el menor valor de ts y L/3. La longitud lm , dentro del miembro que aloja
la punta del clavo, se debe determinar proyectando verticalmente la longitud del clavo
inserta en ese miembro, es decir que lm = L cos 30º - L / 3 (ver la Figura 8.2-1.).
8.2.1.2. Ajuste de los valores de diseño de referencia
Para obtener la resistencia lateral de diseño ajustada de una unión, la resistencia lateral de diseño de referencia, Z, debe ser multiplicada por los factores de ajuste que se especifican en la Tabla 8.2.1.2-1.
Tabla 8.2.1.2-1. Factores de ajuste aplicables para uniones con elementos de fijación tipo clavija sometidos a carga lateral
Resistencia lateral Z’ = Z
Factores de ajuste aplicables
x
CD
CM
Ct
Cg
Ctn
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Cap. 8 - 84
ls lm
ls
lm
Figura 8.2.1.1-4. Carga inclinada respecto del eje del elemento de fijación.
Factor de duración de la carga (CD)
Los valores que se proveen en el Suplemento 4 para calcular la resistencia lateral de diseño de referencia, Z, se refieren al material cuando es sometido a una carga de duración normal (ver el artículo 4.3.).
Los valores de CD por los cuales se debe multiplicar la resistencia lateral de diseño de referencia con el fin de tener en cuenta el cambio en la resistencia del material en función del tiempo de actuación de la carga, son los indicados en la Tabla 4.3-2. El factor de carga instantánea no aplica a las uniones y consecuentemente debe ser CD ≤ 1,6.
Para una combinación de acciones que incluye cargas de distinta duración actuando simultáneamente, es de aplicación el valor de CD correspondiente a la carga de menor duración. Todas las combinaciones de cargas que actúan deben ser evaluadas para determinar la combinación crítica, que es la que se debe utilizar para el diseño de los miembros estructurales y sus uniones.
Los factores de duración de la carga, CD, son independientes de los factores de combinación de las cargas. Como los factores de combinación, que afectan los valores característicos de las cargas variables, consideran la probabilidad de ocurrencia simultánea de las acciones, mientras que CD tiene en cuenta la relación entre la duración de la carga y la resistencia del material, ambos pueden ser utilizados en el diseño estructural.
Factor de condición de servicio (CM)
Los valores que se proveen en el Suplemento 4 de este Reglamento para calcular la resistencia lateral de diseño de referencia, Z, están referidos a un contenido de humedad en servicio que corresponde a los miembros estructurales ubicados en locales ventilados o espacios semicubiertos (estado seco).
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Cap. 8 - 85
Cuando la condición de servicio, en el momento de la construcción de la unión o durante la vida útil de la estructura, determina un contenido de humedad en el material superior al del estado seco definido en el párrafo anterior, la resistencia lateral de diseño de referencia se debe multiplicar por el factor de condición de servicio, CM, cuyos valores se indican en la Tabla 8.2.1.2-2.
Tabla 8.2.1.2-2. Factor de condición de servicio (CM) para uniones con elementos de fijación de tipo clavija sometidos a una carga lateral
Contenido de humedad en el material
Al construir la unión
Durante la vida útil
CM
seco húmedo cualquiera
seco seco húmedo
1,0 0,4 (1) 0,7
(1) CM = 0,7 cuando D < 6,35 mm; CM = 1,0 cuando todos los elementos se ubican sobre una fila (paralela a la dirección de la fuerza)
Factor de temperatura (Ct)
Cuando las uniones están expuestas a temperaturas comprendidas entre 40 ºC y 65 ºC por un tiempo prolongado, los valores de la resistencia lateral de diseño de referencia deben ser ajustados a través de los valores de Ct indicados en la Tabla 8.2.1.2-3. Temperaturas superiores a 65 ºC pueden producir daños permanentes, sobre todo cuando su actuación es prolongada, y su consideración queda fuera del alcance de este Reglamento.
Tabla 8.2.1.2.-3. Factor de temperatura (Ct)
Condición de servicio en estado:
seco
verde
T ≤ 40 ºC
Ct 40 ºC < T ≤ 52 ºC 52 ºC < T ≤ 65 ºC
1,0
0,8
0,7
1,0
0,7
0,5
Factor de acción de grupo (Cg)
Cuando una fila esté integrada por 2 o más elementos de fijación, los valores de la resistencia lateral de diseño de referencia deberán ser multiplicados por el factor de acción de grupo Cg.
Para uniones con elementos de fijación con D < 6,35 mm se debe utilizar Cg = 1,0.
Para uniones con elementos de fijación con 6,35 mm ≤ D ≤ 25,4 mm, Cg se debe calcular con la siguiente expresión:
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Cap. 8 - 86
Cg
n
(1 REA
m (1 m2n ) mn )(1 m ) 1
m2n
1 REA 1 m
(8.2.1.2-1)
siendo:
n
el número de elementos de fijación en una fila (1) .
REA
el menor valor entre Es As ó Em Am .
Em Am
Es As
Em el módulo de elasticidad del miembro principal. Es el módulo de elasticidad del miembro lateral. Am el área bruta de la sección transversal del miembro principal (2) . As la suma de las áreas brutas de las secciones transversales de los miembros
laterales (2) .
m u u2 1 .
u
1
s 2
1
E
m
Am
1 Es As
.
s
la distancia entre centros de dos elementos consecutivos en una fila.
el módulo de deslizamiento, igual a 246 D1,5 (N / mm) para uniones con
piezas laterales de madera y a 369 D1,5 (N / mm) para uniones con piezas
laterales de acero, expresando siempre D en mm.
(1) Cuando los elementos de fijación están colocados en tresbolillo y la distancia entre filas adyacentes es menor a un cuarto de la distancia entre dos elementos ubicados en filas adyacentes, ambas filas adyacentes deben ser consideradas como una única fila. Cuando la unión contiene un número par de filas, este criterio es aplicable a cada par de filas. Cuando la unión contiene un número impar de filas, se debe aplicar el criterio más conservador dentro de los posibles (ver la Figura 8.2.1.2-1.).
(2) Cuando un miembro es cargado perpendicularmente a la dirección de las fibras, el valor del área bruta equivalente debe ser calculado como el producto del espesor del miembro por el ancho total del grupo de elementos de fijación (ver la Figura 8.2.1.2-2). Cuando la unión tiene solamente una fila de elementos, en lugar del ancho total del grupo de elementos de fijación se debe considerar la separación mínima entre los elementos de fijación en dirección paralela a las fibras.
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Cap. 8 - 87
Figura 8.2.1.2-1. Acción de grupo en miembros cargados paralelamente a la dirección de las fibras y unidos con elementos de fijación colocados en tresbolillo.
Figura 8.2.1.2-2. Acción de grupo en miembros cargados perpendicularmente a la dirección de las fibras y unidos con elementos de fijación colocados en tresbolillo.
Como alternativa a la expresión 8.2.1.2-1 y para una fila paralela a la dirección de las fibras conteniendo un número de elementos de fijación (n) mayor que 6, el factor de acción
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Cap. 8 - 88
de grupo, Cg, se puede estimar de manera simplificada como se indica a continuación: Para una fila paralela a la dirección de las fibras se puede emplear la expresión 8.2.1.2-2.
Cg
6
2( n 6 n
)
/
3
1
(8.2.1.2-2)
Para una fila perpendicular a la dirección de las fibras se puede considerar Cg = 1.
Para los casos en que la dirección de la fila forme un ángulo comprendido entre 0º y 90º con la dirección de las fibras se puede interpolar linealmente entre el valor obtenido aplicando la expresión 8.2.1.2-2 y 1.
Factor de clavado oblicuo (Ctn)
Si no se realiza clavado oblicuo el valor Ctn = 1. Cuando se utilizan uniones con clavado oblicuo, los valores de la resistencia lateral de diseño de referencia deben ser multiplicados por el factor de clavado oblicuo, Ctn. De no efectuarse un análisis más detallado o disponer de resultados experimentales, debe considerarse Ctn = 0,83.
Efectos de los tratamientos de preservación y de protección contra el fuego
Los efectos de los tratamientos químicos de protección contra los ataques biológicos y contra el fuego deben ser considerados en el diseño de las uniones mecánicas. La influencia de los tratamientos sobre las propiedades del material, cuyo conocimiento es necesario para calcular la resistencia lateral de diseño ajustada, debe ser obtenida de parte del proveedor del producto. Los valores provistos en el Suplemento 4 de este Reglamento para calcular la resistencia lateral de diseño de referencia se refieren a uniones realizadas con materiales sin tratamientos de impregnación por vacío-presión.
8.2.2. Resistencia a la extracción
La carga de extracción aplicada a una unión, w, actuando con dirección paralela al eje de los elementos de fijación (tirafondos, tornillos o clavos), no debe exceder la resistencia a la extracción de diseño ajustada de la unión, W’.
Cuando los elementos de fijación que conforman una unión múltiple son del mismo tipo, el valor de la resistencia a la extracción de diseño ajustada de la unión, W’, es igual a la suma de la resistencia a la extracción de diseño ajustada de todos los elementos que la componen.
El Proyectista Estructural es responsable de verificar las tensiones de tracción que la fuerza de extracción produce en el núcleo (con diámetro Dr) de los elementos de fijación de acuerdo con los Reglamentos CIRSOC e INPRES-CIRSOC correspondientes.
8.2.2.1. Valores de diseño de referencia
En el Suplemento 4 de este Reglamento se especifican valores de la resistencia a la extracción de diseño de referencia para uniones simples, es decir aquellas constituidas por
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Cap. 8 - 89
un único elemento de fijación, y por unidad de penetración efectiva (ver el artículo S.4.1.2. en el Suplemento 4).
Los valores especificados en el Suplemento 4 expresan la resistencia a la extracción de diseño de referencia (W) de un único elemento de fijación, con las características geométricas y las propiedades mecánicas que se indican, por unidad de penetración (N/mm). Para obtener la resistencia a la extracción de diseño de referencia del elemento de fijación completo se debe multiplicar el valor especificado en el Suplemento 4 por la penetración efectiva del elemento. A su vez, para obtener el valor de la resistencia a la extracción de diseño de referencia de una unión múltiple, se debe multiplicar el valor obtenido para el elemento de fijación completo por la cantidad de elementos que componen la unión.
Los valores indicados corresponden a elementos de fijación colocados sobre una cara o un canto del miembro estructural y con su eje perpendicular a la dirección de las fibras. Si el Proyectista Estructural decide ubicar elementos de fijación sometidos a una fuerza de extracción en el extremo de un miembro estructural, queda bajo su responsabilidad adoptar los valores de la resistencia a la extracción de diseño de referencia y los factores de ajuste correspondientes.
8.2.2.2. Ajuste de los valores de diseño de referencia
Para obtener la resistencia a la extracción de diseño ajustada de una unión simple, la resistencia a la extracción de diseño de referencia obtenida para un único elemento de fijación debe ser multiplicada por los factores de ajuste que se especifican en la Tabla 8.2.2.2-1.
Tabla 8.2.2.2-1. Factores de ajuste aplicables para uniones con elementos de fijación tipo clavija sometidos a carga de extracción
Resistencia a la extracción Factores de ajuste aplicables
W’ = W
x CD
CM
Ct
Ctn
Factor de duración de la carga (CD)
Es de aplicación lo expuesto para el factor CD en el artículo 8.2.1.2.
Factor de condición de servicio (CM)
Los valores indicados en el Suplemento 4 de este Reglamento para la resistencia a la extracción de diseño de referencia están referidos a un contenido de humedad en servicio que corresponde a los miembros estructurales ubicados en locales ventilados o espacios semicubiertos (estado seco).
Cuando la condición de servicio, en el momento de la construcción de la unión o durante la vida útil de la estructura, determine un contenido de humedad en el material superior al del estado seco definido en el párrafo anterior, la resistencia a la extracción de diseño de
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Cap. 8 - 90
referencia se debe multiplicar por el factor de condición de servicio, CM, cuyos valores se indican en la Tabla 8.2.2.2-2.
Tabla 8.2.2.2-2. Factor de condición de servicio (CM) para uniones con elementos de fijación de tipo clavija sometidos a una carga de extracción
Tipo de elemento Tirafondos y tornillos
Clavos lisos
Clavos con superficie resaltada
Contenido de humedad en el material Al construir la unión Durante la vida útil
CM
cualquiera cualquiera
seco húmedo seco húmedo
seco
1,0
húmedo
0,7
seco
1,0
seco
0,25
húmedo
0,25
húmedo
1,0
cualquiera
cualquiera
1,0
El factor de condición de servicio, CM, no es aplicable a uniones con clavado oblicuo sometidas a una carga de extracción.
Factor de temperatura (Ct)
Es de aplicación lo expuesto para el factor Ct en el artículo 8.2.1.2
Factor de clavado oblicuo (Ctn)
Cuando se utilizan uniones con clavado oblicuo, los valores indicados en el Suplemento 4 de este Reglamento para la resistencia a la extracción de diseño de referencia deben ser multiplicados por el factor de clavado oblicuo, Ctn. De no efectuarse un análisis más detallado, puede considerarse Ctn = 0,67.
8.2.3. Resistencia lateral y a la extracción combinadas
Tirafondos y tornillos
Cuando un tirafondo o un tornillo está sometido a una carga cuya dirección forma un ángulo α con la dirección de las fibras (ver la Figura 8.2.3-1.), la resistencia lateral de diseño ajustada de la unión, Z’α, se debe determinar con la siguiente expresión:
Z'
W'
W' Z' cos2 Z'
sen2
(8.2.3-1)
siendo:
W’ la resistencia a la extracción de diseño ajustada del elemento completo, considerando su penetración efectiva.
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Cap. 8 - 91
Z’ la resistencia lateral de diseño ajustada cuando la carga actúa perpendicularmente al eje del elemento de fijación.
Figura 8.2.3-1. Carga lateral y a la extracción combinadas.
Clavos
Cuando un clavo está sometido a una carga cuya dirección forma un ángulo α con la dirección de las fibras (ver la Figura 8.2.3-1), la resistencia lateral de diseño ajustada de la unión, Z’α, se debe determinar con la siguiente expresión:
Z'
W'
W' Z' cos Z'
sen
(8.2.3-2)
donde W’ y Z’ tienen el mismo significado que en la expresión 8.2.3-1.
8.2.4. Esfuerzos locales en los miembros estructurales unidos
En uniones múltiples, compuestas por elementos de fijación con diámetros relativamente grandes y separaciones pequeñas, la resistencia lateral en dirección paralela a las fibras de la unión puede no estar determinada por el valor Z’ calculado de acuerdo con el artículo 8.2.1. sino por la resistencia de la madera en la zona de la unión, la cual queda definida por el menor valor que se obtiene de calcular: a) la resistencia a tracción en la sección neta, b) la resistencia al esfuerzo de corte o desgarramiento de las filas, y c) la resistencia al arrancamiento del grupo.
De no emplearse un método más preciso, a continuación se indica un procedimiento aplicable para calcular la resistencia a tracción en la sección neta, la resistencia al esfuerzo de corte o desgarramiento de las filas y la resistencia al arrancamiento del grupo.
Resistencia a tracción en la sección neta
La resistencia a la tracción de diseño, ajustada, en el área neta de la sección transversal, Z’NT, (ver el artículo 3.1.) se debe calcular con la siguiente expresión:
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Cap. 8 - 92
Z’NT = F’t Anet
(8.2.4-1)
siendo: F’t la tensión de diseño en tracción paralela a las fibras ajustada. Anet el área neta de la sección transversal.
Resistencia al esfuerzo de corte o desgarramiento de las filas
La resistencia al esfuerzo de corte de diseño, ajustada, de una fila, Z’RTi, (ver la Figura 8.2.4-1.) se debe calcular con la siguiente expresión:
Z' RTi
ni
F'V Acrit 2
(8.2.4-2)
siendo: ni el número de elementos de fijación en la fila i. F’v la tensión de diseño en corte paralelo a las fibras, ajustada. Acrit el área de la superficie de corte correspondiente al elemento de fijación i (la menor si no son iguales).
En la expresión 8.2.4-2 se admite que las tensiones originadas por el esfuerzo de corte, fv, varían a lo largo de la fila desde un valor máximo igual a F’v hasta cero y que la relación entre tensiones y deformaciones varía linealmente en esa longitud.
Figura 8.2.4-1. Desgarramiento de filas.
Reglamento CIRSOC 601
Cap. 8 - 93
Asumiendo dos secciones de corte para cada fila, la expresión 8.2.4-2 se transforma en:
Z'RTi niF'V tscrit
(8.2.4-3)
siendo:
t el espesor del miembro unido.
scrit el menor valor entre la distancia al extremo o la mínima separación de dos elementos de fijación en la fila.
La resistencia al esfuerzo de corte de diseño, ajustada, de todas las filas que componen la unión, Z’RT, es:
Z'RT im1Z'RTi
(8.2.4-4)
siendo:
m el número de filas que componen la unión.
Resistencia al arrancamiento del grupo
La resistencia al arrancamiento de diseño, ajustada, del grupo, Z’GT, se compone de la mitad de la resistencia al esfuerzo de corte de cada fila externa y de la resistencia a la tracción de la sección transversal neta ubicada entre esas filas externas (ver la Figura 8.2.4-2.). Su valor se debe calcular con la siguiente expresión:
Z'GT
Z' RT1 2
Z' RTn 2
F' t
Agn
(8.2.4-5)
siendo: Z’RT1 la resistencia al esfuerzo de corte de diseño, ajustada, de la fila 1 del grupo. Z’RTn la resistencia al esfuerzo de corte de diseño, ajustada, de la fila n del grupo. F’t la tensión de diseño en tracción paralela a las fibras ajustada. Agn el área neta de la sección transversal del grupo entre las filas 1 y n.
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Cap. 8 - 94
Figura 8.2.4-2. Arrancamiento de un grupo.
8.2.5. Verificación de las condiciones de servicio: Deslizamiento de los miembros unidos con elementos de fijación de tipo clavija sometidos a carga lateral
Cálculo del deslizamiento instantáneo
De no efectuarse un cálculo más detallado ni contar con resultados experimentales, el valor medio del deslizamiento instantáneo, ∆Zi , que experimentan los miembros de una unión construida con elementos de fijación de tipo clavija sometida a carga lateral, puede efectuarse con la siguiente expresión:
siendo:
∆Zi = ∆ZP + RZ / γ
(8.2.5-1)
∆ZP la diferencia entre el diámetro del orificio y el del elemento de fijación cuando éste se coloca con una pre-perforación de diámetro mayor a su diámetro nominal, como es el caso de los bulones. Para los otros casos es ∆ZP = 0 .
RZ la fuerza lateral aplicada a cada elemento de fijación.
γ
el módulo de deslizamiento instantáneo por cada sección de corte y por
cada elemento de fijación.
Cuando el cálculo del deslizamiento instantáneo no es un requerimiento importante del proyecto, el cálculo de γ se puede efectuar con las siguientes expresiones:
Para uniones con piezas laterales de madera:
γ = 246 D1,5 (N/mm)
(8.2.5-2)
Reglamento CIRSOC 601
Cap. 8 - 95
Para uniones con piezas laterales de acero:
γ = 369 D1,5 (N/mm)
(8.2.5-3)
siendo:
D el diámetro, en mm.
Cuando el cálculo del deslizamiento instantáneo es un requerimiento importante del proyecto, el cálculo de γ se puede efectuar con las siguientes expresiones, válidas tanto para uniones con piezas laterales de madera como de acero:
Para uniones con bulones, tirafondos, tornillos y clavos con orificios pre-perforados:
γ = ρ0,051,5 D / 20 (N/mm)
Para uniones con clavos sin orificios pre-perforados:
(8.2.5-4)
γ = ρ0,051,5 D0,8 / 25 (N/mm)
(8.2.5-5)
siendo: ρ0,05
el valor característico de la densidad correspondiente al percentil 5 %, con un contenido de humedad del 12 %, expresada en kg/m3 (se indica en los suplementos de este Reglamento).
D el diámetro del elemento de fijación expresado en mm.
Cálculo del deslizamiento diferido
Cuando las cargas permanentes y las de larga duración, tales como las sobrecargas de uso, representan un porcentaje relativamente alto del total de las cargas de diseño, el deslizamiento diferido, y consecuentemente el deslizamiento final, ∆Zf , pueden alcanzar valores sensiblemente mayores al correspondiente al deslizamiento instantáneo, ∆Zi . Para el cálculo del deslizamiento diferido y del deslizamiento final, ∆Zf , es de aplicación el criterio expuesto en el artículo 3.2.3.
Reglamento Argentino de Estructuras de Madera
Cap. 8 - 96
CAPÍTULO 9. DISEÑO DE SISTEMAS ESTRUCTURALES
9.1. ASPECTOS GENERALES
Este Capítulo es aplicable al diseño de sistemas estructurales que constituyen estructuras reticuladas, diafragmas, pórticos y arcos planos y arriostramientos.
9.2. ESTRUCTURAS RETICULADAS
De no utilizarse un modelo más preciso, las estructuras reticuladas se pueden representar como barras dispuestas según un sistema de líneas rectas articuladas en los nudos. En este caso, las líneas que representan las barras deben quedar incluidas dentro del perfil de éstas y en las barras perimetrales deberán coincidir con los ejes.
El comportamiento no lineal de una barra comprimida, debido a la inestabilidad por pandeo, puede no considerarse en el análisis general si éste se tiene en cuenta en la comprobación de la resistencia de la barra propiamente dicha.
En estructuras completamente trianguladas, con altura mayor que el 15 % de su longitud y a 10 veces el canto del mayor de sus cordones, y en las cuales el nudo correspondiente al apoyo se ubica sobre el apoyo real, de no emplearse un método más preciso puede efectuarse un análisis simplificado para calcular los esfuerzos normales y los momentos flectores.
Si se cumplen las condiciones expresadas en el párrafo anterior, los esfuerzos normales se pueden determinar admitiendo que todos los nudos se encuentran articulados. Los momentos flectores originados por cargas transversales contenidas en el plano de la estructura se pueden calcular suponiendo ambos extremos articulados en barras de un solo vano y suponiendo apoyos simples en cada nudo cuando las barras son continuas.
En estructuras totalmente trianguladas, de no emplearse un método más preciso, la longitud efectiva de pandeo de una barra en el plano de la cercha se puede considerar igual a la separación entre nudos.
La estabilidad de las barras debe ser comprobada también fuera del plano de la estructura. El arriostramiento necesario para inmovilizar transversalmente los nudos se puede lograr a través de estructuras reticuladas auxiliares perpendiculares al plano de la estructura principal o de miembros lineales vinculados a los nudos de las mismas y anclados en sistemas estructurales capaces de proveer la necesaria reacción transversal. En estructuras de techos, componentes ubicados en el plano de la cubierta, como los clavadores, así como entablados continuos, se pueden considerar en el cálculo si son debidamente vinculados al cordón superior de las cerchas. En estos casos, la estabilidad lateral del cordón inferior deberá ser especialmente verificada para las combinaciones de cargas que producen esfuerzos de compresión en el mismo.
Reglamento CIRSOC 601
Cap. 9 - 97
Todas las barras y conexiones deben contar con las dimensiones y capacidad necesarias para equilibrar las acciones aplicadas sin exceder las tensiones de diseño ajustadas.
En ausencia de requisitos especiales, las deformaciones admisibles recomendadas en la Tabla 3.2.3-1. son de aplicación para las estructuras reticuladas, tanto para la longitud total de las mismas como para cada barra componente. En el cálculo de la deformación final neta originada por la totalidad de las cargas, con el fin de compararla con el valor recomendado en la tercera columna de la Tabla 3.2.3-1., se deberá deducir la contraflecha, en el caso de que exista. Ésta no será tenida en cuenta en el cálculo de la deformación instantánea originada por las cargas variables.
El cálculo de las deformaciones debe tener en cuenta tanto las deformaciones de las barras como el deslizamiento en las uniones. Es de considerar que en este tipo de estructuras la deformación originada por el deslizamiento de las conexiones adquiere frecuentemente una importancia mucho mayor que la producida por las deformaciones de las barras. El cálculo de las deformaciones instantáneas de las barras se debe efectuar por medio de los métodos habituales empleados en la ingeniería estructural y es de aplicación lo expresado en el artículo 3.2.3. para los valores del módulo de elasticidad de referencia. El cálculo del deslizamiento de las uniones se debe efectuar de acuerdo con el artículo 8.2.5. Para el cálculo de las deformaciones diferidas, es de aplicación el criterio expuesto en el artículo 3.2.3.
9.3. DIAFRAGMAS
El término “diafragma horizontal” se refiere a un sistema estructural constituido por tableros estructurales, unidos mecánicamente a un entramado de madera, con capacidad para transmitir esfuerzos horizontales hacia miembros resistentes verticales. Los diafragmas horizontales más comunes se construyen en el plano de la cubierta y del entrepiso o forjado.
El término “diafragma vertical” se refiere a un sistema estructural constituido por tableros estructurales, unidos mecánicamente a un entramado de madera, con capacidad para transmitir esfuerzos horizontales paralelos a su plano. Los diafragmas verticales más comunes se construyen en el plano de las paredes, por lo cual también se los denomina muros de corte.
De no emplearse un método más detallado de análisis y si no se cuenta con resultados de ensayos llevados a cabo sobre un prototipo, los diafragmas pueden ser diseñados considerando un comportamiento análogo al de una viga. De acuerdo con éste, los miembros estructurales del entramado de madera resisten esfuerzos normales mientras que los tableros estructurales resisten esfuerzo de corte actuando en su plano. El diseño debe tener en cuenta los esfuerzos axiales que actúan sobre los miembros del entramado, las tensiones cortantes que solicitan a los tableros estructurales en su plano, así como todas las fuerzas que deben ser transmitidas por las uniones mecánicas y los anclajes.
Los miembros del entramado, los tableros estructurales y las conexiones deben contar con las dimensiones y capacidad necesarias para equilibrar las acciones aplicadas sin exceder las tensiones de diseño ajustadas.
En caso que sea necesario conocer la deformación de un diafragma, su valor debe ser calculado conforme los principios de la ingeniería estructural y utilizando los valores de
Reglamento Argentino de Estructuras de Madera
Cap. 9 - 98
diseño ajustados para las propiedades elásticas correspondientes a los miembros del entramado, los tableros estructurales y las uniones mecánicas.
9.4. PÓRTICOS Y ARCOS PLANOS
Los pórticos y los arcos planos se utilizan normalmente en construcciones que deben salvar luces importantes. Para el diseño puede emplearse un método simplificado de cálculo o efectuarse un análisis de segundo orden.
El diseño puede realizarse en forma simplificada considerando el equilibrio de la estructura indeformada. El cálculo se debe llevar a cabo en este caso en forma análoga al de vigas y columnas, como se indica en los artículos correspondientes de este Reglamento, teniendo en cuenta la comprobación de la estabilidad en el plano que contiene al pórtico o arco y también transversalmente a él. Las longitudes de pandeo de los miembros estructurales deben determinarse en este caso conforme a los métodos habituales empleados en la ingeniería estructural aplicada al diseño con madera. Componentes ubicados en el plano de la cubierta, como clavadores o entablados continuos, pueden considerarse en el cálculo para el arriostramiento transversal si son debidamente vinculados al pórtico o arco.
De utilizarse un análisis de segundo orden, la deformada inicial del sistema debe tener en cuenta las imperfecciones inevitables de la estructura, y la contribución de los deslizamientos de las uniones mecánicas. Además del nivel de las tensiones y de las deformaciones, el procedimiento empleado debe permitir detectar la transformación de la estructura en un mecanismo y la aparición de fenómenos de inestabilidad.
Todos los miembros estructurales y conexiones deben contar con las dimensiones y capacidad necesarias para equilibrar las acciones aplicadas sin exceder las tensiones de diseño ajustadas.
El cálculo de las deformaciones instantáneas se debe efectuar por medio de los métodos habituales empleados en la ingeniería estructural y es de aplicación lo expresado en el artículo 3.2.3. para los valores del módulo de elasticidad de referencia. Para el cálculo de las deformaciones diferidas, es de aplicación el criterio expuesto en el artículo 3.2.3. El control de las deformaciones de pórticos y arcos debe efectuarse teniendo en cuenta el destino de la construcción. No obstante, en ausencia de requisitos especiales, pueden aplicarse las deformaciones admisibles recomendadas en la Tabla 3.2.3-1.
9.5. ARRIOSTRAMIENTOS
Los miembros estructurales que no sean adecuadamente rígidos deberán arriostrarse para prevenir la inestabilidad o la deformación excesiva.
El diseño de una estructura debe considerar el equilibrio de la construcción ante las acciones verticales y horizontales. De no existir diafragmas (ver el artículo 9.3.) u otros componentes capaces de proveer las reacciones horizontales adecuadas, el equilibrio de acciones horizontales que actúan paralelamente al plano de vigas o cerchas puede lograrse vinculando éstas a las columnas en las cuales se apoyan, para constituir un sistema capaz de transportar los esfuerzos hacia las fundaciones. Para equilibrar las acciones horizontales que actúan perpendicularmente al plano de vigas o cerchas, se pueden diseñar sistemas vinculando miembros estructurales a las columnas, ubicados en
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Cap. 9 - 99
el plano del muro, los cuales deberían ubicarse en los mismos vanos en los cuales se localizan los arriostramientos transversales de las vigas o cerchas de la cubierta.
De considerarse necesario calcular las deformaciones horizontales, el cálculo debe tener en cuenta tanto las deformaciones de los miembros estructurales como el deslizamiento en las uniones. El cálculo de las deformaciones instantáneas de los miembros estructurales se debe efectuar por medio de los métodos habituales empleados en la ingeniería estructural y es de aplicación lo expresado en el artículo 3.2.3. para los valores del módulo de elasticidad de referencia. El cálculo del deslizamiento de las uniones debe efectuarse conforme al artículo 8.2.5.
Reglamento Argentino de Estructuras de Madera
Cap. 9 - 100
SUPLEMENTOS
La presente edición de los Suplementos del Reglamento Argentino de Estructuras de Madera CIRSOC 601-2016 incluye una ampliación en relación a la primera versión del año 2013. En términos generales, la edición actual incluye los valores de las propiedades correspondientes a las tablas de álamo (Populus deltoides ‘Australiano 129/60’ y ‘Stoneville 67) contempladas en la norma IRAM 9662-4 (2015) y a la madera laminada encolada estructural construida con tablas de las especies mencionadas (IRAM 9660-1 2015).
Los cambios incluidos en esta edición, respecto de la versión del año 2013, son los siguientes:
-En todos los suplementos: Las citas de las normas IRAM 9660-1/2, 9661, 9662-1/2/3 se presentan actualizadas a la última edición de esas normas (año 2015). A su vez, se introducen las citas referidas a la primera edición de la norma IRAM 9662-4 (año 2015).
-En el Suplemento 1: Se incluye el artículo S.1.1.4 conteniendo las Tablas S.1.1.4-1 y S.1.1.4-2.
-En el Suplemento 2: Se incorporan a la Tabla S.2.1.1-1 los valores de diseño de referencia para madera laminada encolada estructural de álamo (Populus deltoides ‘Australiano 129/60’ y ‘Stoneville 67’) cultivado en el delta del río Paraná.
-En el Suplemento 4: Se incorporan a la Tabla S.4.1.1-2 los valores de la gravedad específica anhidra (G) de la madera de álamo (Populus deltoides ‘Australiano 129/60’ y ‘Stoneville 67’) cultivado en el delta del río Paraná, para las clases resistentes obtenidas según el método adoptado por la norma IRAM 9662-4 (2015).
SUPLEMENTOS DEL REGLAMENTO CIRSOC 601.
VALORES DE DISEÑO DE REFERENCIA
Los valores de diseño de referencia que se incluyen en los Suplementos del presente Reglamento están determinados para ser utilizados con los métodos de cálculo que se indican en los Capítulos correspondientes.
La aplicación de las reglas de diseño adoptadas por este Reglamento requiere conocer las propiedades mecánicas del material con un grado de confianza adecuado. Por otra parte, hay que considerar que las investigaciones y análisis que han permitido obtener los valores de diseño incorporados hasta la fecha deben ser complementados con otros estudios referidos tanto a nuevas combinaciones especie/procedencia cultivadas en el país, aún no estudiadas sistemáticamente, como a otros productos de aplicación en estructuras de madera.
Los proyectos actualmente en desarrollo en diversas instituciones aportan cada año nuevos resultados, los cuales a su vez permiten la actualización de las normas IRAM que luego proveen información de base para deducir los valores de diseño de referencia. Considerando esta dinámica, el INTI-CIRSOC contempla convocar anualmente a la Comisión Permanente de Estructuras de Madera con el propósito de que la misma evalúe los avances en ese campo y proponga al Comité Ejecutivo una actualización periódica de los Suplementos. A través de esta metodología, los profesionales podrán contar con valores de diseño de referencia actualizados y que gradualmente abarquen una mayor cantidad de información sobre el comportamiento estructural de los materiales contemplados en este Reglamento.
Reglamento CIRSOC 601
Suplementos - 101
Reglamento Argentino de Estructuras de Madera
Suplementos - 102
SUPLEMENTO 1. VALORES DE DISEÑO PARA MADERA ASERRADA
S.1.1. VALORES DE DISEÑO DE REFERENCIA
Los valores de diseño de referencia que se incluyen en el presente Suplemento están determinados considerando los procedimientos de diseño de este Reglamento.
La inclusión de valores correspondientes a nuevas combinaciones especie / procedencia, o la modificación de los existentes, será decidida por la Comisión Permanente de Estructuras de Maderas del INTI-CIRSOC luego de analizar en cada caso la documentación respaldatoria de los valores propuestos.
En los casos en que las clases resistentes y el método de clasificación estén incluidos en una norma IRAM vigente, los valores de diseño de referencia para esas clases, que se indiquen en este Suplemento, irán acompañados de la indicación de la norma IRAM correspondiente.
En los casos en que las clases resistentes y el método de clasificación no estén incluidos en una norma IRAM vigente, los valores de diseño de referencia para esas clases que se indiquen en este Suplemento, irán acompañados de un Apéndice que contendrá el método de clasificación a aplicar. Esta situación se deberá considerar transitoria hasta la aprobación de la norma IRAM correspondiente, y la Comisión Permanente de Estructuras de Maderas del INTI-CIRSOC decidirá en cada caso el período de su vigencia.
S.1.1.1. Pino Paraná (Araucaria angustifolia), cultivado en la provincia de Misiones
Tablas de pino Paraná clasificadas por resistencia conforme a la norma IRAM 9662-
1 (2015)
Los valores que se indican en la Tabla S.1.1.1-1. y en la Tabla S.1.1.1-2. son aplicables a tablas de pino Paraná, cultivado en la provincia de Misiones, que cumplan las siguientes condiciones:
Su clasificación por resistencia se realiza conforme los requisitos de la norma IRAM 96621 (2015).
Su espesor nominal, t, es menor o igual que 50 mm y la relación entre su ancho, d, y su espesor, t, es igual o superior a 2.
Cuando son sometidas a flexión, ésta se produce respecto de su eje de menor momento de inercia (flexión de plano).
Reglamento CIRSOC 601
Suplementos - 103
Tabla S.1.1.1-1. Valores de diseño de referencia para tablas de pino Paraná clasificadas por resistencia conforme a la norma IRAM 9662-1 (2015) (N / mm2)
Clase de resistencia
1 2 (1) Flexión de plano
Fb(1)
Ft
Fv
Fc┴
Fc
E
E0,05
Emín
9,4 5,6 0,9 1,0 7,2 14600 9800 6200 4,4 2,5 0,5 0,9 5,0 9900 6600 4200
Tabla S.1.1.1-2. Valores de la densidad para tablas de pino Paraná clasificadas por resistencia de acuerdo con la norma IRAM 9662-1 (2015) (kg / m3)
Clase de resistencia
ρ0,05
1
460
2
400
siendo:
ρ0,05 el valor característico de la densidad correspondiente al percentil 5 % con un contenido de humedad del 12 %
Madera aserrada de pino Paraná (Araucaria angustifolia) clasificada por resistencia
de acuerdo con el método que se incluye en el Apéndice 1 de este Suplemento
Los valores que se indican en la Tabla S.1.1.1-3. y en la Tabla S.1.1.1-4. son aplicables a piezas aserradas de Pino Paraná (Araucaria angustifolia), cultivado en la provincia de Misiones, que cumplan las condiciones siguientes:
Su clasificación por resistencia se lleva a cabo de acuerdo con el método que se incluye en el Apéndice 1 de este Suplemento.
Su espesor nominal, t, es mayor o igual que 50 mm.
Se emplean en miembros estructurales de madera aserrada, quedando excluido su uso para la construcción de madera laminada encolada estructural. Cuando son sometidas a flexión, ésta se produce respecto del eje de mayor momento de inercia (flexión de canto).
Tabla S.1.1.1-3. Valores de diseño de referencia para madera aserrada de pino Paraná (Araucaria angustifolia) (N/mm2) clasificada por resistencia de acuerdo con el método que se incluye en el Apéndice 1 de este Suplemento
Clase de resistencia Fb(1) Ft Fv Fc┴ Fc
E
E0,05 Emín
1
10,6 6,3 1,1 1,0 7,5 13300 8900 5700
2
6,6 4,1 0,7 0,8 6,3 11400 7700 4900
3
5,0 3,1 0,6 0,8 5,3 10000 6700 4200
(1) Flexión de canto
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Suplementos - 104
Tabla S.1.1.1-4. Valores de la densidad para madera aserrada de pino Paraná (Araucaria angustifolia) (kg/m3) clasificada por resistencia de acuerdo con el método que se incluye en el Apéndice 1 de este Suplemento
siendo: ρ0,05
Clase de resistencia
ρ0,05
1
440
2
390
3
390
el valor característico de la densidad correspondiente al percentil 5 % con un contenido de humedad del 12 %
S.1.1.2. Eucalipto grandis (Eucalyptus grandis), cultivado en las provincias de Entre Ríos, Corrientes y Misiones
Tablas de eucalipto grandis clasificadas por resistencia conforme a la norma IRAM
9662-2 (2015)
Los valores que se indican en la Tabla S.1.1.2-1. y en la Tabla S.1.1.2-2. son aplicables a tablas de eucalipto grandis, cultivado en las provincias de Entre Ríos, Corrientes y Misiones, que cumplen las condiciones siguientes:
Su clasificación por resistencia se realiza de acuerdo con los requisitos de la norma IRAM 9662-2 (2015).
Su espesor nominal, t, es menor o igual que 50 mm y la relación entre su ancho, d, y su espesor, t, es igual o superior a 2.
Cuando son sometidas a flexión, ésta se produce respecto de su eje de menor momento de inercia (flexión de plano)
Tabla S.1.1.2-1. Valores de diseño de referencia para tablas de eucalipto grandis clasificadas por resistencia de acuerdo con la norma IRAM 9662-2 (2015) (N/mm2)
Clase de resistencia Fb(1) Ft Fv Fc┴ Fc
E
E0,05 Emín
1
9,4 5,6 0,9 1,8 7,2 12000 8100 5100
2
7,5 4,4 0,8 1,7 6,6 10800 7200 4600
(1) Flexión de plano
Tabla S.1.1.2-2. Valores de la densidad para tablas de eucalipto grandis clasificadas por resistencia de acuerdo con la norma IRAM 9662-2 (2015) (kg / m3)
Clase de resistencia
ρ0,05
1
430
2
430
siendo: ρ0,05 el valor característico de la densidad correspondiente al percentil 5 % con un contenido de humedad del 12 %
Reglamento CIRSOC 601
Suplementos - 105
Madera aserrada de Eucalyptus grandis clasificada por resistencia de acuerdo con
el método adoptado por la norma IRAM 9662-2 (2015)
Los valores que se indican en la Tabla S.1.1.2-3. y en la Tabla S.1.1.2-4. son aplicables a
piezas aserradas de Eucalyptus grandis, cultivado en las provincias de Entre Ríos, Corrientes y Misiones, que cumplen las siguientes condiciones:
Su clasificación por resistencia se lleva a cabo conforme los requisitos de la norma IRAM 9662-2 (2015).
Se emplean en miembros estructurales de madera aserrada, quedando excluido su uso para la construcción de madera laminada encolada estructural. No existen limitaciones para las dimensiones de su sección transversal ni para el tipo de esfuerzo a que están sometidas, siempre que se cumpla con las especificaciones de este Reglamento.
Las piezas asignadas a la clase de resistencia 3 son las que no cumplen los requisitos establecidos en la norma IRAM 9662-2 (2015) para las clases resistentes 1 y 2.
Tabla S.1.1.2-3. Valores de diseño de referencia para madera aserrada de Eucalyptus grandis clasificada por resistencia de acuerdo con el método adoptado por la norma IRAM 9662-2 (2015) (N / mm2)
Clase de resistencia Fb
Ft Fv Fc┴ Fc
E
E0,05
1
9,4 5,6 0,9 1,8 7,2 12000 8100
2
7,5 4,4 0.8 1,7 6,6 10800 7200
3
5.6 3,4 0.6 1,5 5,6 10000 6700
Emín
5100 4600 4200
Tabla S.1.1.2-4. Valores de la densidad para madera aserrada de Eucalyptus grandis clasificada por resistencia de acuerdo con el método adoptado por la norma IRAM 9662-2 (2015) (kg/m3)
Clase de resistencia
ρ0,05
1
430
2
430
3
430
siendo: ρ0,05 el valor característico de la densidad correspondiente al percentil 5 % con un contenido de humedad del 12 %
S.1.1.3. Pino taeda y elliotti (Pinus taeda y elliottii), cultivado en el noreste argentino
Tablas de pino taeda y elliotti clasificadas por resistencia de acuerdo con la norma
IRAM 9662-3 (2015)
Los valores que se indican en la Tabla S.1.1.3-1. y en la Tabla S.1.1.3-2. son aplicables a tablas de pino taeda y elliotti, cultivados en las provincias de Misiones y Corrientes, que cumplen las condiciones siguientes:
Su clasificación por resistencia se realiza de acuerdo con los requisitos de la norma IRAM 9662-3 (2015).
Reglamento Argentino de Estructuras de Madera
Suplementos - 106
Su espesor nominal, t, es menor o igual que 50 mm y la relación entre su ancho, d, y su espesor, t, es igual o superior a 2.
Cuando son sometidas a flexión, ésta se produce respecto de su eje de menor momento de inercia (flexión de plano).
Tabla S.1.1.3-1. Valores de diseño de referencia para tablas de pino taeda y elliottii (N/mm2) clasificadas por resistencia conforme a la norma IRAM 9662-3 (2015)
Clase de resistencia
1 2 (1) Flexión de plano
Fb(1) Ft Fv Fc┴ Fc
E
E0,05 Emín
5,6 3,4 0,6 0,9 5,6 10300 6900 4400 3,4 2,2 0,4 0,8 4,6 6000 4000 2600
Tabla S.1.1.3-2. Valores de la densidad para tablas de pino taeda y elliottii clasificadas por resistencia conforme a la norma IRAM 9662-3 (2015)
(kg / m3)
Clase de resistencia
ρ0,05
siendo: ρ0,05
1
420
2
390
el valor característico de la densidad correspondiente al percentil 5 % con un contenido de humedad del 12 %
Madera aserrada de pino taeda y elliotti clasificada por resistencia de acuerdo con
la norma IRAM 9670 (2002)
Los valores de diseño de referencia que se indican en la Tabla S.1.1.3-3. son aplicables a madera aserrada de pino taeda y elliotti (Pinus taeda y elliottii), cultivado en el noreste argentino, que cumple las condiciones siguientes:
Su clasificación por resistencia se lleva a cabo de acuerdo con los requisitos de la norma IRAM 9670 (2002) y sus dimensiones se corresponden con lo estipulado en el anexo F de esta norma.
Se emplea en miembros estructurales de madera aserrada, quedando excluido su uso para la construcción de madera laminada encolada estructural. Cuando los miembros son sometidos a flexión, ésta se produce respecto de su eje de mayor momento de inercia (flexión de canto).
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Suplementos - 107
Tabla S.1.1.3-3. Valores de diseño de referencia para madera aserrada de pino taeda y elliotti clasificada por resistencia de acuerdo con la norma IRAM 9670 (2002) (N/mm2) (EP)
Grado Fb Ft Fv Fc┴ Fc
E
E0,05 Emín
1 6,2 3,7 0,7 0,9 6,0 7700 5200 3300 2 3,2 1,9 0,4 0,8 4,5 6500 4300 2700
Tabla S.1.1.3-4. Valores de la densidad para madera aserrada de pino taeda y elliotti clasificada por resistencia de acuerdo con la norma IRAM 9670 (2002) (kg/m3)
Clase de resistencia
ρ0,05
siendo: ρ0,05
1
420
2
390
el valor característico de la densidad correspondiente al percentil 5 % con un contenido de humedad del 12 %
S.1.1.4. Álamo (Populus deltoides ‘Australiano 129/60’ y ‘Stoneville 67), cultivado en el delta del río Paraná
Tablas de álamo clasificadas por resistencia conforme a la norma IRAM 9662-4
(2015)
Los valores que se indican en la Tabla S.1.1.4-1. y en la Tabla S.1.1.4-2. son aplicables a tablas de álamo (Populus deltoides ‘Australiano 129/60’ y ‘Stoneville 67), cultivado en el delta del río Paraná, que cumplan las siguientes condiciones:
Su clasificación por resistencia se realiza conforme los requisitos de la norma IRAM 96624 (2015).
Su espesor nominal, t, es menor o igual que 50 mm y la relación entre su ancho, d, y su espesor, t, es igual o superior a 2.
Cuando son sometidas a flexión, ésta se produce respecto de su eje de menor momento de inercia (flexión de plano).
Reglamento Argentino de Estructuras de Madera
Suplementos - 108
Tabla S.1.1.4-1. Valores de diseño de referencia para tablas de álamo clasificadas por resistencia conforme a la norma IRAM 9662-4 (2015) (N / mm2)
Clase de resistencia
1 2 (1) Flexión de plano
Fb(1)
Ft
Fv
Fc┴
Fc
E
E0,05
Emín
7,5 4,4 0,8 0,9 6,6 8800 5900 3700 5,6 3,4 0,6 0,9 5,6 7700 5200 3300
Tabla S.1.1.4-2. Valores de la densidad para tablas de álamo clasificadas por resistencia de acuerdo con la norma IRAM 9662-4 (2015) (kg / m3)
Clase de resistencia
ρ0,05
1
400
2
400
siendo:
ρ0,05 el valor característico de la densidad correspondiente al percentil 5 % con un contenido de humedad del 12 %
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Suplementos - 109
Reglamento Argentino de Estructuras de Madera
Suplementos - 110
APÉNDICE 1 DEL SUPLEMENTO 1.
CLASIFICACIÓN VISUAL POR RESISTENCIA DE MADERA ASERRADA DE PINO PARANÁ (ARAUCARIA ANGUSTIFOLIA)
Los valores que se indican en la Tabla S.1.1.1-3. y en la Tabla S.1.1.1-4. son aplicables a piezas de Pino Paraná (Araucaria angustifolia), cultivado en la provincia de Misiones, que cumplen las condiciones siguientes:
Su espesor nominal, t, es mayor o igual que 50 mm.
Se emplean en miembros estructurales de madera aserrada, quedando excluido su uso para la construcción de madera laminada encolada estructural. Cuando son sometidas a flexión, ésta se produce respecto del eje de mayor momento de inercia (flexión de canto).
Su clasificación por resistencia se lleva a cabo de acuerdo con los criterios que se describen a continuación:
Parámetro
Unidad Clase 1
Clase 2
Clase 3
Determinación(1)
Médula
– No se admite Se admite
Se admite
Nudosidad (*)
Menor a 0,4 Menor a 0,6 Mayor o igual a 0,6
Dirección de las fibras
cm/cm
Desviación menor que
1:12
Desviación menor que
1:9
Desviación menor que 1:7
Densidad
No se aceptan piezas con densidad kg/m3 excepcionalmente baja. Ver el valor característico
(ρ0,05) en la Tabla S.1.1.1-4 Se admiten fisuras con profundidad menor al 50%
del grosor de la pieza.
No pasantes
El largo no debe ser mayor que 1,0 m ni que 1/4 del largo de la pieza.
El largo no debe ser mayor que 1,50 m ni que 1/2 del largo de
la pieza.
Fisuras
El largo no debe ser mayor que 1,0 m ni
Se admiten en los extremos que 1/4 de la longitud
Pasantes(**) m
y su largo no debe ser
de la pieza. En los
mayor que el ancho de la extremos, su largo no
pieza.
debe ser mayor que
2 veces el ancho de
la tabla.
Combado
mm/mm
10mm / 2000mm
20mm / 2000mm
Encorvado
mm/mm
8mm / 2000mm
12mm / 2000mm
Revirado
mm/mm
Menor que 1 mm por cada 25 mm de ancho.
Menor que 2 mm por cada 25 mm de ancho
Abarquillado
–
Sin restricciones para el abarquillado
5.1 5.2 (*) 5.3 5.4
5.5
5.6.1 5.6.1 5.6.2 5.6.3
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Suplementos - 111
Parámetro
Unidad Clase 1
Clase 2
Clase 3
Determinación(1)
Transversalmente menor que 1/3 de la cara o canto
Arista faltante mm/mm
donde aparece.
5.7
Sin restricciones para el largo
No se admiten zonas atacadas por hongos
Ataques biológicos
–
causantes de pudrición. Se admiten orificios causados por insectos con
5.8
diámetro inferior a 2 mm
Madera de reacción mm/mm
5.9
Daños mecánicos, depósitos de resina y otros
Otros
–
defectos se limitan por analogía con alguna
5.10
característica similar.
(*) Cociente entre la medida del nudo mayor y el ancho de la superficie en la cual se manifiesta,
expresado en porcentaje.
(**) Los límites establecidos se refieren a la suma de las fisuras que presenta la viga.
(1) La determinación de los parámetros se debe efectuar de acuerdo con el criterio adoptado por la norma IRAM
9662-1 (2015) en los artículos que se indican.
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Suplementos - 112
SUPLEMENTO 2.
VALORES DE DISEÑO PARA MADERA LAMINADA ENCOLADA ESTRUCTURAL
S.2.1. VALORES DE DISEÑO DE REFERENCIA
Los valores de diseño de referencia que se incluyen en el presente Suplemento están determinados considerando los procedimientos de diseño de este Reglamento.
La inclusión de valores correspondientes a nuevas combinaciones especie / procedencia será decidida por la Comisión Permanente de Estructuras de Maderas del INTI-CIRSOC luego de analizar en cada caso la documentación respaldatoria de los valores propuestos.
El análisis de nuevos valores y/o la modificación de los provistos actualmente requieren, como paso previo a su consideración para este Suplemento, la inclusión de los mismos en la norma IRAM 9660-1.
S.2.1.1. Combinaciones especie / procedencia incluidas en la norma IRAM 9660-1 (2015)
Los valores de las tensiones de diseño de referencia que se indican en la Tabla S.2.1.1-1 son aplicables a miembros estructurales de madera laminada encolada estructural que cumplen las condiciones siguientes:
Su producción satisface los requisitos de fabricación y control establecidos en la norma IRAM 9660-1 (2015). En particular, para el control de las tensiones y de las deformaciones originadas por la flexión en miembros estructurales con configuración combinada (IRAM 9660-1: 2015, artículo 7.4), son de aplicación los valores de Fb, de E y de E0,05 del grado 1 correspondiente. Los restantes valores de diseño de referencia deben ser adoptados por el Proyectista Estructural en función de las características del miembro estructural con configuración combinada y de los esfuerzos actuantes.
Están construidos con madera de las especies y procedencias indicadas en la norma IRAM 9660-1 (2015) y en las normas IRAM 9662-1 (2015), IRAM 9662-2 (2015), IRAM 9662-3 (2015) e IRAM 9662-4 (2015).
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Suplementos - 113
Tabla S.2.1.1-1. Valores de diseño de referencia para madera laminada encolada estructural de las especies incluidas en la norma IRAM 9660-1 (2015) (N/mm2)
Especie
Grado de resistencia
Fb Ft Fv Fc┴ Fc Frt
E
E0,05 Emín
Pino taeda y elliotti(1)
1
6,3 3,5 0,7 0,9 6,3 0,1 11200 7500 4700
2
4,1 2,3 0,4 0,8 4,1 0,1 6700 4500 2800
Pino Paraná(2)
1
7,5 4,1 0,8 1,0 7,5 0,1 13400 9000 5700
2
6,3 3,5 0,7 0,9 6,3 0,1 11600 7800 4900
Eucalipto grandis (3)
1
7,5 4,1 0,8 1,8 7,5 0,1 13400 9000 5700
2
6,6 3,7 0,8 1,7 6,6 0,1 11600 7800 4900
Álamo (4)
1
6,3 3,5 0,7 0,9 6,3 0,1 9400 6300 4000
2
5,6 3,2 0,6 0,9 5,6 0,1 8500 5700 3600
(1) Pinus taeda y elliottii cultivado en las provincias de Misiones y Corrientes, (2) Araucaria angustifolia cultivado
en la provincia de Misiones, (3) Eucalyptus grandis cultivado en las provincias de Entre Ríos, Corrientes y
Misiones, (4) Populus deltoides (‘Australiano 129/60’ y ‘Stoneville 67) cultivado en el delta del río Paraná.
Los valores de la densidad de la madera laminada encolada estructural (ρ0,05) deben ser obtenidos de las Tablas S.1.1.1-2., S.1.1.2-2., S.1.1.3-2 o S.1.1.4-2. según corresponda a la combinación especie/procedencia y a la clase resistente de las tablas empleadas en la fabricación. Se deberá tener en cuenta en particular la conformación de los miembros estructurales de madera laminada encolada con configuración combinada (IRAM 9660-1: 2015, artículo 7.4.), es decir fabricados con dos clases resistentes de tablas.
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Suplementos - 114
SUPLEMENTO 3.
VALORES DE DISEÑO PARA MIEMBROS ESTRUCTURALES DE SECCIÓN CIRCULAR
S.3.1. VALORES DE DISEÑO DE REFERENCIA
Los valores de diseño de referencia que se incluyen en el presente Suplemento están determinados considerando los procedimientos de diseño de este Reglamento.
La inclusión de valores correspondientes a nuevas combinaciones especie / procedencia, o la modificación de los existentes, será decidida por la Comisión Permanente de Estructuras de Madera del INTI-CIRSOC luego de analizar en cada caso la documentación respaldatoria de los valores propuestos.
En los casos en que los requisitos de calidad que deben cumplir los miembros estructurales de sección circular no estén incluidos en una norma IRAM vigente, los valores de diseño de referencia que se proveen en este Suplemento, van acompañados de un Apéndice que contiene los requisitos exigibles. Esta situación debe considerarse transitoria hasta la aprobación de la norma IRAM correspondiente, y la Comisión Permanente de Estructuras de Madera del INTI-CIRSOC decidirá en cada caso el período de su vigencia.
S.3.1.1. Eucalyptus grandis cultivado en las provincias de Entre Ríos, Corrientes y Misiones
Los valores que se indican en la Tabla S.3.1.1-1 son aplicables a postes de Eucaliptus grandis en estado húmedo (verde: contenido de humedad igual o superior al de saturación de las fibras), cultivado en las provincias de Entre Ríos, Corrientes y Misiones, que cumplen los requisitos de calidad que se incluyen en el Apéndice 1 de este Suplemento.
Tabla S.3.1.1-1. Valores de diseño de referencia (en estado verde) para postes de Eucalyptus grandis que cumplen los requisitos de calidad que se incluyen en el Apéndice 1 de este Suplemento (N/mm2)
Fb
Ft
Fv
Fc┴
Fc
E
E0,05 Emín
8,8 5,3 0,5 1,1 4,4 9500 6400 4000
Los valores de diseño de referencia provistos en la Tabla S.3.1.1-1. corresponden a postes en estado verde. En consecuencia, el valor de la densidad depende del contenido de humedad, el cual en todos los casos es superior al de saturación de las fibras. El valor de la densidad de los postes a un contenido de humedad del 12 % (ρ0,05) debe ser obtenido de la Tabla S.1.1.2-4.
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Suplementos - 115
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Suplementos - 116
APÉNDICE 1 DEL SUPLEMENTO 3.
REQUISITOS DE CALIDAD QUE DEBEN CUMPLIR LOS POSTES DE EUCALYPTUS GRANDIS
Los valores que se indican en la Tabla S.3.1.1-1. son aplicables a postes de Eucalyptus grandis en estado húmedo (verde), cultivado en las provincias de Entre Ríos, Corrientes y Misiones, que cumplen los siguientes requisitos de calidad:
Limitación de los defectos:
Canales y bolsas de goma (Kino):
se permiten sin exceder los 20 mm de profundidad
Ataques biológicos:
no se admiten zonas atacadas por hongos causantes de pudrición. se permiten orificios originados por insectos sin exceder un diámetro de 2 mm y
una profundidad de 3 mm. La cantidad de orificios no debe ser mayor que 5 por metro lineal de poste
Acebolladuras:
se deben cumplir las limitaciones establecidas para postes en el artículo 4.4.6. de la norma IRAM 9513 (2007).
Grano espiralado:
se deben cumplir las limitaciones establecidas para postes en el artículo 4.4.7. de la norma IRAM 9513 (2007).
Torceduras y curvas:
en postes de largo igual o mayor que 6 m que no estén sometidos a una carga de compresión paralela a las fibras se deben cumplir las limitaciones establecidas en el artículo 4.4.10.2. de la norma IRAM 9513 (2007).
en postes de longitud menor que 6 m y en aquellos que se encuentren sometidos a una carga de compresión paralela a las fibras, se admiten torceduras y curvas simples que no excedan las limitaciones establecidas para el combado y encorvado en la norma IRAM 9662-2 (2015).
Grietas en la base, en la cima y en la superficie:
se deben cumplir las limitaciones establecidas para postes en la Tabla 3 de la norma IRAM 9513 (2007).
Nudos:
se admiten, sin limitaciones, nudos de diámetro igual o menor que 15 mm. no se admiten nudos individuales con un diámetro mayor que 50 mm. la suma de los diámetros de los nudos ubicados en un largo de 500 mm del poste
no debe exceder 150 mm.
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Suplementos - 117
Otros defectos:
daños mecánicos y otros defectos no especificados se limitan por analogía con alguna característica similar.
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Suplementos - 118
SUPLEMENTO 4. VALORES DE DISEÑO PARA UNIONES MECÁNICAS
S.4.1. VALORES DE DISEÑO DE REFERENCIA
En el presente suplemento se proveen valores de las propiedades de la madera y del acero que son necesarios para determinar la resistencia lateral de diseño de referencia, Z. También se proveen valores de la resistencia a la extracción de diseño de referencia, W.
Para obtener los valores de la resistencia lateral de diseño ajustada, Z’, y de la resistencia a la extracción de diseño ajustada, W’, los valores de Z y de W se deben multiplicar por todos los factores de ajuste aplicables (ver artículos 8.2.1.2. y 8.2.2.2.).
S.4.1.1. Valores de las propiedades para calcular la resistencia lateral de diseño de referencia (Z)
La Tabla S.4.1.1-1 expresa el valor de Fe cuando el esfuerzo es paralelo y perpendicular a la dirección de las fibras. Si es necesario calcular la resistencia al aplastamiento de referencia inclinada un ángulo θ respecto de la dirección de las fibras, Feθ, su valor debe ser obtenido aplicando la fórmula de Hankinson como sigue:
Fe
Fe // Fe Fe // sen 2 Fe cos 2
(S.4.1.1-1)
siendo: Fe// la resistencia al aplastamiento de referencia en dirección paralela a las fibras.
Fe┴ la resistencia al aplastamiento de referencia en dirección perpendicular a las fibras.
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Suplementos - 119
Tabla S.4.1.1-1. Resistencia al aplastamiento de referencia, Fe (N/mm2), de la madera para uniones con elementos de fijación de tipo clavija sometidas a carga lateral
G
Fe
Fe//
Fe┴
D<6,35 D≥6,35 D=6,35 D=7,94 D=9,53 D=11,11 D=12,70 D=15,88 D=19,05 D=22,23 D=25,40
0,73 64,1 56,4 53,3 47,7 43,5 40,3
37,7
33,7
30,8
28,5
26,7
0,72 62,5 55,6 52,2 46,7 42,7 39,5
36,9
33,0
30,2
27,9
26,1
0,71 60,9 54,8 51,2 45,8 41,8 38,7
36,2
32,4
29,6
27,4
25,6
0,70 59,3 54,0 50,2 44,9 40,9 37,9
35,5
31,7
29,0
26,8
25,1
0,69 57,8 53,3 49,1 43,9 40,1 37,1
34,7
31,1
28,4
26,3
24,6
0,68 56,3 52,5 48,1 43,0 39,3 36,4
34,0
30,4
27,8
25,7
24,0
0,67 54,8 51,7 47,1 42,1 38,4 35,6
33,3
29,8
27,2
25,2
23,5
0,66 53,3 51,0 46,1 41,2 37,6 34,8
32,6
29,1
26,6
24,6
23,0
0,65 51,8 50,2 45,0 40,3 36,8 34,1
31,9
28,5
26,0
24,1
22,5
0,64 50,3 49,4 44,0 39,4 36,0 33,3
31,1
27,9
25,4
23,5
22,0
0,63 48,9 48,6 43,1 38,5 35,1 32,5
30,4
27,2
24,9
23,0
21,5
0,62 47,5 47,9 42,1 37,6 34,3 31,8
29,7
26,6
24,3
22,5
21,0
0,61 46,1 47,1 41,1 36,7 33,5 31,1
29,1
26,0
23,7
22,0
20,5
0,60 44,7 46,3 40,1 35,9 32,7 30,3
28,4
25,4
23,2
21,4
20,1
0,59 43,3 45,5 39,1 35,0 32,0 29,6
27,7
24,8
22,6
20,9
19,6
0,58 42,0 44,8 38,2 34,2 31,2 28,9
27,0
24,1
22,0
20,4
19,1
0,57 40,7 44,0 37,2 33,3 30,4 28,2
26,3
23,5
21,5
19,9
18,6
0,56 39,4 43,2 36,3 32,5 29,6 27,4
25,7
23,0
21,0
19,4
18,1
0,55 38,1 42,5 35,4 31,6 28,9 26,7
25,0
22,4
20,4
18,9
17,7
0,54 36,8 41,7 34,4 30,8 28,1 26,0
24,3
21,8
19,9
18,4
17,2
0,53 35,6 40,9 33,5 30,0 27,4 25,3
23,7
21,2
19,3
17,9
16,8
0,52 34,3 40,1 32,6 29,1 26,6 24,6
23,0
20,6
18,8
17,4
16,3
0,51 33,1 39,4 31,7 28,3 25,9 24,0
22,4
20,0
18,3
16,9
15,8
0,50 32,0 38,6 30,8 27,5 25,1 23,3
21,8
19,5
17,8
16,5
15,4
0,49 30,8 37,8 29,9 26,7 24,4 22,6
21,1
18,9
17,3
16,0
15,0
0,48 29,6 37,1 29,0 26,0 23,7 21,9
20,5
18,4
16,8
15,5
14,5
0,47 28,5 36,3 28,2 25,2 23,0 21,3
19,9
17,8
16,3
15,0
14,1
0,46 27,4 35,5 27,3 24,4 22,3 20,6
19,3
17,3
15,8
14,6
13,6
0,45 26,3 34,7 26,4 23,6 21,6 20,0
18,7
16,7
15,3
14,1
13,2
0,44 25,3 34,0 25,6 22,9 20,9 19,3
18,1
16,2
14,8
13,7
12,8
0,43 24,2 33,2 24,7 22,1 20,2 18,7
17,5
15,6
14,3
13,2
12,4
0,42 23,2 32,4 23,9 21,4 19,5 18,1
16,9
15,1
13,8
12,8
12,0
0,41 22,2 31,7 23,1 20,7 18,9 17,5
16,3
14,6
13,3
12,3
11,5
0,40 21,2 30,9 22,3 19,9 18,2 16,8
15,8
14,1
12,9
11,9
11,1
0,39 20,2 30,1 21,5 19,2 17,5 16,2
15,2
13,6
12,4
11,5
10,7
0,38 19,3 29,3 20,7 18,5 16,9 15,6
14,6
13,1
11,9
11,1
10,3
0,37 18,4 28,6 19,9 17,8 16,2 15,0
14,1
12,6
11,5
10,6
9,9
0,36 17,5 27,8 19,1 17,1 15,6 14,5
13,5
12,1
11,0
10,2
9,6
0,35 16,6 27,0 18,4 16,4 15,0 13,9
13,0
11,6
10,6
9,8
9,2
0,34 15,7 26,2 17,6 15,7 14,4 13,3
12,4
11,1
10,2
9,4
8,8
0,33 14,9 25,5 16,9 15,1 13,8 12,7
11,9
10,7
9,7
9,0
8,4
0,32 14,1 24,7 16,1 14,4 13,2 12,2
11,4
10,2
9,3
8,6
8,1
0,31 13,3 23,9 15,4 13,8 12,6 11,6
10,9
9,7
8,9
8,2
7,7
Fe (D < 6,4 mm) = 114,4 Fe// (D ≥ 6,4 mm) = 77,2
G1,84 G (N
(N / mm2) / mm2)
Fe┴ = 212 G1,45 / D0,5 (N / mm2)
Observaciones:
El diámetro, D, está expresado en mm G es el valor característico (5 %) de la gravedad específica anhidra (ver la Tabla S.4.1.1-2. y Exp. S.4.1.1-2) Para D < 6,4 mm Fe es independiente de la dirección de las fibras y de D Para D ≥ 6,4 mm Fe// es independiente de D.
Reglamento Argentino de Estructuras de Madera
Suplementos - 120
Tabla S.4.1.1-2. Gravedad específica anhidra, G, de la madera clasificada por resistencia conforme a los métodos que se indican en el Suplemento 1 y sus apéndices
Especie(1)(2)(3)
Clase de resistencia
G(4)
Tablas de pino Paraná (Araucaria angustifolia) IRAM 9662-1 (2015)
1
0,43
(ver S.1.1.1 y Tabla S.1.1.1-1)
2
0,37
Madera aserrada de pino Paraná (Araucaria angustifolia) clasificada
1
0,41
conforme al método que se incluye en el Apéndice 1 del Suplemento
2
0,36
1 (ver S.1.1.1 y Tabla S.1.1.1-3)
3
0,36
Tablas de eucalipto grandis (Eucalyptus grandis) IRAM 9662-2
1
0,40
(2015) (ver S.1.1.2 y Tabla S.1.1.2-1)
2
0,40
Madera aserrada de Eucalyptus grandis clasificada conforme al
1
0,40
método adoptado por la norma IRAM 9662-2 (2015) (ver S.1.1.2 y
2
0,40
Tabla S.1.1.2-3)
3
0,40
Tablas de pino taeda y elliotti (Pinus taeda y elliottii) IRAM 9662-3
1
0,39
(2015) (ver S.1.1.3 y Tabla S.1.1.3-1)
2
0,36
Madera aserrada de pino taeda y elliotti clasificada conforme a la
1
0,39
norma IRAM 9670 (2002) (ver S.1.1.3 y Tabla S.1.1.3-3)
2
0,36
Madera aserrada de álamo clasificada conforme a la norma IRAM
1
0,37
9662-4 (2015) (ver S.1.1.4 y Tabla S.1.1.4-1)
2
0,37
(1) La zona de cultivo de estas especies está indicada en las respectivas normas y apéndices de los suplementos
correspondientes.
(2) Los valores de G para la madera laminada encolada estructural (ver S.2.1.1 y la Tabla S.2.1.1.-1) deben ser obtenidos de esta Tabla según corresponda a la combinación especie/procedencia y a la clase resistente de las tablas empleadas en la fabricación. Se deberá tener en cuenta en particular la conformación de los miembros estructurales de madera laminada encolada con configuración combinada (IRAM 9660-1: 2015, artículo 7.4), es decir fabricados con dos clases resistentes de tablas.
(3) Los valores de G para postes de Eucalyptus grandis (ver el artículo S.3.1.1. y la Tabla S.3.1.1-1) son los indicados en esta Tabla para la madera aserrada de la misma especie.
(4) El Valor característico (5 %) de la gravedad específica anhidra.
Si se dispone del valor de la gravedad específica a un determinado contenido de humedad, Gmc, el valor en el estado anhidro (madera seca en horno), G, puede obtenerse con la expresión S.4.1.1-2:
G
1
Gmc
mc 0,84mcGmc
(S.4.1.1-2)
siendo: mc el contenido de humedad expresado como cociente entre el peso del agua contenida y el peso anhidro.
Reglamento CIRSOC 601
Suplementos - 121
Tabla S.4.1.1-3. Tensión de fluencia en flexión, Fyb, para elementos de fijación de tipo clavija construidos con acero tipo F-24
Tipo y características del elemento
Bulones y tirafondos con D ≥ 9,5 mm,
Clavos, tornillos y tirafondos con: 2,5 mm ≤ D ≤ 3,6 mm 3,6 mm < D ≤ 4,5 mm 4,5 mm < D ≤ 6,0 mm 6,0 mm < D ≤ 6,9 mm 6,9 mm < D ≤ 8,7 mm 8,7 mm < D ≤ 9,5 mm
Fyb (N/mm2) 310
690 620 550 480 410 310
Tabla S.4.1.1-4. Tensión de aplastamiento, Fe (N / mm2), y módulo de elasticidad, E, de placas de acero que actúan como elementos laterales auxiliares de las uniones
Tipo y características del elemento Placa de acero tipo F-24
Fe (N/mm2) 600
E (N/mm2) 200000
S.4.1.2 Resistencia a la extracción de diseño de referencia (W)
Los valores de la resistencia a la extracción de diseño de referencia, W, se presentan en la Tabla S.4.1.2-1. para clavos de superficie lisa y en la Tabla S.4.1.2-2. para tirafondos de las características que se indican en el Apéndice 1 de este Suplemento. Los valores provistos expresan la resistencia correspondiente a un elemento de fijación (unión simple) por unidad de penetración efectiva (ver el artículo 8.2.2.1.).
La resistencia a la extracción de diseño de referencia de un elemento de fijación (unión simple) se debe obtener multiplicando W por la penetración efectiva del mismo (ver el artículo 8.2.2.).
Reglamento Argentino de Estructuras de Madera
Suplementos - 122
Tabla S.4.1.2-1. Uniones con clavos lisos sometidas a una carga de extracción Resistencia a la extracción de diseño de referencia, W (N/mm), por cada clavo y por cada mm de penetración efectiva(1)
Diámetro
G
D (mm)
2,51 2,87 3,25 3,33 3,43 3,76 4,11 4,88 5,26 5,72 6,2 6,68 7,19 7,92 9,53
0,73 10,9 12,4 14,1 14,4 14,8 16,3 17,8 21,1 22,8 24,7 26,8 28,9 31,1 34,3 41,2
0,71 10,1 11,6 13,1 13,4 13,8 15,2 16,6 19,7 21,2 23,1 25,0 27,0 29,0 32,0 38,5
0,68 9,1 10,4 11,8 12,1 12,4 13,6 14,9 17,7 19,1 20,7 22,5 24,2 26,0 28,7 34,5
0,67 8,8 10,0 11,3 11,6 12,0 13,1 14,3 17,0 18,4 20,0 21,6 23,3 25,1 27,6 33,3
0,58 6,1 7,0 7,9 8,1 8,3 9,2 10,0 11,9 12,8 13,9 15,1 16,3 17,5 19,3 23,2
0,55 5,3 6,1 6,9 7,1 7,3 8,0 8,8 10,4 11,2 12,2 13,2 14,2 15,3 16,9 20,3
0,51 4,4 5,1 5,7 5,9 6,1 6,6 7,3 8,6 9,3 10,1 10,9 11,8 12,7 14,0 16,8
0,50 4,2 4,8 5,5 5,6 5,8 6,3 6,9 8,2 8,8 9,6 10,4 11,2 12,1 13,3 16,0
0,49 4,0 4,6 5,2 5,3 5,5 6,0 6,6 7,8 8,4 9,1 9,9 10,7 11,5 12,6 15,2
0,47 3,6 4,1 4,7 4,8 4,9 5,4 5,9 7,0 7,6 8,2 8,9 9,6 10,3 11,4 13,7
0,46 3,4 3,9 4,4 4,5 4,7 5,1 5,6 6,7 7,2 7,8 8,5 9,1 9,8 10,8 13,0
0,44 3,1 3,5 4,0 4,1 4,2 4,6 5,0 6,0 6,4 7,0 7,6 8,1 8,8 9,7 11,6
0,43 2,9 3,3 3,7 3,8 4,0 4,3 4,7 5,6 6,1 6,6 7,1 7,7 8,3 9,1 11,0
0,42 2,7 3,1 3,5 3,6 3,7 4,1 4,5 5,3 5,7 6,2 6,7 7,3 7,8 8,6 10,3
0,41 2,6 2,9 3,3 3,4 3,5 3,8 4,2 5,0 5,4 5,8 6,3 6,8 7,4 8,1 9,7
0,40 2,4 2,8 3,1 3,2 3,3 3,6 4,0 4,7 5,1 5,5 6,0 6,4 6,9 7,6 9,2
0,39 2,3 2,6 2,9 3,0 3,1 3,4 3,7 4,4 4,7 5,2 5,6 6,0 6,5 7,1 8,6
0,38 2,1 2,4 2,7 2,8 2,9 3,2 3,5 4,1 4,4 4,8 5,2 5,6 6,1 6,7 8,1
0,37 2,0 2,3 2,6 2,6 2,7 3,0 3,3 3,9 4,2 4,5 4,9 5,3 5,7 6,3 7,5
0,36 1,9 2,1 2,4 2,5 2,5 2,8 3,0 3,6 3,9 4,2 4,6 4,9 5,3 5,9 7,0
0,35 1,7 2,0 2,2 2,3 2,4 2,6 2,8 3,4 3,6 3,9 4,3 4,6 5,0 5,5 6,6
0,31 1,3 1,5 1,7 1,7 1,7 1,9 2,1 2,5 2,7 2,9 3,2 3,4 3,7 4,0 4,8
(1) La longitud de penetración efectiva es la penetración del clavo excluyendo la parte correspondiente a la punta con disminución del diámetro
G es el valor característico (5 %) de la gravedad específica anhidra (ver la Tabla S.4.1.1-2 y Exp. S.4.1.1-2)
W = 9,5 G5/2 D (N/mm)
Reglamento CIRSOC 601
Suplementos - 123
Tabla S.4.1.2-2. Uniones con tirafondos sometidas a una carga de extracción. Resistencia a la extracción de diseño de referencia, W (N/mm), por cada tirafondo y por cada mm de penetración efectiva(1)(2)
Diámetro
G
D (mm)
6,35
7,94
9,53 11,11 12,7 15,88 19,05
0,73
69,6
82,3
94,4 105,9 117,1 138,4 158,7
0,71
66,8
79,0
90,5 101,6 112,3 132,8 152,2
0,68
62,6
74,0
84,9
95,2 105,2 124,5 142,7
0,67
61,2
72,4
83,0
93,1 102,9 121,7 139,5
0,58
49,3
58,3
66,8
75,0
82,9
98,0 112,4
0,55
45,5
53,8
61,7
69,3
76,6
90,5 103,8
0,51
40,6
48,1
55,1
61,8
68,4
80,8
92,7
0,50
39,5
46,7
53,5
60,0
66,4
78,5
89,9
0,49
38,3
45,3
51,9
58,2
64,4
76,1
87,3
0,47
36,0
42,5
48,8
54,7
60,5
71,5
82,0
0,46
34,8
41,2
47,2
53,0
58,6
69,2
79,4
0,44
32,6
38,5
44,2
49,6
54,8
64,8
74,3
0,43
31,5
37,2
42,7
47,9
52,9
62,6
71,7
0,42
30,4
35,9
41,2
46,2
51,1
60,4
69,2
0,41
29,3
34,6
39,7
44,6
49,3
58,3
66,8
0,40
28,2
33,4
38,3
43,0
47,5
56,1
64,4
0,39
27,2
32,1
36,9
41,4
45,7
54,1
62,0
0,38
26,1
30,9
35,4
39,8
44,0
52,0
59,6
0,37
25,1
29,7
34,1
38,2
42,2
50,0
57,3
0,36
24,1
28,5
32,7
36,7
40,5
47,9
55,0
0,35
23,1
27,3
31,3
35,2
38,9
46,0
52,7
0,31
19,3
22,8
26,1
29,3
32,4
38,3
43,9
(1) La longitud de penetración efectiva es la penetración de la zona roscada excluyendo la parte correspondiente a la punta con disminución del diámetro.
(2) Los valores provistos en esta Tabla corresponden a tirafondos de las características que se indican en el Apéndice 1 de este Suplemento.
G es el valor característico (5 %) de la gravedad específica anhidra (ver la Tabla S.4.1.1-2 y Exp. S.4.1.1-2).
W = 27,9 G3/2 D3/4 (N / mm)
Reglamento Argentino de Estructuras de Madera
Suplementos - 124
APÉNDICE 1 DEL SUPLEMENTO 4. CARACTERÍSTICAS DE LOS TIRAFONDOS CONSIDERADOS EN EL SUPLEMENTO 4
Los valores que se indican en la Tabla S.4.1.2-2 son aplicables a tirafondos que presentan las siguientes características (1):
Longitud L (mm)
25,4 38,1 50,8 63,5 76,2 101,6 127 152,4
Parámetro
Dr (mm) E (mm) H (mm) F (mm)
N S (mm) T (mm) T-E (mm) S (mm) T (mm) T-E (mm) S (mm) T (mm) T-E (mm) S (mm) T (mm) T-E (mm) S (mm) T (mm) T-E (mm)
S (mm)
T (mm) T-E (mm) S (mm) T (mm) T-E (mm) S (mm) T (mm) T-E (mm)
6,35
4,47 3,97 4,37 11,11
10
6,35 19,05 15,08 6,35 31,75 27,78 12,70 38,10 34,13 19,05 44,45 40,48 25,40 50,80 46,83
38,10
63,50 59,53 50,80 76,20 72.23 63,50 88,90 84,93
7,94
5,77 4,76 5,56 12,70
9
6,35 19,05 14,29 6,35 31,75 26,99 12,70 38,10 33,34 19,05 44,45 39,69 25,40 50,80 46,04
38,10
63,50 58,74 50,80 76,20 71.44 63,50 88,90 84,14
9,53
6,73 5,56 6,35 14,29
7
6,35 19,05 13,49 6,35 31,75 26,19 12,70 38,10 32,54 19,05 44,45 38,89 25,40 50,80 45,24
38,10
63,50 57,94 50,80 76,20 70,64 63,50 88,90 83,34
Diámetro D (mm)
11,11
8,33 7,14 7,54 15,88
7
6,35 19,05 11,91 6,35 31,75 24,61 12,70 38,10 30,96 19,05 44,45 37,31 25,40 50,80 43,66
38,10
63,50 56,36 50,80 76,20 69,06 63,50 88,90 81,76
12,70
9,42 7,94 8,73 19,05
6
6,35 19,05 11,11 6,35 31,75 23,81 12,70 38,10 30,16 19,05 44,45 36,51 25,40 50,80 42,86
38,10
63,50 55,56 50,80 76,20 68,26 63,50 88,90 80,96
15,88
11,96 10,32 10,72 23,81
5
12,70 38,10 27,78 19,05 44,45 34,13 25,40 50,80 40,48 38,10 63,50 53,18 50,80 76,20 65,88 63,50 88,90 78,58
19,05 14,71 12,70 12,70 28,58
4,5
25,40 50,80 38,10 38,10 63,50 50,80 50,80 76,20 63,50 63,50 88,90 76,20
Reglamento CIRSOC 601
Suplementos - 125
Diámetro
Longitud L (mm)
Parámetro
D (mm)
6,35
7,94
9,53
11,11
12,70
15,88
19,05
177,8
S (mm) T (mm)
76,20 101,60
76,20 101,60
76,20 101,60
76,20 101,60
76,20 101,60
76,20 101,60
76,20 101,60
T-E (mm)
97,63
96,84
96,04
94,46
93,66
91,28
88,90
S (mm)
88,90
88,90
88,90
88,90
88,90
88,90
88,90
203,2
T (mm)
114,30 114,30 114,30 114,30 114,30 114,30 114,30
T-E (mm)
110,33 109,54 108,74 107,16 106,36 103,98 101,60
(1) La figura superior exhibe dos tipos de tirafondos: con fuste reducido y con fuste completo. El diámetro (D) de los que
presentan el fuste reducido es aproximadamente igual al diámetro del núcleo (Dr) Símbolos:
D el diámetro Dr el diámetro del núcleo S el fuste (longitud no roscada) T la mínima longitud roscada
E la longitud de la punta con disminución de diámetro. N el número de vueltas de rosca por cada 25,4 mm. F el ancho de la cabeza (entre lados opuestos). H el alto de la cabeza.
Reglamento Argentino de Estructuras de Madera
Suplementos - 126
BIBLIOGRAFÍA ESPECÍFICA
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